Solicitud de Señalamiento de Fecha para el Remate Judicial (Primera Convocatoria)
Escrito con que el ejecutante pide al juez que, aprobada la tasación, convoque a la primera subasta del bien embargado fijando día, hora y lugar, y disponga la publicación de avisos, conforme a los Arts. 731 y 733 del Código Procesal Civil.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE SEÑALAMIENTO DE FECHA PARA REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EXPEDIENTE N.° : [NUMERO_EXPEDIENTE] ESPECIALISTA LEGAL : [NOMBRE_ESPECIALISTA] ESCRITO N.° : [NUMERO_ESCRITO] SUMILLA : Solicito se señale fecha, hora y lugar para el remate SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_EJECUTANTE], identificado(a) con DNI / RUC N.° [NUMERO_DOCUMENTO], parte ejecutante en el proceso de ejecución que sigo contra [NOMBRE_EJECUTADO], con domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [CASILLA_ELECTRONICA], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que se CONVOQUE A REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien embargado y tasado, [DESCRIPCION_BIEN], señalándose día, hora y lugar para el acto, designándose martillero público / disponiéndose que el remate lo realice el juez, y ordenándose la publicación de los avisos de ley. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. En el presente proceso existe mandato de ejecución firme por la suma de S/ [MONTO_ADEUDADO], que la parte ejecutada no ha cumplido con pagar. 2. Se ha trabado embargo sobre [DESCRIPCION_BIEN], inscrito en la Partida N.° [PARTIDA_REGISTRAL] (para inmuebles). 3. La tasación del bien ha sido aprobada por resolución de fecha [FECHA_APROBACION_TASACION], ascendiendo el valor de tasación a S/ [VALOR_TASACION], por lo que corresponde convocar a remate. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 731 del Código Procesal Civil dispone que, aprobada la tasación o siendo innecesaria, el juez convoca a remate del bien. 2. El artículo 733 del mismo Código establece que la convocatoria se anuncia mediante avisos que se publican por tres días tratándose de bienes muebles y por seis días tratándose de inmuebles, precisándose día, hora y lugar del remate, el bien a rematar, su tasación, el nombre del martillero y los demás datos de ley. 3. La base del remate en primera convocatoria equivale a las dos terceras partes del valor de tasación, conforme al artículo 736 del Código Procesal Civil. IV. MEDIOS PROBATORIOS - Resolución que aprueba la tasación del bien. - Copia literal de la partida registral del bien (para inmuebles). POR TANTO: Solicito señalar fecha, hora y lugar para el remate en primera convocatoria y disponer las publicaciones de ley, por ser conforme a derecho. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ _______________________ [NOMBRE_ABOGADO] [NOMBRE_EJECUTANTE] Abogado - CAL N.° [NUMERO_CAL] DNI / RUC N.° [NUMERO_DOCUMENTO]
Cuándo usar este modelo
Usa este escrito cuando ya tienes sentencia firme en un proceso de ejecución, se embargó y tasó el bien del deudor, y necesitas activar la primera subasta para cobrar. El artículo 731 del Código Procesal Civil dispone que, aprobada la tasación o siendo innecesaria, el juez convoca a remate; el artículo 733 exige publicar los avisos por tres días para bienes muebles y por seis días para inmuebles, precisando día, hora, lugar, el bien, su tasación y el martillero. Sin este pedido del ejecutante, la ejecución queda dormida pese a existir sentencia.
Qué datos necesitas
- Número de expediente, juzgado y nombre del ejecutado.
- Descripción del bien embargado y su partida registral (para inmuebles).
- Fecha de la resolución que aprobó la tasación y el valor de tasación.
- Monto adeudado según el mandato de ejecución.
Paso a paso
- Confirma que la tasación fue aprobada por resolución firme o que resulta innecesaria.
- Redacta la solicitud pidiendo la convocatoria a remate en primera convocatoria.
- Pide que se designe martillero público o que el juez realice el remate, según el caso.
- Solicita expresamente la publicación de los avisos por seis días si es inmueble o tres si es mueble.
- Presenta el escrito y haz seguimiento a la resolución que fija día, hora y lugar.
Errores comunes
- Pedir el remate sin que la tasación esté aprobada o firme.
- Olvidar solicitar la publicación de avisos, que es requisito de validez del remate.
- Confundir la base del remate: en primera convocatoria equivale a las dos terceras partes del valor de tasación (artículo 736).
- No impulsar el proceso y dejar que la ejecución quede paralizada pese a la sentencia firme.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la base del remate en primera convocatoria? Las dos terceras partes del valor de tasación, conforme al artículo 736 del Código Procesal Civil.
¿Por cuántos días se publican los avisos? Seis días para inmuebles y tres días para muebles, según el artículo 733.
¿El juez convoca de oficio? En la práctica el impulso lo da el ejecutante con este pedido; por eso conviene presentarlo apenas quede firme la tasación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de señalamiento de fecha para el remate judicial (primera convocatoria)
¿El modelo de solicitud de señalamiento de fecha para el remate judicial (primera convocatoria) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-senalamiento-de-fecha-para-el-remate-judicial-primera-convocatoria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de señalamiento de fecha para el remate judicial (primera convocatoria) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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