Solicitud de Compensación de Deuda Tributaria
Solicitud de compensación de la deuda tributaria con créditos por tributos, pagos indebidos o saldos a favor, a pedido de parte (Art. 40 del Código Tributario, D.S. 133-2013-EF).
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE COMPENSACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA SUMILLA: Solicito compensación a pedido de parte. SEÑOR INTENDENTE DE [ENTIDAD_TRIBUTARIA]: [NOMBRE_CONTRIBUYENTE], con RUC N° [RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito la COMPENSACIÓN, a pedido de parte, de la deuda tributaria por [CONCEPTO_DEUDA], periodo [PERIODO_DEUDA], por el monto de S/ [MONTO_DEUDA], con el crédito que mantengo a mi favor por [CONCEPTO_CREDITO] por el monto de S/ [MONTO_CREDITO]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO Mantengo un crédito a mi favor originado en [ORIGEN_DEL_CREDITO], el cual no se encuentra prescrito ni ha sido materia de devolución. Dicho crédito y la deuda son administrados por la misma entidad y corresponden a periodos no prescritos. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Art. 40 del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF): la deuda tributaria puede compensarse total o parcialmente con créditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, siempre que sean administrados por el mismo órgano y no se encuentren prescritos. La compensación procede de forma automática, de oficio o a solicitud de parte. 2. Art. 27 del Código Tributario: la compensación es un medio de extinción de la obligación tributaria. 3. Art. 43 del Código Tributario: la acción para compensar prescribe a los cuatro (4) años. IV. ANEXOS 1-A. Vigencia de poder del representante. 1-B. Documentos que acreditan el crédito a favor. 1-C. Detalle de la deuda a compensar. 1-D. [OTROS_ANEXOS] POR TANTO: Solicito declarar procedente la compensación y extinguir la deuda hasta el monto del crédito. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_CONTRIBUYENTE] RUC N° [RUC]
Sobre este modelo de solicitud de compensación de deuda tributaria
Este modelo pertenece al área de Derecho Tributario. Escritos ante SUNAT, reclamos, apelaciones tributarias, fraccionamientos y descargos (Código Tributario).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de compensación de deuda tributaria
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a SUNAT?
Tienes 20 días hábiles desde la notificación para presentar reclamación contra resoluciones de determinación, multa u órdenes de pago (Art. 137 CT). Para apelar la resolución que resuelve la reclamación, otros 15 días hábiles ante el Tribunal Fiscal (Art. 146 CT). La queja del Art. 155 CT no tiene plazo y resuelve la Defensoría del Contribuyente.
¿Necesito carta fianza para fraccionar deuda con SUNAT?
Solo si la deuda fraccionada supera las 3 UIT (S/ 16,050 en 2026). Por debajo no se exige garantía. Por encima, debes presentar carta fianza bancaria, hipoteca, prenda o garantía mobiliaria. El plazo máximo de fraccionamiento es 72 cuotas y el interés es la TIM vigente (Art. 36 CT, Reglamento R.S. 161-2015/SUNAT).
¿El modelo de solicitud de compensación de deuda tributaria es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de solicitud de compensación de deuda tributaria sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
¿Con qué otros nombres se busca el modelo de solicitud de compensación de deuda tributaria?
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