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Procesal Civil

Solicitud de Adjudicación en Pago del Bien a Favor del Ejecutante

Escrito con que el ejecutante pide que, tras quedar desierta la tercera convocatoria por falta de postores, se le adjudique directamente el bien por el precio base de la última convocatoria, ofreciendo pagar el exceso sobre su crédito, conforme al Art. 744 del Código Procesal Civil.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN EN PAGO DEL BIEN A FAVOR DEL EJECUTANTE

EXPEDIENTE N.°       : [NUMERO_EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA LEGAL   : [NOMBRE_ESPECIALISTA]
ESCRITO N.°          : [NUMERO_ESCRITO]
SUMILLA              : Solicito adjudicación en pago del bien

SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_EJECUTANTE], identificado(a) con DNI / RUC N.° [NUMERO_DOCUMENTO], parte ejecutante en el proceso de ejecución que sigo contra [NOMBRE_EJECUTADO], con domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [CASILLA_ELECTRONICA], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito que se me ADJUDIQUE EN PAGO el bien materia de remate, [DESCRIPCION_BIEN], por el precio base de la última (tercera) convocatoria, al no haberse presentado postores; ofrezco depositar el exceso sobre mi crédito, de haberlo, dentro del plazo de ley, debiendo emitirse el auto de adjudicación correspondiente.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. En el presente proceso se convocó a remate el bien [DESCRIPCION_BIEN], inscrito en la Partida N.° [PARTIDA_REGISTRAL], en tres oportunidades.
2. La tercera convocatoria, realizada el [FECHA_TERCERA_CONVOCATORIA], quedó DESIERTA por falta de postores, según consta en el acta respectiva.
3. El precio base de la tercera convocatoria asciende a S/ [PRECIO_BASE_TERCERA], y mi crédito reconocido en autos asciende a S/ [MONTO_CREDITO], por lo que tengo interés en que se me adjudique el bien en pago.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 744 del Código Procesal Civil dispone que, si en la tercera convocatoria no se presenta postor, a solicitud del ejecutante se le adjudica el bien por el precio base de la postura que sirvió para la última convocatoria, debiendo el ejecutante, dentro del tercer día, depositar el exceso del valor de adjudicación sobre su crédito, si lo hubiere.
2. De no depositarse el exceso en el plazo de ley, la adjudicación queda sin efecto, conforme al mismo artículo, por lo que ofrezco cumplir dicha obligación oportunamente.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
- Acta de la tercera convocatoria a remate que declara desierto el acto.
- Liquidación del crédito reconocido en autos.

POR TANTO:
Solicito acceder a la adjudicación en pago del bien a mi favor, por ser conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________          _______________________
[NOMBRE_ABOGADO]                  [NOMBRE_EJECUTANTE]
Abogado - CAL N.° [NUMERO_CAL]    DNI / RUC N.° [NUMERO_DOCUMENTO]

Cuándo usar este modelo

Usa este escrito cuando eres el ejecutante (acreedor), el bien salió a remate tres veces y en la tercera convocatoria no se presentó ningún postor, y quieres cobrar quedándote con el inmueble o mueble. El artículo 744 del Código Procesal Civil dispone que, si en la tercera convocatoria no hay postor, a solicitud del ejecutante se le adjudica el bien por el precio base de la última convocatoria, debiendo depositar dentro del tercer día el exceso del valor sobre su crédito, si lo hubiera. Es la salida real de la mayoría de ejecuciones donde nadie puja.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente, juzgado y nombre del ejecutado.
  • Descripción del bien y su partida registral (para inmuebles).
  • Fecha del acta de la tercera convocatoria que quedó desierta.
  • Precio base de la tercera convocatoria y monto de tu crédito reconocido en autos.

Paso a paso

  1. Verifica que la tercera convocatoria quedó efectivamente desierta según el acta.
  2. Calcula el precio base de la última convocatoria y compáralo con tu crédito.
  3. Redacta la solicitud de adjudicación en pago citando el artículo 744 del Código Procesal Civil.
  4. Ofrece depositar el exceso sobre tu crédito dentro del tercer día, si el valor lo supera.
  5. Obtenido el auto de adjudicación, inscríbelo en SUNARP y solicita la entrega o lanzamiento.

Errores comunes

  • No depositar el exceso dentro del tercer día: la adjudicación queda sin efecto conforme al artículo 744.
  • Pedir la adjudicación antes de que la tercera convocatoria haya quedado desierta.
  • Confundir el precio de adjudicación (base de la última convocatoria) con el valor de tasación inicial.
  • Olvidar solicitar luego la inscripción registral y la entrega o lanzamiento del bien.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el remate queda desierto tres veces? El ejecutante puede pedir la adjudicación en pago del bien por el precio base de la última convocatoria, según el artículo 744 del Código Procesal Civil.

¿Tengo que pagar algo si me adjudican el bien? Solo el exceso del valor de adjudicación sobre tu crédito, y debes depositarlo dentro del tercer día, o la adjudicación se deja sin efecto.

¿Y si el bien vale menos que mi crédito? Te lo adjudicas por el precio base y no depositas exceso; el saldo impago de tu crédito puede seguir cobrándose sobre otros bienes.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de adjudicación en pago del bien a favor del ejecutante

¿El modelo de solicitud de adjudicación en pago del bien a favor del ejecutante es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-adjudicacion-en-pago-del-bien-a-favor-del-ejecutante/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de adjudicación en pago del bien a favor del ejecutante sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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