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Penal

Solicitud de Control de Plazo de la Investigación Preparatoria (Art. 343 NCPP)

Escrito para que el Juez convoque audiencia de control de plazo y declare concluida la investigación preparatoria vencido su plazo (Art. 343 NCPP, D.Leg. 957).

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITA CONTROL DE PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA

SUMILLA: Solicito audiencia de control de plazo y conclusión de la investigación (Art. 343 NCPP)

SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO]° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en mi calidad de [CALIDAD_PROCESAL] en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE] seguido por el delito de [DELITO], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA], representado por mi abogado [NOMBRE_ABOGADO], Reg. CAL N° [CAL], ante usted digo:

I. PETITORIO
Solicito que se convoque a AUDIENCIA DE CONTROL DE PLAZO y, escuchadas las partes, se declare concluida la investigación preparatoria, por haber vencido en exceso el plazo legal sin que el Ministerio Público la haya dado por terminada.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. La investigación preparatoria fue formalizada mediante disposición de fecha [FECHA_FORMALIZACION].
2. El plazo legal de [PLAZO] meses venció el [FECHA_VENCIMIENTO], sin que el Fiscal haya emitido pronunciamiento ni dispuesto la conclusión.
3. He requerido al despacho fiscal la conclusión mediante escrito de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO], sin respuesta favorable.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 343 del Código Procesal Penal faculta a las partes a solicitar la conclusión de la investigación al Juez cuando, vencido el plazo, el Fiscal no la concluye, debiendo el Juez citar a audiencia de control de plazo.
2. El artículo 342 del Código Procesal Penal fija los plazos ordinarios y complejos de la investigación preparatoria.
3. El plazo razonable es una garantía del debido proceso reconocida en el artículo 139 inciso 3 de la Constitución y en el artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Penal.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. Disposición de formalización de fecha [FECHA_FORMALIZACION].
2. Cargo del escrito de requerimiento al Fiscal de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO].

POR TANTO
Pido a usted admitir la solicitud, convocar a audiencia y declarar concluida la investigación.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado, Reg. CAL N° [CAL]

El control de plazo de la investigación preparatoria es el pedido por el cual una de las partes solicita al juez que ordene al fiscal dar por concluida la investigación cuando ya venció el plazo legal y el fiscal no la cierra. La investigación preparatoria no puede prolongarse indefinidamente: tiene plazos máximos y, una vez vencidos, el imputado o el agraviado tienen derecho a exigir que se ponga fin a esa etapa. Es una herramienta clave contra la dilación, porque protege el derecho a ser investigado dentro de un plazo razonable.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presenta cualquiera de las partes del proceso, en la práctica casi siempre el imputado a través de su abogado, porque es quien sufre la prolongación de la investigación. Conviene usarlo cuando ya venció el plazo de la investigación preparatoria (haya sido prorrogado o no) y el fiscal sigue practicando diligencias o no se pronuncia. El control se ejerce a instancia de parte, no de oficio, así que si no lo pides, el fiscal puede seguir investigando más allá del plazo.

Base legal

El control de plazo está regulado en el artículo 343 del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957), que faculta a las partes a solicitar la conclusión de la investigación al juez cuando, vencido el plazo, el fiscal no la da por concluida. Los plazos de la investigación preparatoria están en el artículo 342 del Código Procesal Penal: ciento veinte días naturales en procesos comunes, prorrogables hasta sesenta días más, ocho meses en procesos complejos, y hasta treinta y seis meses en casos de criminalidad organizada. El derecho al plazo razonable tiene además respaldo constitucional.

Qué datos y documentos necesitas

  • Número de carpeta fiscal y la disposición de formalización de la investigación preparatoria.
  • La fecha exacta en que se formalizó la investigación para calcular el vencimiento del plazo.
  • La disposición de prórroga, si la hubo, para saber el plazo total aplicable.
  • La constancia de que el plazo venció y el fiscal no ha dado por concluida la investigación.
  • Tus datos completos y los de tu abogado defensor.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Verifica la fecha de formalización y suma el plazo del artículo 342 según el tipo de proceso.
  2. Confirma que el plazo venció y que el fiscal no ha emitido disposición de conclusión.
  3. Presenta la solicitud de control de plazo ante el Juez de la Investigación Preparatoria.
  4. El juez cita a una audiencia de control de plazo con el fiscal y las demás partes.
  5. El juez revisa las actuaciones, escucha a las partes y dicta la resolución que corresponda.
  6. Si ordena la conclusión, el fiscal tiene diez días para pedir sobreseimiento o formular acusación.

Errores comunes a evitar

  • Pedir el control antes de que venza el plazo. La solicitud solo procede una vez vencido.
  • No considerar la prórroga vigente. Si el plazo fue prorrogado, debes contar el plazo total.
  • Confundir el plazo de las diligencias preliminares con el de la investigación formalizada. Son etapas distintas.
  • Esperar que el juez actúe solo. El control se ejerce a pedido de parte, nunca de oficio.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo de la investigación preparatoria?

Según el artículo 342 del Código Procesal Penal, ciento veinte días naturales prorrogables por sesenta más en procesos comunes, ocho meses en procesos complejos y hasta treinta y seis meses en criminalidad organizada.

¿Qué pasa si el juez ordena cerrar la investigación?

El fiscal queda obligado, en el plazo de diez días, a pronunciarse pidiendo el sobreseimiento o formulando acusación, conforme al artículo 343 del Código Procesal Penal.

¿El juez puede ordenar el control de oficio?

No. El artículo 343 establece que el control se ejerce a instancia de parte, así que si nadie lo pide, no procede de oficio.

¿Sirve para archivar el caso?

No archiva por sí solo. Obliga al fiscal a decidir entre sobreseer o acusar, pero la decisión de fondo sigue dependiendo de los elementos reunidos.

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Cómo presentar solicitud de control de plazo de la investigación preparatoria (art. 343 ncpp): paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de control de plazo de la investigación preparatoria (art. 343 ncpp)

¿El modelo de solicitud de control de plazo de la investigación preparatoria (art. 343 ncpp) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-control-de-plazo-de-la-investigacion-preparatoria-art-343-ncpp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de control de plazo de la investigación preparatoria (art. 343 ncpp) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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