Solicitud de Embargo en Forma de Depósito
Escrito para trabar embargo en forma de depósito sobre bienes muebles del deudor con o sin desposesión (Art. 649 del Código Procesal Civil). Plantilla rellenable.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE EMBARGO EN FORMA DE DEPÓSITO SUMILLA: Solicito embargo en forma de depósito de bienes muebles. SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] - EXPEDIENTE N° [NUMERO_EXPEDIENTE] [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], en el proceso seguido contra [NOMBRE_DEMANDADO] sobre [MATERIA], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], a usted digo: I. PETITORIO Solicito se trabe embargo en forma de depósito hasta por S/ [MONTO_EMBARGO] sobre los bienes muebles del demandado ubicados en [DIRECCION_BIENES], designándose como depositario a [NOMBRE_DEPOSITARIO]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El demandado me adeuda S/ [MONTO_DEUDA] por [CONCEPTO_DEUDA]. 2. En el inmueble indicado se encuentran bienes muebles de propiedad del demandado, tales como [DETALLE_BIENES]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 649 del Código Procesal Civil regula el embargo en forma de depósito, recayendo sobre bienes muebles del obligado, en cuyo caso el propio afectado puede ser constituido en depositario. 2. Cuando el bien afectado se halla dentro de una empresa en funcionamiento procede el embargo en forma de depósito sin desposesión, conservando el afectado la posesión. 3. El depositario asume las obligaciones y responsabilidades de ley conforme al Art. 655 del mismo Código. IV. CONTRACAUTELA Ofrezco contracautela de naturaleza [TIPO_CONTRACAUTELA] por S/ [MONTO_CONTRACAUTELA]. POR TANTO: Pido conceder la medida y disponer la diligencia de embargo con auxilio de la fuerza pública de ser necesario. PRIMER OTROSÍ DIGO: Señalo día y hora para la diligencia según disponga el Juzgado. ANEXOS: 1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Tasa judicial por medida cautelar. [CIUDAD], [FECHA]. ____________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] ____________________________ [NOMBRE_ABOGADO] - CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La solicitud de embargo en forma de depósito es la medida cautelar con la que pides al juez que afecte bienes muebles del deudor para asegurar que, cuando ganes el proceso, exista patrimonio del cual cobrar. En esta modalidad, los bienes embargados pueden quedar en poder del propio deudor, que es nombrado depositario y responde por su conservación, o pasar a secuestro si se niega a aceptar ese encargo. Es una herramienta preventiva para evitar que el deudor venda u oculte sus bienes y frustre el cobro.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el acreedor o demandante que teme que el deudor se insolvente o disponga de sus bienes durante el proceso. Te conviene usarla cuando tienes una deuda o pretensión patrimonial y el deudor tiene bienes muebles (mercadería, equipos, vehículos, maquinaria) sobre los cuales asegurar el futuro pago. Puedes pedirla antes de demandar (medida fuera de proceso) o dentro del proceso ya iniciado, siempre acreditando la verosimilitud de tu derecho y el peligro en la demora.
Base legal
El embargo en forma de depósito se regula en el artículo 649 del Código Procesal Civil, que dispone que cuando recae sobre bienes muebles del obligado, este se constituye en depositario, salvo que se niegue, en cuyo caso se procede al secuestro. Los requisitos de toda medida cautelar están en los artículos 610 a 613: verosimilitud del derecho, peligro en la demora y contracautela. El artículo 642 y siguientes regula el embargo como medida para futura ejecución forzada.
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos y los del deudor cuyos bienes quieres afectar.
- El documento que sustenta tu derecho o crédito (contrato, título, factura).
- La identificación de los bienes muebles a embargar y su ubicación.
- La fundamentación de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
- El ofrecimiento de contracautela (real o personal) según el artículo 613.
- El monto del embargo solicitado, proporcional a la deuda.
Cómo presentarla paso a paso
- Reúne la prueba de tu derecho y fundamenta la verosimilitud y el peligro en la demora.
- Ofrece la contracautela exigida por el artículo 613 del Código Procesal Civil.
- Redacta la solicitud cautelar de embargo en forma de depósito, identificando los bienes y el monto.
- Adjunta tasas judiciales, anexos y la propuesta de quién será el depositario.
- Presenta la solicitud ante el juez competente; se tramita en cuaderno cautelar separado y sin conocimiento previo del afectado.
- Concedida la medida, el secretario o el órgano de auxilio ejecuta el embargo y se designa depositario al deudor o a un tercero.
Errores comunes a evitar
- No ofrecer contracautela suficiente, requisito sin el cual la medida no se concede.
- Solicitar un embargo desproporcionado respecto del monto de la deuda.
- No identificar con precisión los bienes muebles a afectar.
- Confundir el embargo en depósito con el secuestro, que retira el bien del poder del deudor.
Preguntas frecuentes
¿Quién cuida los bienes embargados?
Según el artículo 649 del Código Procesal Civil, el propio deudor se constituye en depositario y responde por la conservación de los bienes. Si se niega a aceptar, se procede al secuestro y los bienes pasan a un tercero.
¿Necesito haber demandado antes de pedir el embargo?
No necesariamente. El Código Procesal Civil permite solicitar medidas cautelares fuera de proceso, antes de demandar, siempre que luego interpongas la demanda dentro del plazo legal para no perder la medida.
¿Qué es la contracautela?
Es la garantía que ofreces para responder por los daños que la medida pueda causar al afectado si resulta indebida. El artículo 613 del Código Procesal Civil la exige como condición para conceder la cautelar.
Cómo presentar solicitud de embargo en forma de depósito: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de embargo en forma de depósito
¿El modelo de solicitud de embargo en forma de depósito es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-embargo-en-forma-de-deposito/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de embargo en forma de depósito sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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