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Empresarial

Estatuto de Asociación Civil sin Fines de Lucro

Estatuto modelo de asociación civil sin fines de lucro con fines, órganos de gobierno y patrimonio, conforme a los Arts. 80 al 98 del Código Civil peruano.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO
"[NOMBRE_ASOCIACION]"

TÍTULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y DURACIÓN

ARTÍCULO 1: Constitúyese la asociación civil sin fines de lucro denominada "[NOMBRE_ASOCIACION]", regida por el presente estatuto y por los Arts. 80 al 98 del Código Civil.

ARTÍCULO 2: La asociación tiene por fines: [FIN_1], [FIN_2] y [FIN_3]. La asociación no persigue lucro y no distribuye sus bienes ni rentas entre sus asociados.

ARTÍCULO 3: El domicilio de la asociación es [DOMICILIO], pudiendo establecer filiales en cualquier lugar del país.

ARTÍCULO 4: La duración de la asociación es indefinida y su patrimonio inicial es de S/ [PATRIMONIO_INICIAL].

TÍTULO II: DE LOS ASOCIADOS

ARTÍCULO 5: Son asociados las personas naturales o jurídicas admitidas conforme a este estatuto. Existen asociados [TIPOS_ASOCIADOS].

ARTÍCULO 6: Son derechos del asociado participar con voz y voto en la asamblea, elegir y ser elegido. Son deberes cumplir el estatuto y pagar las cuotas. La calidad de asociado es inherente a la persona y no es transmisible, conforme al Art. 89 del Código Civil.

TÍTULO III: DE LOS ÓRGANOS

ARTÍCULO 7: Son órganos de la asociación la Asamblea General y el Consejo Directivo.

ARTÍCULO 8: La Asamblea General es el órgano supremo, conforme al Art. 84 del Código Civil. Sus acuerdos se adoptan con el quórum y mayorías del Art. 87 del Código Civil. La convoca el presidente conforme al Art. 85.

ARTÍCULO 9: El Consejo Directivo está integrado por Presidente, Secretario y Tesorero, elegidos por [PERIODO_MANDATO] años. Ejerce la representación y administración de la asociación.

TÍTULO IV: PATRIMONIO Y DISOLUCIÓN

ARTÍCULO 10: El patrimonio se forma con cuotas, donaciones y rentas. La asociación lleva un libro de registro de asociados y libros de actas legalizados, conforme al Art. 83 del Código Civil.

ARTÍCULO 11: Disuelta la asociación, el haber neto resultante se entrega a [DESTINO_HABER_NETO], conforme al Art. 98 del Código Civil.

[CIUDAD], [FECHA].


_______________________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente del Consejo Directivo
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El estatuto de una asociación civil sin fines de lucro es el conjunto de reglas que rigen su organización y funcionamiento: sus fines, sus órganos, los derechos y deberes de los asociados y la forma de tomar decisiones. Es el documento central de la asociación, ya que ordena su vida institucional y permite su inscripción y reconocimiento como persona jurídica ante SUNARP, la SUNAT y terceros.

Para qué sirve y cuándo usarlo

Usa este modelo al constituir la asociación o cuando necesites modificar sus reglas internas. Un estatuto bien redactado evita conflictos sobre quién puede convocar asambleas, cómo se eligen los directivos, cómo ingresan o se separan los asociados y qué ocurre con el patrimonio si la asociación se disuelve. Es indispensable para asociaciones que buscan acceder a donaciones, convenios o regímenes tributarios especiales.

Base legal vigente 2026

Se rige por el Código Civil peruano, artículos 80 al 98. El artículo 82 establece el contenido mínimo del estatuto: denominación, duración y domicilio, los fines, los bienes que integran el patrimonio, la constitución y funcionamiento de la asamblea general de asociados, del consejo directivo y demás órganos, las condiciones para la admisión, renuncia y exclusión de asociados, los derechos y deberes de los asociados, los requisitos para modificar el estatuto y las normas para la disolución y liquidación. El artículo 98 dispone que, disuelta la asociación, el haber neto se destine a la finalidad prevista en el estatuto.

Cómo rellenarlo bien

  • Fines. Define con claridad los fines no lucrativos de la asociación.
  • Asociados. Regula admisión, renuncia, exclusión, derechos y deberes.
  • Órganos. Detalla asamblea general y consejo directivo, con sus competencias, convocatoria y quórum.
  • Patrimonio. Indica cómo se forma y administra el patrimonio social.
  • Disolución. Establece el destino del haber neto conforme al artículo 98.

Errores comunes

  • Prever reparto de utilidades o beneficios económicos entre asociados.
  • No fijar plazo de anticipación ni reglas claras de convocatoria de la asamblea.
  • Omitir las causales y el procedimiento de exclusión de asociados.
  • No regular el destino del patrimonio en caso de disolución, requisito del artículo 98.

Preguntas frecuentes

¿La asociación puede tener trabajadores y pagar sueldos?

Sí. El carácter no lucrativo impide repartir utilidades, pero la asociación puede contratar personal y pagar remuneraciones de mercado por servicios reales.

¿Qué pasa con los bienes si la asociación se disuelve?

El haber neto resultante se entrega a las personas o entidades designadas en el estatuto y, a falta de previsión, conforme a lo que dispone el artículo 98 del Código Civil.

¿Cualquier cambio de estatuto se inscribe?

Sí. Toda modificación debe aprobarse en asamblea con el quórum estatutario, constar por escritura pública e inscribirse en SUNARP para ser oponible a terceros.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro

¿El modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/estatuto-de-asociacion-civil-sin-fines-de-lucro/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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