Demanda de Indemnización por Daño a la Persona y Daño Moral por Difamación
Demanda civil de indemnización por daño a la persona y daño moral derivados de difamación o expresiones lesivas al honor. Base legal: Art. 1969, 1984 y 1985 del Código Civil.
Actualizado al 21 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE INDEMNIZACION POR DAÑO A LA PERSONA Y DAÑO MORAL POR DIFAMACION SUMILLA: DEMANDA DE INDEMNIZACION POR RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL POR DIFAMACION SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], con casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted digo. I. PETITORIO Interpongo demanda de indemnización por daño a la persona y daño moral contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que se le ordene pagarme la suma de S/ [MONTO_INDEMNIZACION] ([MONTO_LETRAS]) por los daños causados a mi honor, reputación y bienestar, mas intereses legales, costas y costos. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Con fecha [FECHA_HECHOS], el demandado difundió contra mi las siguientes expresiones: [DESCRIPCION_EXPRESIONES], a través de [MEDIO_DIFUSION]. 2. Dichas expresiones son falsas, ofensivas y atentan contra mi honor y reputación, habiendo sido difundidas ante terceros con conocimiento de su carácter lesivo. 3. La difamación me ha ocasionado los siguientes daños: afectación a mi honor y reputación, sufrimiento, angustia y desprestigio social y profesional, que constituyen daño a la persona y daño moral. 4. El demandado actuó con dolo o culpa, pues difundió las afirmaciones sin sustento y con la intencion de dañarme. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 1969 del Código Civil establece que aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro esta obligado a indemnizarlo, correspondiendo al autor del daño demostrar que actuó sin dolo ni culpa. 2. El Art. 1984 del Código Civil dispone que el daño moral es indemnizado considerando su magnitud y el menoscabo producido a la victima o a su familia, lo que sustenta el resarcimiento del agravio a mi honor. 3. El Art. 1985 del Código Civil establece que la indemnización comprende las consecuencias que deriven de la acción u omisión generadora del daño, incluyendo el daño a la persona y el daño moral, con relación de causalidad adecuada entre el hecho y el daño. IV. MONTO DEL PETITORIO El monto del petitorio asciende a S/ [MONTO_INDEMNIZACION], mas intereses, costas y costos. V. VIA PROCEDIMENTAL La presente demanda se tramita en la vía del proceso de conocimiento o abreviado, según la cuantia, en la vía civil e independiente de la acción penal por difamación. VI. MEDIOS PROBATORIOS 1. Pruebas de las expresiones difamatorias: [PRUEBAS_EXPRESIONES]. 2. Constancias de la difusión ante terceros. 3. Documentos que acreditan el daño sufrido: [DOCUMENTOS_DANIOS]. VII. ANEXOS 1.A Copia del DNI del demandante. 1.B Evidencia de las expresiones difamatorias. 1.C Documentos de los daños. POR TANTO: Pido al juzgado admitir la demanda y declararla fundada en su oportunidad. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La demanda de indemnización por difamación permite a quien fue afectado en su honor, reputación o buen nombre por afirmaciones falsas o injuriosas reclamar la reparación civil del daño a la persona y del daño moral sufrido. Es la vía civil para resarcir el menoscabo a tu imagen y el sufrimiento que causa que se difunda algo lesivo sobre ti.
Cuándo usar este modelo
Úsala cuando alguien atribuyó públicamente a tu persona un hecho, cualidad o conducta que perjudica tu honor o reputación, por ejemplo a través de redes sociales, medios, cartas o reuniones, y ese ataque te generó un daño. Puedes ejercerla de forma independiente o como reparación civil dentro de un proceso penal por difamación. La vía civil te sirve incluso cuando no buscas sanción penal sino solo el resarcimiento económico del perjuicio a tu imagen y de tu sufrimiento.
Base legal vigente 2026
El derecho al honor y a la buena reputación está protegido por la Constitución (artículo 2 inciso 7) y por el artículo 5 del Código Civil (derechos de la persona, irrenunciables). El artículo 1969 CC obliga a indemnizar el daño causado por dolo o culpa. El artículo 1984 CC regula el daño moral según su magnitud y el menoscabo a la víctima. El artículo 1985 CC incluye expresamente el daño a la persona y el daño moral en la reparación integral. En el plano penal, la difamación está tipificada en el artículo 132 del Código Penal, y la reparación civil puede reclamarse en ese proceso o de forma autónoma en la vía civil. La acción civil prescribe a los 2 años (artículo 2001 inciso 4 CC).
Cómo rellenarla bien
Identifica con precisión las expresiones difamatorias, su contenido, la fecha, el medio y el alcance de la difusión (cuántas personas la conocieron). Acompaña pruebas, capturas con verificación, publicaciones, testigos, actas notariales de constatación. Distingue el daño a la persona (afectación a tu proyecto de vida, a tu actividad profesional) del daño moral (el sufrimiento), y fundamenta cada uno. Cuantifica el monto con criterio razonable, considerando la difusión y la gravedad. Si el causante actuó con dolo evidente, resáltalo.
Errores comunes
- Confundir crítica u opinión con difamación. La libertad de expresión protege las opiniones, lo indemnizable es la imputación falsa y lesiva de hechos.
- No conservar prueba de la publicación. En entornos digitales conviene una constatación notarial antes de que se borre.
- Pedir montos exagerados sin sustento de la difusión ni del perjuicio concreto.
Preguntas frecuentes
¿Debo ganar primero el proceso penal? No, puedes reclamar la indemnización en la vía civil de forma autónoma. ¿Una opinión negativa es difamación? No necesariamente, deben ser imputaciones falsas de hechos que dañen tu honor. ¿Qué prueba la difusión digital? Capturas, actas notariales de constatación y testigos del alcance.
Cómo presentar demanda de indemnización por daño a la persona y daño moral por difamación: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de indemnización por daño a la persona y daño moral por difamación
¿El modelo de demanda de indemnización por daño a la persona y daño moral por difamación es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-indemnizacion-por-dano-a-la-persona-y-dano-moral-por-difamacion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de indemnización por daño a la persona y daño moral por difamación sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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