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Concursal

Solicitud de Acogimiento a Procedimiento Concursal Ordinario

Escrito del deudor para iniciar el Procedimiento Concursal Ordinario ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, conforme a los Arts. 24 y 25 de la Ley 27809.

Actualizado al 23 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE ACOGIMIENTO A PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO

SUMILLA: Solicito inicio de Procedimiento Concursal Ordinario a pedido del deudor.

SEÑORES DE LA COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI

[NOMBRE_DEUDOR], identificado con RUC N° [RUC_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR], debidamente representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], según poder inscrito en la Partida N° [PARTIDA_REGISTRAL], ante usted con respeto digo:

I. PETITORIO
Solicito que se admita a trámite e inicie el Procedimiento Concursal Ordinario respecto de mi representada, al amparo del artículo 24 de la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Mi representada se encuentra en situación de crisis económica que le impide cumplir oportunamente sus obligaciones.
2. Acredito que más de un tercio del total de mis obligaciones se encuentran vencidas e impagas por un periodo mayor a treinta (30) días calendario. Alternativamente, mantengo pérdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo importe es mayor al tercio del capital social pagado.
3. El monto total de las obligaciones asciende a S/ [MONTO_TOTAL_DEUDAS].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Amparo mi solicitud en el artículo 24 de la Ley N° 27809, que faculta al deudor a acogerse al concurso al verificar alguno de los supuestos antes señalados, y en el artículo 25 de la misma ley, que detalla la documentación que debo acompañar.

IV. ANEXOS
1-A. Copia del documento de identidad del representante y poder vigente.
1-B. Estados financieros con antigüedad no mayor a dos (2) meses.
1-C. Relación detallada de obligaciones y acreedores con montos, plazos y garantías.
1-D. Relación y valorización de bienes y derechos del deudor.
1-E. Copia del comprobante de pago de la tasa administrativa.

POR TANTO:
Pido admitir la presente solicitud conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
[NOMBRE_DEUDOR]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando tu empresa o tú, como deudor, atraviesas una crisis patrimonial y quieres iniciar de forma voluntaria el Procedimiento Concursal Ordinario ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI. Se sustenta en los artículos 24 y 25 de la Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal. El deudor puede acogerse cuando más de un tercio del total de sus obligaciones se encuentran vencidas e impagas por un plazo mayor a treinta (30) días calendario, o cuando tiene pérdidas acumuladas, deducidas las reservas, superiores al tercio del capital social pagado.

Este procedimiento suspende la exigibilidad de las obligaciones y protege tu patrimonio frente a ejecuciones individuales, para que la Junta de Acreedores decida entre reestructurar la empresa o liquidarla ordenadamente. Es la vía adecuada cuando la deuda ya te desbordó y buscas un marco legal que ordene los pagos.

Qué datos necesitas

  • Datos del deudor: razón social, RUC, domicilio y representante legal con DNI y poder inscrito.
  • Copia del documento de identidad y de la vigencia de poder del representante.
  • Estados financieros de los dos últimos ejercicios y un balance con antigüedad no mayor a dos meses.
  • Relación detallada de acreedores, con montos, origen y fecha de vencimiento de cada crédito.
  • Relación de bienes y cargas, y la información que exige el artículo 25 de la Ley 27809.
  • Declaración jurada de que cumples alguno de los supuestos del artículo 24.

Paso a paso

  1. Verifica que cumples el supuesto de cesación de pagos o de pérdidas del artículo 24.
  2. Reúne los estados financieros, la relación de acreedores y el detalle patrimonial.
  3. Redacta la solicitud dirigida a la Comisión, con la sumilla y tus datos completos.
  4. Indica si propones acogerte a reestructuración o a disolución y liquidación.
  5. Adjunta la declaración jurada de patrimonio y la documentación del artículo 25.
  6. Presenta el expediente por mesa de partes del INDECOPI y paga la tasa correspondiente.

Errores comunes

  • Presentar información financiera desactualizada o incompleta, lo que motiva observaciones.
  • No acreditar el supuesto del artículo 24 con cifras claras y verificables.
  • Omitir acreedores o subvaluar deudas, lo que puede acarrear responsabilidad del representante.
  • Confundir el concursal ordinario con el preventivo, que exige que aún no estés en cesación.
  • No prever el efecto de la publicación en el diario oficial y la difusión del concurso.

Preguntas frecuentes

¿Ante quién se presenta? Ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI competente según tu domicilio.

¿Qué gano al acogerme? La suspensión de la exigibilidad de tus obligaciones y la protección legal del patrimonio mientras la Junta de Acreedores decide tu destino.

¿Puedo elegir entre reestructurar o liquidar? Propones una opción, pero la decisión final corresponde a la Junta de Acreedores conforme a la Ley 27809.

¿Cuánto demora? Depende de la difusión y del reconocimiento de créditos; tras la publicación se convoca a los acreedores para instalar la Junta.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de acogimiento a procedimiento concursal ordinario

¿El modelo de solicitud de acogimiento a procedimiento concursal ordinario es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-acogimiento-a-procedimiento-concursal-ordinario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de acogimiento a procedimiento concursal ordinario sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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