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Seguridad Ciudadana

Reglamento del Servicio de Serenazgo Municipal con Deberes, Prohibiciones y Régimen Disciplinario

Reglamento interno que organiza el servicio de serenazgo de una municipalidad: funciones, deberes del sereno, prohibiciones expresas, uso del uniforme y del vehículo, y el régimen disciplinario con faltas leves, graves y muy graves.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REGLAMENTO DEL SERVICIO DE SERENAZGO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE [DISTRITO]

APROBADO POR ORDENANZA MUNICIPAL N.° [NUMERO_DE_ORDENANZA]

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto
El presente reglamento regula la organización, las funciones, los deberes, las prohibiciones y el régimen disciplinario del personal del Servicio de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO].

Artículo 2.- Base legal
2.1. Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
2.2. Ley N.° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su reglamento.
2.3. Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
2.4. Ordenanza Municipal N.° [NUMERO_DE_ORDENANZA].

Artículo 3.- Naturaleza del servicio
El serenazgo es un servicio público local de carácter preventivo, disuasivo y de auxilio a la comunidad. No sustituye ni reemplaza a la Policía Nacional del Perú: actúa en apoyo y en coordinación con ella, en el marco de los acuerdos del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.

TÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y TURNOS

Artículo 4.- Dependencia
El serenazgo depende de la Gerencia de [GERENCIA_RESPONSABLE]. La jefatura operativa recae en el Jefe de Serenazgo, quien responde por el despliegue diario del personal y de las unidades móviles.

Artículo 5.- Turnos
El servicio se presta las veinticuatro horas del día, en turnos rotativos de [NUMERO_DE_HORAS] horas, conforme al rol aprobado mensualmente. La asistencia se registra al inicio y al término de cada turno.

TÍTULO III
FUNCIONES Y DEBERES

Artículo 6.- Funciones
a) Patrullar a pie, en vehículo o en bicicleta el sector asignado.
b) Auxiliar a las personas en situación de riesgo y coordinar el traslado de heridos.
c) Comunicar de inmediato a la comisaría del sector todo hecho con apariencia de delito o falta.
d) Apoyar a la Policía Nacional del Perú en el patrullaje integrado y en los operativos acordados.
e) Verificar el cumplimiento de las ordenanzas municipales y reportar las infracciones a la autoridad competente.
f) Operar y reportar las alertas del sistema de videovigilancia y de alarmas vecinales.

Artículo 7.- Deberes
a) Portar el uniforme completo, el fotocheck y el carné de identificación institucional.
b) Tratar a toda persona con respeto, sin discriminación de ningún tipo.
c) Custodiar el vehículo, la radio y los bienes asignados.
d) Guardar reserva sobre la información y las imágenes a las que accede por razón del cargo.

TÍTULO IV
PROHIBICIONES

Artículo 8.- Prohibiciones
a) Realizar detenciones fuera del supuesto de flagrancia; en ese caso, la persona se pone de inmediato a disposición de la Policía Nacional del Perú.
b) Portar armas de fuego.
c) Solicitar o recibir dádivas, propinas o pagos de los vecinos.
d) Difundir imágenes del sistema de videovigilancia por cualquier medio.
e) Prestar servicios particulares durante el turno o usar el vehículo para fines ajenos al servicio.
f) Ingerir bebidas alcohólicas antes o durante el turno.

TÍTULO V
RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 9.- Faltas y sanciones
9.1. Faltas leves: tardanza, uniforme incompleto, descuido en el llenado del parte diario. Sanción: amonestación escrita.
9.2. Faltas graves: abandono del sector asignado, trato descortés al vecino, uso indebido del vehículo. Sanción: suspensión sin goce de haber de hasta [DIAS_DE_SUSPENSION] días.
9.3. Faltas muy graves: solicitar dádivas, difundir imágenes de videovigilancia, agredir a una persona, presentarse en estado de ebriedad. Sanción: resolución del vínculo, sin perjuicio de la denuncia penal.

Artículo 10.- Procedimiento
Toda sanción requiere que se comunique el cargo por escrito al servidor y se le otorgue un plazo no menor de [DIAS_DE_DESCARGO] días hábiles para presentar su descargo, respetando el debido procedimiento reconocido en el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[DISTRITO], [FECHA_DE_APROBACION]

_______________________________
[NOMBRE_DEL_ALCALDE]
Alcalde de la Municipalidad Distrital de [DISTRITO]
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Cuándo usar este modelo

Usa este reglamento cuando la municipalidad tiene serenazgo pero no tiene un documento que diga con claridad qué puede y qué no puede hacer un sereno. Sin reglamento, cada intervención se resuelve por costumbre y cada queja vecinal termina en una discusión sobre si el sereno se excedió o se quedó corto. Es especialmente útil cuando ya hubo un incidente: una denuncia por maltrato, un vehículo de serenazgo usado para asuntos particulares o la filtración de un video del centro de monitoreo. También sirve al momento de renovar contratas, porque permite entregar a cada servidor un texto único con sus deberes y con las consecuencias del incumplimiento.

Marco legal en el Perú

La Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales la organización del servicio de serenazgo dentro de sus funciones de seguridad ciudadana. La Ley N.° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, coloca ese servicio dentro de un sistema en el que la Policía Nacional del Perú conserva la función policial y el serenazgo actúa en apoyo y coordinación, principalmente a través del patrullaje integrado acordado en el comité distrital. De ahí una regla que el reglamento debe repetir sin ambigüedad: el sereno no investiga, no allana y no detiene fuera de la flagrancia. Cuando el serenazgo opera cámaras, entra además la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que convierte cada imagen en un dato personal y hace de su difusión una infracción. El reglamento se aprueba normalmente por ordenanza, y las sanciones que contiene deben respetar el debido procedimiento del TUO de la Ley N.° 27444.

Cómo completar la plantilla

Trabaja el documento con el jefe operativo del servicio, no solo con el área legal: las prohibiciones útiles salen de los problemas reales del turno noche.

  • Coloca el número de la ordenanza que aprueba el reglamento y la gerencia de la que depende el servicio.
  • Ajusta la duración del turno al rol que realmente se aplica; un reglamento que declara turnos que nadie cumple pierde fuerza.
  • Revisa la lista de prohibiciones y agrega las conductas que ya generaron quejas en tu distrito.
  • Fija los días de suspensión y los días de descargo con criterios proporcionales y sostenibles.
  • Si el serenazgo opera el centro de monitoreo, remite expresamente a la directiva de custodia de grabaciones.
  • Entrega copia con cargo a cada servidor y archiva la constancia de recepción.

Preguntas frecuentes

¿Un sereno puede detener a una persona?

No como regla. El serenazgo no ejerce función policial. Ante una situación de flagrancia puede intervenir para evitar un daño mayor y debe poner de inmediato a la persona a disposición de la comisaría, dejando el acta correspondiente. Todo lo que exceda ese marco expone al servidor y a la municipalidad.

¿Puede el serenazgo portar armas de fuego?

El reglamento lo prohíbe expresamente, y esa es la práctica correcta: el serenazgo es un servicio civil preventivo. El uso de armas de fuego pertenece a otro régimen y a otras autoridades.

¿Sirve este reglamento si el personal es CAS o de una empresa tercerizada?

Sirve como norma del servicio, pero las sanciones deben aplicarse por la vía que corresponda a cada vínculo. Con personal propio se sigue el procedimiento disciplinario de la entidad; con personal de un tercero, el reglamento se incorpora como anexo del contrato y el incumplimiento se traduce en penalidad o retiro del trabajador del servicio.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento del servicio de serenazgo municipal con deberes, prohibiciones y régimen disciplinario

¿El modelo de reglamento del servicio de serenazgo municipal con deberes, prohibiciones y régimen disciplinario es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-del-servicio-de-serenazgo-municipal-con-deberes-prohibiciones-y-regimen-disciplinario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de reglamento del servicio de serenazgo municipal con deberes, prohibiciones y régimen disciplinario sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Reclamo por Deficiencia o Inasistencia del Servicio de Serenazgo ante la Municipalidad

Reclamo formal ante la municipalidad, con registro en el Libro de Reclamaciones, por la inasistencia o deficiencia del servicio de serenazgo pese al pago de arbitrios, al amparo de la Ley 31297 y el D.S. 042-2011-PCM.

Reclamación contra los Arbitrios de Serenazgo por Servicio No Prestado

Recurso de reclamación tributaria contra la determinación del arbitrio de serenazgo cuando el servicio no se presta efectivamente en la zona, al amparo del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF) y del TUO de Tributación Municipal (D.S. 156-2004-EF).

Solicitud de Instalación de Cámaras de Videovigilancia Municipal en Zona de Alta Incidencia Delictiva

Solicitud vecinal dirigida a la municipalidad para la instalación de cámaras de videovigilancia articuladas con la PNP y el serenazgo en una cuadra o zona de alta incidencia delictiva, al amparo de la Ley 30120 y el D.Leg. 1218.

Solicitud de Copia de Imágenes de las Cámaras de Videovigilancia Municipal tras un Robo

Solicitud urgente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana para preservar y remitir a la PNP o al fiscal las imágenes de las cámaras de videovigilancia municipal tras un robo, al amparo del D.Leg. 1218 y la Ley 30120.

Solicitud de Autorización Municipal para Instalar Rejas de Seguridad en la Vía Pública

Solicitud a la municipalidad para obtener autorización previa e instalar rejas o elementos de seguridad en la vía pública con respaldo vecinal y vigilante que garantice el libre tránsito, conforme a la Ordenanza 690-MML y la Ley 27972.

Reclamo Municipal para el Retiro de Rejas No Autorizadas que Impiden el Libre Tránsito

Reclamo ante la fiscalización municipal para ordenar el retiro o apertura de rejas instaladas sin autorización que bloquean el paso, invocando el libre tránsito del Art. 2 inc. 11 de la Constitución y la Ordenanza 690-MML.

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