Reglamento Interno de Faenas Comunales y Sanciones por Inasistencia
Reglamento interno que regula las faenas comunales obligatorias y las sanciones por inasistencia, en el marco de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y el Estatuto comunal.
Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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REGLAMENTO INTERNO DE FAENAS COMUNALES Y SANCIONES POR INASISTENCIA DE LA COMUNIDAD CAMPESINA [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD] Aprobado por Asamblea General de fecha [FECHA_DE_APROBACIÓN] CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto. El presente Reglamento regula la organización, convocatoria y ejecución de las faenas comunales, así como el régimen de sanciones aplicable a los comuneros que incumplan su asistencia, en el marco de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y del Estatuto de la Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]. Artículo 2.- Definición. Se entiende por faena comunal el trabajo colectivo y obligatorio que realizan los comuneros calificados en beneficio de la Comunidad, orientado a [FINALIDAD: mantenimiento de canales de riego, caminos, linderos, infraestructura comunal, entre otros]. Artículo 3.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para todos los comuneros calificados inscritos en el padrón comunal, salvo las excepciones expresamente contempladas en este documento. CAPÍTULO II - DE LAS FAENAS COMUNALES Artículo 4.- Convocatoria. Las faenas comunales serán convocadas por la Junta Directiva con una anticipación mínima de [NÚMERO] días, mediante [MEDIO_DE_CONVOCATORIA], indicando fecha, hora, lugar y objeto de la faena. Artículo 5.- Registro de asistencia. La Junta Directiva llevará un padrón de asistencia a cada faena, en el que se dejará constancia de los comuneros presentes, tardíos e inasistentes. Artículo 6.- Excepciones justificadas. Se considerará inasistencia justificada la motivada por enfermedad acreditada, caso fortuito o fuerza mayor, o autorización previa de la Junta Directiva, debiendo el comunero comunicar la causal dentro de [PLAZO] días de ocurrida la faena. CAPÍTULO III - DE LAS SANCIONES POR INASISTENCIA Artículo 7.- Escala de sanciones. La inasistencia injustificada a las faenas comunales será sancionada de manera progresiva: a) Primera inasistencia: amonestación escrita. b) Segunda inasistencia: multa equivalente a [MONTO_O_JORNALES]. c) Tercera inasistencia y sucesivas: suspensión temporal de derechos comunales por [PLAZO_DE_SUSPENSIÓN], sin perjuicio de la multa correspondiente. Artículo 8.- Registro de sanciones. La Junta Directiva llevará un registro de sanciones impuestas, el cual será puesto en conocimiento de la Asamblea General de manera periódica. CAPÍTULO IV - DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Artículo 9.- Notificación previa. Antes de imponer cualquier sanción, la Junta Directiva notificará al comunero la inasistencia detectada, otorgándole un plazo de [PLAZO] días para presentar su descargo por escrito. Artículo 10.- Resolución. Vencido el plazo, con o sin descargo, la Junta Directiva o la Asamblea, según corresponda, resolverá la imposición de la sanción, debiendo motivar su decisión. CAPÍTULO V - DISPOSICIONES FINALES Artículo 11.- Vigencia. El presente Reglamento entra en vigencia al día siguiente de su aprobación por la Asamblea General y rige mientras no sea modificado por el mismo órgano. Artículo 12.- Casos no previstos. Los casos no contemplados en el presente Reglamento se resolverán conforme a lo dispuesto por el Estatuto comunal y la Ley N.° 24656. FIRMAS _________________________ [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE] Presidente de la Junta Directiva _________________________ [NOMBRE_DEL_SECRETARIO] Secretario de la Junta Directiva
Cuándo usar este modelo
Usa este reglamento cuando tu comunidad campesina necesite un documento propio que ordene la organización de las faenas comunales y establezca con claridad las sanciones por inasistencia, en lugar de aplicar criterios informales que generan reclamos entre comuneros. El Estatuto tipo de comunidades campesinas ya prevé la obligatoriedad de las faenas, y este reglamento desarrolla en detalle su ejecución y el régimen sancionador, en el marco de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas.
Es distinto de un reglamento de uso de pastos y tierras comunales: aquí el objeto es exclusivamente el trabajo comunal obligatorio y sus consecuencias por incumplimiento.
Qué datos necesitas
Define previamente qué tipos de faenas realiza tu comunidad, con qué frecuencia se convocan, qué anticipación se exige para la convocatoria, y qué escala de sanciones (amonestación, multa, suspensión) resulta razonable según tus costumbres y la gravedad de la inasistencia. También necesitas precisar quién lleva el registro de asistencia y quién resuelve los descargos.
Ten a la mano el texto del Estatuto vigente de tu comunidad, para que el reglamento no contradiga sus disposiciones.
Paso a paso
1. Redacta el proyecto de reglamento con la Junta Directiva, ajustando los plazos, montos y escala de sanciones a la realidad de tu comunidad.
2. Presenta el proyecto ante la Asamblea General para su discusión artículo por artículo.
3. Incorpora las observaciones que la Asamblea considere pertinentes.
4. Aprueba el reglamento por el quórum que exige el Estatuto para este tipo de acuerdos.
5. Difunde el reglamento aprobado entre todos los comuneros calificados.
6. Aplica el procedimiento sancionador previsto, respetando siempre el derecho de descargo antes de imponer cualquier sanción.
Errores comunes
Imponer sanciones sin notificar previamente al comunero ni otorgarle plazo para presentar su descargo, lo que vulnera el debido proceso interno.
Establecer sanciones desproporcionadas frente a la gravedad de la inasistencia, lo que puede generar conflictos internos prolongados.
No llevar un registro escrito de asistencia y sanciones, dificultando probar reincidencias.
Aprobar el reglamento sin el quórum exigido por el Estatuto, lo que puede hacerlo cuestionable ante la propia Asamblea.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio asistir a las faenas comunales? Sí, conforme al Estatuto tipo de comunidades campesinas, la participación en las faenas es una obligación de todo comunero calificado, salvo excepciones justificadas.
¿Qué pasa si un comunero se ausenta por enfermedad? El reglamento debe prever causales de inasistencia justificada, como la enfermedad acreditada, el caso fortuito o la fuerza mayor.
¿Quién aprueba este reglamento? La Asamblea General de la comunidad, con el quórum que exige su Estatuto para la aprobación de reglamentos internos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento interno de faenas comunales y sanciones por inasistencia
¿El modelo de reglamento interno de faenas comunales y sanciones por inasistencia es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-interno-de-faenas-comunales-y-sanciones-por-inasistencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reglamento interno de faenas comunales y sanciones por inasistencia sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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