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Procesal Civil

Solicitud de Nueva Convocatoria a Remate por Falta de Pago del Saldo del Precio

Escrito del ejecutante para que, ante el adjudicatario que no depositó el saldo del precio, el juez declare la nulidad del remate, convoque a uno nuevo y aplique el oblaje perdido conforme al Art. 741 del Código Procesal Civil.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE NUEVA CONVOCATORIA A REMATE POR FALTA DE PAGO DEL SALDO DEL PRECIO

EXPEDIENTE N.o : [NUMERO_EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA LEGAL : [NOMBRE_ESPECIALISTA]
CUADERNO : Ejecución
ESCRITO N.o : [NUMERO_ESCRITO]
SUMILLA : Solicito nulidad del remate y nueva convocatoria por falta de pago del saldo del precio.

SENOR JUEZ DEL [NUMERO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_EJECUTANTE], identificado con DNI N.o [DNI_EJECUTANTE], en el proceso de ejecucion que sigo contra [NOMBRE_EJECUTADO], con domicilio procesal en la casilla electronica SINOE N.o [NUMERO_CASILLA] y domicilio real en [DIRECCION_EJECUTANTE], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que su despacho declare la NULIDAD DEL REMATE realizado el [FECHA_REMATE] respecto del bien [DESCRIPCION_BIEN], por cuanto el adjudicatario don [NOMBRE_ADJUDICATARIO] no ha depositado el saldo del precio dentro del plazo legal; en consecuencia, pido que se CONVOQUE A UN NUEVO REMATE y que la suma depositada por el postor incumplidor sea aplicada conforme al Articulo 741 del Codigo Procesal Civil.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Mediante resolucion N.o [NUMERO_RESOLUCION] su despacho convoco a remate publico del bien [DESCRIPCION_BIEN], tasado en S/ [VALOR_TASACION], acto que se llevo a cabo el [FECHA_REMATE].

2. En dicho acto resulto adjudicatario don [NOMBRE_ADJUDICATARIO], quien oblo el diez por ciento del valor de tasacion, esto es, la suma de S/ [MONTO_OBLAJE], conforme lo exige el Articulo 736 del Codigo Procesal Civil para ser admitido como postor.

3. Sin embargo, el adjudicatario no ha depositado el saldo del precio ascendente a S/ [MONTO_SALDO] dentro del plazo previsto por el Articulo 739 del Codigo Procesal Civil, pese a encontrarse largamente vencido dicho termino a la fecha de este escrito.

4. La falta de pago del saldo frustra la ejecucion y perjudica al suscrito como ejecutante, motivo por el cual corresponde declarar la nulidad del remate y convocar a uno nuevo.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Articulo 741 del Codigo Procesal Civil establece que si el saldo del precio del bien no es depositado dentro del plazo legal, el juez declarara la nulidad del remate y convocara a uno nuevo. En tal caso, el adjudicatario pierde la suma depositada, la que servira para cubrir los gastos del remate frustrado y la diferencia del precio que resultara en el nuevo remate si el segundo precio fuera menor.

2. El Articulo 736 del mismo cuerpo legal exige el deposito del oblaje equivalente al diez por ciento del valor de tasacion como requisito para ser postor, oblaje que el adjudicatario incumplidor pierde por su inconducta.

3. El Articulo 739 del Codigo Procesal Civil fija el plazo dentro del cual debe depositarse el saldo del precio, cuyo vencimiento sin pago habilita la aplicacion del Articulo 741 antes citado.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia del acta de remate de fecha [FECHA_REMATE].
2. Razon del especialista legal sobre la ausencia de deposito del saldo.
3. Reporte del cuaderno de ejecucion que acredita el vencimiento del plazo.

POR TANTO:
Pido a usted, senor Juez, declarar la nulidad del remate, disponer la nueva convocatoria y aplicar el oblaje perdido conforme a ley.

PRIMER OTROSI DIGO: Solicito que, aplicado el saldo del oblaje a los gastos y a la eventual diferencia de precio, el remanente sea entregado al ejecutado conforme al Articulo 741 del Codigo Procesal Civil.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Autorizo a mi abogado [NOMBRE_ABOGADO] a recabar copias y notificaciones del presente cuaderno.

[CIUDAD], [FECHA_ESCRITO]

_____________________________          _____________________________
   [NOMBRE_EJECUTANTE]                        [NOMBRE_ABOGADO]
     DNI [DNI_EJECUTANTE]                    Abogado - CAL [NUMERO_COLEGIATURA]

Cuándo usar este modelo

Usa este escrito cuando eres el ejecutante y el postor que ganó la subasta no depositó el saldo del precio dentro del plazo legal. El Artículo 741 del Código Procesal Civil obliga al juez, en ese supuesto, a declarar la nulidad del remate, convocar a uno nuevo y aplicar en tu favor el oblaje que perdió el adjudicatario incumplidor. No es el mismo caso que la nulidad por vicios del acto ni la subasta desierta: aquí el remate sí se realizó, pero quedó frustrado por un postor que no pagó.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente y del juzgado que conoce la ejecución.
  • Fecha del remate y descripción del bien subastado.
  • Nombre del adjudicatario que no pagó y el monto del oblaje que depositó (10% de la tasación).
  • Monto del saldo del precio adeudado y la fecha en que venció el plazo para depositarlo.
  • Valor de tasación del bien y número de la resolución que convocó al remate.

Paso a paso

  1. Verifica en el cuaderno de ejecución que el plazo del Artículo 739 del Código Procesal Civil para depositar el saldo ya venció sin pago.
  2. Pide al especialista legal una razón que deje constancia de la ausencia de depósito.
  3. Descarga la plantilla, completa los datos entre corchetes y precisa el pedido de nulidad y nueva convocatoria.
  4. Solicita expresamente que el oblaje perdido cubra los gastos del remate frustrado y la diferencia de precio.
  5. Presenta el escrito en el cuaderno de ejecución y haz seguimiento a la nueva fecha de subasta.

Errores comunes

  • Confundir este pedido con la nulidad del remate por vicios del acto (Artículo 740), que tiene otro fundamento.
  • Pedir la nueva convocatoria antes de que venza el plazo para depositar el saldo.
  • Olvidar solicitar el destino del oblaje perdido conforme al Artículo 741.
  • No adjuntar la copia del acta de remate ni la razón del especialista.

Preguntas frecuentes

¿El adjudicatario recupera el oblaje? No. El Artículo 741 del Código Procesal Civil dispone que pierde la suma depositada, la que se aplica a los gastos del remate frustrado y a la diferencia de precio si el nuevo remate arroja un valor menor.

¿Se mantiene la tasación anterior? Por regla general el nuevo remate se convoca sobre la misma base, salvo que corresponda una reducción legal por tratarse de una convocatoria posterior. Consulta el estado del cuaderno con tu abogado.

¿Qué pasa con el remanente del oblaje? Si tras cubrir gastos y diferencia queda un saldo, este se entrega al ejecutado, conforme al mismo Artículo 741.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de nueva convocatoria a remate por falta de pago del saldo del precio

¿El modelo de solicitud de nueva convocatoria a remate por falta de pago del saldo del precio es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-nueva-convocatoria-a-remate-por-falta-de-pago-del-saldo-del-precio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de nueva convocatoria a remate por falta de pago del saldo del precio sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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