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Centrales de Riesgo

Solicitud de Cese del Reporte de Deuda Extinguida por el Seguro de Desgravamen del Titular Fallecido

Carta dirigida a la entidad financiera para que cese el reporte en las centrales de riesgo de una deuda que quedó extinguida al activarse el seguro de desgravamen tras el fallecimiento del titular; invoca la Ley 27489, que prohíbe difundir obligaciones no exigibles, y la Ley 29733, sobre actualización de datos personales.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA DE SOLICITUD DE CESE DEL REPORTE DE DEUDA EXTINGUIDA POR SEGURO DE DESGRAVAMEN

[CIUDAD], [FECHA]

Señores
[NOMBRE_ENTIDAD_FINANCIERA]
Atención: Área de Créditos / Servicio al Cliente
Presente.-

Referencia: Deuda a nombre del titular fallecido [NOMBRE_FALLECIDO] — Crédito N.° [NUMERO_CREDITO]

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N.° [NUMERO_DNI], en mi calidad de [CALIDAD_DEL_SOLICITANTE] (heredero, cónyuge o representante de la sucesión) de quien en vida fue [NOMBRE_FALLECIDO], me dirijo a ustedes para solicitar el cese del reporte de la deuda que se detalla, conforme a lo siguiente:

I. HECHOS
1.1. El señor o la señora [NOMBRE_FALLECIDO] mantuvo con su entidad el crédito N.° [NUMERO_CREDITO], el cual contaba con un seguro de desgravamen contratado al momento de su otorgamiento, según la póliza N.° [NUMERO_POLIZA].
1.2. El titular falleció el [FECHA_FALLECIMIENTO], conforme al acta de defunción que acompaño.
1.3. Producido el fallecimiento, se activó la cobertura del seguro de desgravamen, cuya finalidad es cancelar el saldo deudor pendiente; en consecuencia, la obligación quedó extinguida y ha dejado de ser exigible.
1.4. Pese a ello, la deuda continúa siendo reportada en las centrales de riesgo, afectando indebidamente a la sucesión y a los herederos.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
2.1. La Ley 27489, que regula las centrales privadas de información de riesgos, prohíbe difundir información que no corresponda a una obligación exigible; extinguida la deuda por el desgravamen, su reporte carece de sustento.
2.2. La Ley 29733, de Protección de Datos Personales, reconoce el derecho a la actualización y a la cancelación de los datos inexactos o que han dejado de ser necesarios para la finalidad que motivó su tratamiento.
2.3. Corresponde a la entidad acreedora comunicar la extinción de la obligación a las centrales de riesgo para su rectificación.

III. PETITORIO
Solicito que su entidad: a) reconozca la extinción de la deuda por aplicación del seguro de desgravamen; b) proceda a dar de baja el saldo reportado; y c) comunique a las centrales de riesgo la actualización correspondiente, remitiéndome la constancia de no adeudo.

Otorgo el plazo de [NUMERO_DIAS] días para atender esta solicitud. En su defecto, acudiré a la instancia de reclamos y a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.

Atentamente,

_____________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N.° [NUMERO_DNI]

Anexos: acta de defunción, copia de la póliza de desgravamen y documento que acredita la calidad de heredero.

Cuándo usar este modelo

Usa esta carta cuando falleció el titular de un crédito que tenía seguro de desgravamen y la entidad financiera sigue reportando la deuda en las centrales de riesgo, afectando a la sucesión o a los herederos. El seguro de desgravamen tiene como finalidad cancelar el saldo pendiente ante el fallecimiento, de modo que la obligación queda extinguida y deja de ser exigible. La Ley 27489 prohíbe difundir información que no corresponda a una obligación exigible, y la Ley 29733 ampara la actualización y cancelación de datos que ya no reflejan la realidad. A diferencia de un retiro genérico por defunción, aquí el fundamento es que la póliza ya cubrió el saldo.

Qué datos necesitas

  • Datos del titular fallecido y el número del crédito reportado.
  • El número de la póliza del seguro de desgravamen asociada al crédito.
  • El acta de defunción del titular.
  • El documento que acredita tu calidad de heredero o de representante de la sucesión.
  • La constancia del reporte vigente en la central de riesgo, si la tienes.

Paso a paso

  1. Confirma con la entidad que el crédito contaba con seguro de desgravamen vigente.
  2. Reúne el acta de defunción y el documento que acredita tu calidad de heredero.
  3. Presenta la carta a la entidad acreedora pidiendo aplicar el desgravamen y dar de baja el saldo.
  4. Exige que la entidad comunique la actualización a las centrales de riesgo.
  5. Si no responden en el plazo, acude a la instancia de reclamos y a la autoridad de datos personales.

Errores comunes

  • Reclamar a la central de riesgo sin exigir primero a la entidad la aplicación del desgravamen.
  • No adjuntar el acta de defunción ni la póliza del seguro.
  • Aceptar que los herederos paguen un saldo que el seguro ya debía cubrir.
  • No pedir la constancia de no adeudo tras la baja del reporte.

Preguntas frecuentes

¿Los herederos deben pagar? Si el crédito tenía desgravamen, el seguro cubre el saldo al fallecer el titular y la deuda deja de ser exigible a la sucesión.

¿Quién avisa a la central de riesgo? La entidad acreedora es quien debe comunicar la extinción de la deuda para que se actualice el reporte.

¿Qué hago si igual me reportan? Puedes reclamar ante la entidad y acudir a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales al amparo de la Ley 29733.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de cese del reporte de deuda extinguida por el seguro de desgravamen del titular fallecido

¿El modelo de solicitud de cese del reporte de deuda extinguida por el seguro de desgravamen del titular fallecido es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-cese-del-reporte-de-deuda-extinguida-por-el-seguro-de-desgravamen-del-titular-fallecido/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de cese del reporte de deuda extinguida por el seguro de desgravamen del titular fallecido sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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