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Penal

Solicitud de Desalojo Preventivo en Proceso Penal (Art. 311 NCPP)

Pedido del agraviado de usurpación para que el Juez ordene el desalojo del inmueble ocupado y le restituya la posesión en 72 horas (Art. 311 del Código Procesal Penal).

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITA DESALOJO PREVENTIVO Y MINISTRACIÓN DE POSESIÓN

SUMILLA: Solicito desalojo preventivo en proceso por usurpación (Art. 311 NCPP)

SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO]° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en mi calidad de agraviado en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE] seguido contra [NOMBRE_IMPUTADO] por el delito de usurpación, con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA], representado por mi abogado [NOMBRE_ABOGADO], Reg. CAL N° [CAL], ante usted digo:

I. PETITORIO
Solicito que se ordene el DESALOJO PREVENTIVO del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], ocupado ilegítimamente por el imputado, y la consecuente MINISTRACIÓN DE LA POSESIÓN a mi favor, al amparo del artículo 311 del Código Procesal Penal.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Soy poseedor y propietario del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], lo que acredito con [DOCUMENTO_PROPIEDAD].
2. El imputado me despojó de la posesión el día [FECHA_DESPOJO], manteniendo la ocupación hasta la fecha.
3. Existen suficientes elementos de convicción que sostienen la comisión del delito de usurpación y mi derecho a la restitución.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 311 del Código Procesal Penal dispone que en los delitos de usurpación el Juez, a solicitud del Fiscal o del agraviado, ordenará el desalojo preventivo del inmueble en el término de setenta y dos horas, ministrando provisionalmente la posesión al agraviado, siempre que exista motivo razonable para sostener la comisión del delito y el derecho del agraviado.
2. El artículo 202 del Código Penal tipifica el delito de usurpación.
3. La medida tiene carácter provisional y no constituye prejuzgamiento.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. [DOCUMENTO_PROPIEDAD] y constancia de posesión.
2. Constatación policial del despojo de fecha [FECHA_DESPOJO].

POR TANTO
Pido a usted admitir la solicitud y ordenar el desalojo preventivo con ministración de posesión.

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado, Reg. CAL N° [CAL]

La solicitud de desalojo preventivo en proceso penal es el escrito con el que la víctima o el fiscal piden al juez que ordene la salida inmediata de quien ocupa ilegalmente un inmueble en un proceso por delito de usurpación, devolviendo la posesión a su legítimo poseedor. Es una de las medidas más útiles para quien sufrió una usurpación, porque no obliga a esperar toda la sentencia para recuperar el bien: dentro del propio proceso penal, y de forma rápida, el juez puede disponer que los usurpadores desocupen el predio y que se restituya la posesión al agraviado. Combina la persecución del delito con la protección efectiva de la posesión.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

La pueden solicitar el Ministerio Público y el agraviado (el poseedor despojado). Te conviene usarla cuando fuiste víctima de usurpación (te invadieron el terreno, ocuparon tu casa, tomaron tu local) y puedes acreditar que tenías la posesión efectiva y pacífica del inmueble antes del despojo. Es especialmente valiosa porque el desalojo civil suele ser lento, mientras que este desalojo penal preventivo se resuelve en plazos muy cortos. Eso sí, exige prueba clara de tu posesión anterior y de que el ingreso fue ilegítimo.

Base legal

El desalojo preventivo está regulado en el artículo 311 del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957). El inciso 1 dispone que en los delitos de usurpación el juez, a solicitud del fiscal o del agraviado, ordenará el desalojo preventivo del inmueble ocupado y la ministración provisional de la posesión, cuando exista motivo razonable para sostener que se ha cometido el delito y que el derecho del agraviado está suficientemente acreditado. La medida exige acreditar la posesión efectiva y pacífica del predio antes del despojo. El delito de usurpación está tipificado en los artículos 202 y 204 del Código Penal. Los presupuestos generales de las medidas de coerción real (verosimilitud y peligro en la demora) son aplicables.

Qué datos y documentos necesitas

  • El número de expediente o la denuncia por el delito de usurpación y el juzgado competente.
  • La identificación del inmueble usurpado (dirección, partida registral, plano si lo tienes).
  • La prueba de tu posesión efectiva y pacífica anterior al despojo (recibos de servicios, contrato, declaraciones, fotos).
  • La identificación de los ocupantes o la descripción de la ocupación si no están identificados.
  • Los elementos que acrediten el motivo razonable de comisión del delito de usurpación.
  • Tus datos completos (nombres, DNI), domicilio procesal, casilla electrónica y firma de abogado.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Reúne la prueba de tu posesión anterior: es el requisito decisivo del desalojo preventivo.
  2. Asegúrate de que exista una denuncia o proceso por usurpación, ya que la medida se dicta dentro de ese marco.
  3. Redacta la solicitud acreditando la posesión pacífica previa y el motivo razonable de comisión del delito.
  4. Presenta el escrito ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, por la Mesa de Partes Electrónica.
  5. El juez resuelve en plazo breve; concedida la medida, ordena el desalojo y la ministración provisional de la posesión.
  6. El trámite penal es gratuito; el desalojo se ejecuta con apoyo de la fuerza pública si es necesario.

Errores comunes a evitar

  • Pedir el desalojo sin acreditar la posesión efectiva y pacífica anterior, requisito esencial.
  • Confundir el desalojo penal por usurpación con el desalojo civil por falta de pago, que es otra vía.
  • No precisar el inmueble ni a los ocupantes, lo que dificulta la ejecución.
  • Esperar la sentencia para recuperar la posesión, cuando esta medida permite hacerlo antes.

Preguntas frecuentes

¿En qué delitos procede el desalojo preventivo?

Solo en los delitos de usurpación, conforme al artículo 311, inciso 1 del Código Procesal Penal. La usurpación está tipificada en los artículos 202 y 204 del Código Penal y supone el despojo de la posesión de un inmueble.

¿Qué tengo que probar para que el juez ordene el desalojo?

Que tenías la posesión efectiva y pacífica del inmueble antes del despojo y que existe motivo razonable para sostener que se cometió el delito de usurpación, según el artículo 311 del Código Procesal Penal. La prueba de tu posesión previa es lo más importante.

¿Cuánto demora el desalojo preventivo?

El artículo 311 del Código Procesal Penal está diseñado para una respuesta rápida; el juez resuelve en plazo breve, mucho más ágil que un desalojo civil, justamente para proteger pronto la posesión del agraviado.

¿El desalojo penal reemplaza al proceso de usurpación?

No. Es una medida preventiva dentro del proceso penal por usurpación: restituye provisionalmente la posesión, pero el proceso continúa hasta la sentencia, que definirá la responsabilidad penal y la reparación civil conforme al Código Procesal Penal.

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Cómo presentar solicitud de desalojo preventivo en proceso penal (art. 311 ncpp): paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de desalojo preventivo en proceso penal (art. 311 ncpp)

¿El modelo de solicitud de desalojo preventivo en proceso penal (art. 311 ncpp) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-desalojo-preventivo-en-proceso-penal-art-311-ncpp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de desalojo preventivo en proceso penal (art. 311 ncpp) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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