Minuta de Constitución de Asociación sin Fines de Lucro
Minuta autorizada por abogado para que el notario extienda la escritura pública de constitución de una asociación civil, con los datos de los fundadores, los fines, el patrimonio, el estatuto y el primer consejo directivo.
Edición registrada el 25 de octubre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos
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MINUTA DE CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO [CIUDAD], [FECHA] SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [PROVINCIA_DEL_NOTARIO]: Sírvase usted extender en su registro de escrituras públicas una de constitución de asociación sin fines de lucro, que otorgan: 1. [NOMBRE_COMPLETO_DEL_FUNDADOR_1], de nacionalidad [NACIONALIDAD_DEL_FUNDADOR_1], estado civil [ESTADO_CIVIL_DEL_FUNDADOR_1], de ocupación [OCUPACION_DEL_FUNDADOR_1], identificado(a) con [TIPO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_1] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_1] y con domicilio en [DOMICILIO_DEL_FUNDADOR_1]. 2. [NOMBRE_COMPLETO_DEL_FUNDADOR_2], de nacionalidad [NACIONALIDAD_DEL_FUNDADOR_2], estado civil [ESTADO_CIVIL_DEL_FUNDADOR_2], de ocupación [OCUPACION_DEL_FUNDADOR_2], identificado(a) con [TIPO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_2] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_2] y con domicilio en [DOMICILIO_DEL_FUNDADOR_2]. 3. [DATOS_DE_LOS_DEMAS_FUNDADORES_O_DE_LA_PERSONA_JURIDICA_FUNDADORA_Y_SU_REPRESENTANTE]. Los otorgantes proceden por su propio derecho o en la representación indicada. Datos de identificación del beneficiario final que corresponde incorporar conforme a la legislación aplicable: [DATOS_DEL_BENEFICIARIO_FINAL_PARA_VERIFICACION_NOTARIAL]. Pactan lo siguiente: PRIMERA: ANTECEDENTES. Los otorgantes se reunieron en asamblea de fundación el [FECHA_DE_LA_ASAMBLEA_DE_FUNDACION] y acordaron constituir una asociación para [FINALIDAD_RESUMIDA_DE_LA_ASOCIACION], aprobar su estatuto y designar a su primer consejo directivo. El acta de esa asamblea se inserta en la escritura pública que esta minuta origina. SEGUNDA: CONSTITUCIÓN Y DENOMINACIÓN. Los otorgantes constituyen una asociación civil sin fines de lucro denominada [DENOMINACION_DE_LA_ASOCIACION], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_ASOCIACION], distrito de [DISTRITO_DE_LA_ASOCIACION], provincia de [PROVINCIA_DE_LA_ASOCIACION] y departamento de [DEPARTAMENTO_DE_LA_ASOCIACION], por un plazo de duración de [DURACION_DE_LA_ASOCIACION]. TERCERA: FINES. Conforme al artículo 80 del Código Civil, la asociación es una organización estable de personas que, a través de una actividad común, persigue un fin no lucrativo. Los fines de la asociación son: [FINES_DE_LA_ASOCIACION]. CUARTA: PATRIMONIO. El patrimonio inicial de la asociación está constituido por los aportes siguientes: [APORTES_INICIALES_DE_CADA_FUNDADOR], valorizados en S/ [MONTO_TOTAL_DE_LOS_APORTES]. Los bienes y rentas de la asociación se destinan a sus fines. QUINTA: ESTATUTO. Los otorgantes aprueban el estatuto de la asociación, que forma parte de esta minuta y se inserta en la escritura pública. El estatuto contiene, entre otras materias, la denominación, duración y domicilio, los fines, los bienes que integran el patrimonio social y la constitución y funcionamiento de la asamblea general, del consejo directivo y de los demás órganos, conforme al artículo 82 del Código Civil. Texto del estatuto: [TEXTO_COMPLETO_DEL_ESTATUTO]. SEXTA: PRIMER CONSEJO DIRECTIVO. Los otorgantes designan como primer consejo directivo, por el periodo de [PERIODO_DEL_CONSEJO_DIRECTIVO], a las personas siguientes: a) Presidente: [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], [TIPO_DOCUMENTO_DEL_PRESIDENTE] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_PRESIDENTE]. b) Secretario: [NOMBRE_DEL_SECRETARIO], [TIPO_DOCUMENTO_DEL_SECRETARIO] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_SECRETARIO]. c) Tesorero: [NOMBRE_DEL_TESORERO], [TIPO_DOCUMENTO_DEL_TESORERO] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_TESORERO]. d) Otros cargos: [OTROS_CARGOS_DEL_CONSEJO_DIRECTIVO]. SÉTIMA: FACULTADES PARA LA INSCRIPCIÓN. Los otorgantes facultan a [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_PARA_TRAMITES], con [TIPO_DOCUMENTO_DEL_REPRESENTANTE_PARA_TRAMITES] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_REPRESENTANTE_PARA_TRAMITES], para que suscriba las aclaraciones, rectificaciones y demás documentos necesarios hasta la inscripción de la asociación en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP. Sírvase usted, señor notario, agregar las cláusulas de ley, insertar el acta de fundación y el estatuto, y elevar esta minuta a escritura pública. _______________________________ _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DEL_FUNDADOR_1] [NOMBRE_COMPLETO_DEL_FUNDADOR_2] [TIPO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_1] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_1] [TIPO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_2] N.° [NUMERO_DOCUMENTO_DEL_FUNDADOR_2] [FIRMAS_DE_LOS_DEMAS_FUNDADORES_O_REPRESENTANTES_CON_FACULTADES_ACREDITADAS] Si firma un representante, indicar junto a su firma: [NOMBRE_DOCUMENTO_REPRESENTADO_Y_TITULO_DE_REPRESENTACION]. Autorizo la presente minuta: _______________________________ [NOMBRE_DEL_ABOGADO] Abogado, Colegio de Abogados de [COLEGIO_DE_ABOGADOS], registro N.° [NUMERO_DE_COLEGIATURA] Adjunto: 1. Copia del acta de fundación. 2. Estatuto de la asociación. 3. Copia del documento de identidad o de viaje válido de cada fundador. 4. [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_LA_REPRESENTACION_DE_UN_FUNDADOR].
Para qué sirve
Este modelo de minuta de asociación sin fines de lucro reúne la voluntad de los fundadores, los fines, el patrimonio, el estatuto y el primer consejo directivo. Se autoriza por abogado y se entrega al notario para su inserción en la escritura pública.
La minuta no reemplaza el acta de fundación ni el estatuto, que se insertan en la misma escritura.
Cuándo conviene usarlo
- Vas a formalizar ante notario una asociación civil, una ONG, un club o una asociación de vivienda o de comerciantes.
- Ya aprobaste el estatuto en la asamblea de fundación y necesitas el documento para la notaría.
- Entre los fundadores hay una persona jurídica o un representante.
- Quieres designar el primer consejo directivo desde la escritura.
Cómo llenarlo
- Al descargar en Word esta plantilla, anota nombre, nacionalidad, estado civil, domicilio y ocupación. Identifica al fundador con DNI o documento de identidad o viaje válido para extranjeros. El artículo 54.d del Decreto Legislativo 1049 exige verificar la categoría y calidad migratorias vigentes que autoricen a contratar. Si hay representante, acredita sus facultades. Proporciona la información del beneficiario final para su identificación notarial conforme al artículo 54.e del mismo decreto, modificado por el Decreto Legislativo 1372.
- Completa denominación, domicilio, duración, fines y aportes. Un error frecuente es que la denominación o los cargos de la minuta no coincidan con los del acta de fundación y el estatuto.
- Pega el estatuto completo en la cláusula quinta y verifica que exprese lo que pide el Código Civil. Si aún no lo tienes, parte del estatuto de asociación civil sin fines de lucro.
- Pide a un abogado que autorice la minuta con su firma y su número de colegiatura. Firman los fundadores personalmente o sus representantes con facultades acreditadas. Entrega la minuta al notario con el acta, el estatuto, los documentos de identidad y de representación.
Base legal
El Código Civil, Decreto Legislativo N.° 295, define en su artículo 80 a la asociación como una organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, que persigue un fin no lucrativo. Su artículo 81 dispone que el estatuto debe constar por escritura pública, y su artículo 82 enumera lo que debe expresar, desde la denominación y los fines hasta el funcionamiento de sus órganos.
El Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece en su artículo 57 que el cuerpo de la escritura contiene la declaración de voluntad de los otorgantes en una minuta autorizada por letrado, que se inserta literalmente. Su artículo 54 fija los datos de los otorgantes y de la representación. El artículo 58 exceptúa determinados actos, como otorgar poderes o reconocer hijos. Para esta constitución ordinaria se prepara una minuta autorizada por abogado. Revisa también la guía sobre cómo constituir una asociación sin fines de lucro y el acta de constitución de asociación.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe firmar la minuta?
Firman los fundadores o sus representantes facultados, identificando al representado y el título de representación. El artículo 57 exige autorización por abogado con firma y número de colegiatura.
¿Puedo constituir la asociación sin minuta, solo con el acta?
El artículo 81 del Código Civil exige que el estatuto conste por escritura pública, y el artículo 57 del Decreto Legislativo del Notariado pide que la escritura contenga la minuta. Para la constitución ordinaria descrita presenta la minuta, el acta y el estatuto. Si invocas un régimen legal especial, verifica sus requisitos con la notaría.
¿Puede ser fundadora una empresa u otra persona jurídica?
Sí. El artículo 80 admite asociaciones de personas naturales, de personas jurídicas o de ambas. En la minuta se consigna al representante de la persona jurídica y el documento que lo autoriza, como pide el artículo 54.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de minuta de constitución de asociación sin fines de lucro
¿El modelo de minuta de constitución de asociación sin fines de lucro es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/minuta-de-constitucion-de-asociacion-sin-fines-de-lucro/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de minuta de constitución de asociación sin fines de lucro sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Acta de Elección de Consejo Directivo de Asociación
Acta de asamblea general que elige al consejo directivo de una asociación civil conforme al Art. 82 inciso 4 y Art. 86 del Código Civil, con cargos y período de mandato.
Solicitud de Inscripción de Asociación en SUNARP
Solicitud dirigida al Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP para inscribir una asociación civil conforme al Art. 81 del Código Civil y el Reglamento de Inscripciones.
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