Reglamento Electoral Interno de Asociación Civil
Reglamento electoral para la elección del Consejo Directivo de asociación civil con cronograma, listas, sufragio, escrutinio y solución de tachas (Art. 86 CC).
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN ASOCIACIÓN: [NOMBRE_ASOCIACION_REG_ELEC] PARTIDA REGISTRAL: [PARTIDA_REG_ELEC] APROBADO POR ASAMBLEA DE: [FECHA_APROBACION_REG_ELEC] CAPÍTULO I: OBJETO Y ÁMBITO ARTÍCULO 1.- OBJETO El presente Reglamento Electoral regula el proceso de elección del Consejo Directivo y demás órganos electos de la Asociación, conforme al Art. 86 del Código Civil y al Estatuto. ARTÍCULO 2.- COMITÉ ELECTORAL El Comité Electoral es el órgano autónomo encargado de organizar y conducir el proceso electoral. Está integrado por [NUMERO_MIEMBROS_CE] asociados habilitados, designados por la Asamblea General con [PLAZO_CE_MESES] meses de anticipación a la elección. CAPÍTULO II: CALENDARIO ELECTORAL ARTÍCULO 3.- CRONOGRAMA El Comité Electoral pública el cronograma con las siguientes etapas: a) Convocatoria al proceso. b) Inscripción de listas. c) Tachas e impugnaciones. d) Resolución de tachas. e) Campaña electoral. f) Acto eleccionario. g) Escrutinio y proclamación. h) Juramentación. CAPÍTULO III: PADRÓN ELECTORAL ARTÍCULO 4.- HABILITACIÓN Tienen derecho a sufragar los asociados que se encuentren al día en el pago de cotizaciones y no estén sancionados o suspendidos. ARTÍCULO 5.- PUBLICACIÓN DEL PADRÓN El padrón electoral se publica con [DIAS_PADRON] días de anticipación. Las observaciones se reciben en los siguientes 3 días. CAPÍTULO IV: INSCRIPCIÓN DE LISTAS ARTÍCULO 6.- REQUISITOS DE LAS LISTAS a) Las listas deben presentar candidatos para todos los cargos. b) Cada candidato debe estar habilitado. c) Cada candidato debe firmar la declaración de aceptación. d) Cada lista debe contar con personero acreditado. ARTÍCULO 7.- PARIDAD Y CUOTA DE GÉNERO Las listas deben incluir paridad y alternancia de género conforme a las buenas prácticas de gobernanza. CAPÍTULO V: TACHAS ARTÍCULO 8.- TACHAS Cualquier asociado habilitado puede interponer tacha contra candidatos o listas dentro del plazo de 3 días desde la publicación de listas inscritas. ARTÍCULO 9.- RESOLUCIÓN DE TACHAS El Comité Electoral resuelve las tachas en el plazo de 3 días. Procede recurso de reconsideración ante el mismo Comité. CAPÍTULO VI: ACTO ELECCIONARIO ARTÍCULO 10.- LUGAR Y HORARIO El acto eleccionario se realiza en [LUGAR_ELECCION] el día [FECHA_ELECCION_ASOC], en el horario de [HORA_INICIO_ELECCION] a [HORA_FIN_ELECCION]. ARTÍCULO 11.- VOTO PERSONAL Y SECRETO El sufragio es personal, directo y secreto. No procede el voto por representación, salvo previsión expresa estatutaria. CAPÍTULO VII: ESCRUTINIO Y PROCLAMACIÓN ARTÍCULO 12.- ESCRUTINIO El escrutinio se realiza inmediatamente concluida la votación, con la asistencia de los personeros de las listas participantes. ARTÍCULO 13.- PROCLAMACIÓN El Comité Electoral proclama a la lista ganadora y elabora el acta correspondiente. CAPÍTULO VIII: JURAMENTACIÓN E INSCRIPCIÓN ARTÍCULO 14.- JURAMENTACIÓN Los electos juramentan ante el Comité Electoral dentro de los 15 días siguientes a la proclamación. ARTÍCULO 15.- INSCRIPCIÓN EN SUNARP El nuevo Consejo Directivo se inscribe en SUNARP conforme al Estatuto y al Art. 86 del Código Civil. DISPOSICIONES FINALES Los aspectos no previstos serán resueltos por el Comité Electoral conforme al Estatuto y al Código Civil. [CIUDAD], [FECHA_APROBACION_REG_ELEC]. ____________________ [NOMBRE_PRESIDENTE_CE] Presidente del Comité Electoral
Cuándo usar este modelo
El reglamento electoral se usa para ordenar la elección del Consejo Directivo y demás órganos electos de una asociación civil. El Art. 86 del Código Civil atribuye a la asamblea general la elección de los directivos, pero no fija el procedimiento; ese vacío lo llena el reglamento, que aprobado por asamblea define cronograma, inscripción de listas, sufragio, escrutinio y solución de tachas. Da transparencia al proceso y previene impugnaciones.
Es imprescindible aprobarlo antes de convocar elecciones, sobre todo en asociaciones grandes o con historial de conflictos internos. Un comité electoral autónomo, con reglas claras, blinda la legitimidad de las autoridades elegidas y facilita la inscripción del nuevo consejo en SUNARP.
Qué datos necesitas
- Denominación de la asociación y partida registral, con la fecha de aprobación del reglamento por la asamblea.
- Composición y atribuciones del comité electoral autónomo.
- Requisitos para ser candidato y para ser elector hábil (estar al día en cuotas, antigüedad mínima).
- Cronograma electoral: convocatoria, inscripción de listas, tachas, campaña, votación y proclamación.
- Reglas del sufragio, del escrutinio y del cómputo de votos.
- Procedimiento de tachas e impugnaciones con plazos y órgano que resuelve.
Paso a paso
- Redacta el reglamento y somételo a la asamblea general para su aprobación formal.
- Constituye el comité electoral y publica el padrón de asociados hábiles.
- Aprueba y publica el cronograma electoral con plazos precisos para cada etapa.
- Recibe la inscripción de listas y resuelve las tachas dentro del plazo fijado.
- Organiza la jornada de votación garantizando el secreto del voto y el orden del acto.
- Realiza el escrutinio, proclama a los ganadores y levanta el acta electoral para su inscripción.
Errores comunes
- Convocar elecciones sin un reglamento aprobado por asamblea, dejando el proceso expuesto a nulidad.
- Permitir votar a asociados no hábiles o morosos, alterando el resultado.
- Fijar plazos irrazonables para tachas que impiden la defensa de los candidatos.
- No levantar acta del escrutinio, dificultando la inscripción del nuevo consejo en SUNARP.
Preguntas frecuentes
¿Quién aprueba el reglamento electoral? La asamblea general, por ser el órgano supremo de la asociación conforme al Art. 86 del Código Civil. El comité electoral solo lo aplica, no lo crea.
¿Puede votar un asociado moroso? Depende del estatuto y del reglamento. Lo habitual es exigir estar al día en las cuotas para ser elector hábil; conviene precisarlo para evitar impugnaciones.
¿Qué se hace ante una tacha contra un candidato? El comité electoral la resuelve dentro del plazo del cronograma, con derecho a descargo del afectado. Su decisión puede ser apelable ante la asamblea si el reglamento lo prevé.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento electoral interno de asociación civil
¿El modelo de reglamento electoral interno de asociación civil es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-electoral-interno-de-asociacion-civil/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reglamento electoral interno de asociación civil sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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