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Asociativo

Estatuto de Asociación Civil sin Fines de Lucro (modelo ampliado)

Estatuto de asociación civil con todos los rubros exigidos por el Art. 82 del Código Civil: fines, patrimonio, órganos, admisión, renuncia, exclusión y disolución.

Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN [NOMBRE_ASOCIACION]

TÍTULO I: DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y FINES
Artículo 1. Conforme al Art. 80 del Código Civil, se constituye la asociación civil sin fines de lucro denominada [NOMBRE_ASOCIACION], organización estable de personas que persigue un fin no lucrativo.
Artículo 2. La duración de la asociación es [PLAZO_DURACION] (indeterminada o por plazo fijo).
Artículo 3. El domicilio es [DIRECCION_ASOCIACION], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO].
Artículo 4. Son fines de la asociación: [DETALLE_FINES]. La asociación no distribuye utilidades ni excedentes entre sus asociados.

TÍTULO II: PATRIMONIO
Artículo 5. El patrimonio social está integrado por los aportes de los asociados, las cuotas ordinarias y extraordinarias, donaciones, legados y demás bienes que adquiera. El patrimonio se destina exclusivamente a los fines del Art. 4.

TÍTULO III: DE LOS ASOCIADOS
Artículo 6. La admisión de nuevos asociados se aprueba por el consejo directivo, según el Art. 82 inciso 5 del Código Civil. Para ser asociado se requiere [REQUISITOS_ADMISION].
Artículo 7. Son derechos del asociado participar con voz y voto en la asamblea, elegir y ser elegido, y fiscalizar la gestión.
Artículo 8. Son deberes del asociado cumplir el estatuto, pagar puntualmente sus cuotas y asistir a las asambleas.
Artículo 9. La renuncia del asociado se presenta por escrito, conforme al Art. 90 del Código Civil. La exclusión se resuelve por el órgano competente y procede por [CAUSALES_EXCLUSION], pudiendo el excluido recurrir a la asamblea general según el Art. 91 del Código Civil.

TÍTULO IV: ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 10. Son órganos de la asociación la asamblea general de asociados y el consejo directivo, conforme al Art. 82 inciso 4 del Código Civil.
Artículo 11. La asamblea general es el órgano supremo (Art. 84 del Código Civil). El quórum, las convocatorias y las mayorías se rigen por los Art. 85, 87 y 88 del Código Civil.
Artículo 12. El consejo directivo está integrado por presidente, secretario, tesorero y [OTROS_CARGOS], elegidos por [PERIODO_MANDATO] años.

TÍTULO V: MODIFICACIÓN, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 13. La modificación del estatuto requiere acuerdo de asamblea general con las mayorías del Art. 87 del Código Civil.
Artículo 14. Disuelta la asociación, conforme al Art. 98 del Código Civil, el haber neto resultante se entrega a [DESTINO_PATRIMONIO], entidad de fines análogos.

Lugar y fecha: [CIUDAD], [FECHA].

_______________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente del Consejo Directivo

Cuando usar este modelo

Este estatuto ampliado sirve para constituir una asociación civil sin fines de lucro o para adecuar una ya existente, incorporando todos los rubros que exige el Art. 82 del Código Civil. Es el documento base que ordena la vida institucional: fines, patrimonio, órganos de gobierno, régimen de asociados y disolución. Se utiliza al fundar la asociación por escritura pública conforme al Art. 81 del Código Civil, requisito indispensable para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP y para obtener el RUC ante la SUNAT.

Que datos necesitas

  • Denominación exacta de la asociación y su domicilio institucional.
  • Fines no lucrativos, precisos y lícitos, que orientarán toda su actividad.
  • Régimen de asociados: admisión, derechos, deberes, renuncia y exclusión.
  • Estructura de órganos: asamblea general y consejo directivo, con sus atribuciones.
  • Régimen patrimonial, duración y destino del haber neto en caso de disolución.

Paso a paso

  1. Define la denominación y verifica su disponibilidad en el índice de la SUNARP.
  2. Redacta los fines conforme al Art. 80 del Código Civil, cuidando que sean no lucrativos.
  3. Desarrolla los diez rubros del Art. 82: fines, bienes, órganos, admisión, renuncia, exclusión y disolución.
  4. Regula el quórum y las mayorías conforme al Art. 87 del Código Civil.
  5. Eleva el estatuto a escritura pública ante notario y solicita su inscripción registral.

Errores comunes

  • Incluir fines lucrativos o reparto de utilidades, incompatibles con la naturaleza asociativa.
  • Omitir el destino del haber neto, que el Art. 98 del Código Civil exige precisar.
  • No regular la exclusión de asociados respetando el derecho de defensa del Art. 91.
  • Copiar modelos genéricos sin adaptar las atribuciones de los órganos a la realidad de la asociación.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la escritura pública? Sí, el Art. 81 del Código Civil exige que el estatuto conste por escritura pública, salvo disposición legal distinta, para su inscripción registral.

¿Puede la asociación generar ingresos? Sí, puede realizar actividades económicas, pero los excedentes deben reinvertirse en sus fines y nunca repartirse entre los asociados.

¿Qué pasa con el patrimonio si se disuelve? Se destina a los fines previstos en el estatuto o, en su defecto, a fines análogos conforme al Art. 98 del Código Civil; nunca se reparte entre los asociados.

¿Necesita RUC? Sí, tras inscribirse en SUNARP debe obtener su RUC en la SUNAT; para donaciones deducibles existen topes vinculados a la UIT 2026 de S/ 5,500.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro (modelo ampliado)

¿El modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro (modelo ampliado) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/estatuto-de-asociacion-civil-sin-fines-de-lucro-modelo-ampliado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de estatuto de asociación civil sin fines de lucro (modelo ampliado) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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