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Solicitud de Legalización ante Cancillería para País No Miembro del Convenio de la Apostilla

Escrito dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores para legalizar un documento peruano destinado a un país que no es parte del Convenio de la Apostilla, previa cadena de certificaciones.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTO PERUANO PARA USO EN PAÍS NO MIEMBRO DEL CONVENIO DE LA APOSTILLA

SUMILLA: Solicita legalización de firma de funcionario peruano para documento destinado al extranjero.

SEÑOR DIRECTOR DE LEGALIZACIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con [DOCUMENTO_Y_NUMERO_DEL_SOLICITANTE], con domicilio en [DIRECCION_DEL_SOLICITANTE], teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO] y correo [CORREO_ELECTRONICO], ante usted me presento y digo:

I. PETITORIO

Solicito la LEGALIZACIÓN de la firma y cargo del funcionario peruano que suscribe el documento denominado [NOMBRE_DEL_DOCUMENTO_A_LEGALIZAR], emitido por [ENTIDAD_EMISORA_DEL_DOCUMENTO] el [FECHA_DE_EMISION_DEL_DOCUMENTO], por estar destinado a surtir efectos en [PAIS_DE_DESTINO_DEL_DOCUMENTO], Estado que no integra el Convenio de la Apostilla.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. El documento será presentado ante [AUTORIDAD_EXTRANJERA_DESTINATARIA] para el trámite de [TRAMITE_PARA_EL_QUE_SE_REQUIERE].

2.2. He verificado que el país de destino no forma parte del Convenio de la Apostilla, por lo que corresponde la vía de legalización y no la de apostilla.

2.3. El documento cuenta con la cadena de certificaciones previa exigida, conforme se detalla: [DETALLE_DE_LA_CADENA_DE_CERTIFICACIONES].

2.4. La firma del funcionario suscriptor se encuentra registrada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. De no estarlo, solicito se me indique el procedimiento de registro de firma correspondiente.

2.5. De requerirse traducción al idioma del país de destino, esta será efectuada por traductor público juramentado y también será legalizada.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. La legalización es el procedimiento por el cual el Estado peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, certifica la autenticidad de la firma y el cargo del funcionario peruano que suscribe un documento expedido en el Perú, destinado a un país que no integra el Convenio por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros.

3.2. El Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, se encuentra en vigor para el Perú desde el 30 de septiembre de 2010, y solo resulta aplicable entre Estados parte.

3.3. El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, regula las funciones consulares vinculadas a la certificación y legalización de documentos.

3.4. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, rige el procedimiento administrativo y el derecho de petición.

IV. ANEXOS

1-A. Documento original o copia certificada a legalizar.
1-B. Documentos que acreditan la cadena de certificaciones previa.
1-C. Copia del documento de identidad del solicitante.
1-D. Comprobante de pago del derecho de tramitación.

POR TANTO:

Solicito a usted proceder a la legalización peticionada.

[CIUDAD_DE_PRESENTACION], [FECHA_DE_PRESENTACION]

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE]
[DOCUMENTO_Y_NUMERO_DEL_SOLICITANTE]
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Cuándo usar este modelo

No todos los países aceptan la apostilla. Cuando el documento peruano (una partida, un título, un poder, un certificado de antecedentes) va a ser presentado en un Estado que no integra el Convenio de la Apostilla, el camino no es apostillar sino legalizar. Este escrito activa esa vía ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Es un error frecuente y caro: la persona apostilla el documento, lo envía al extranjero y la autoridad de destino lo rechaza porque su país no reconoce ese sello. Antes de gastar en trámites, verifica en la lista oficial de países miembros del Convenio si tu destino está incluido; si no lo está, usa esta plantilla.

Marco legal en el Perú

El Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, está en vigor para el Perú desde el 30 de septiembre de 2010, pero solo produce efectos entre Estados parte. Fuera de ese círculo rige el sistema tradicional de legalización.

La legalización es el procedimiento por el cual el Estado peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, certifica la autenticidad de la firma y el cargo del funcionario peruano que suscribe un documento expedido en el Perú y destinado a un país no miembro del Convenio. El mismo procedimiento permite validar la firma de un funcionario consular peruano o de un funcionario extranjero acreditado, para que el documento surta efectos en el Perú. El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, y el TUO de la Ley N.° 27444 completan el marco aplicable.

Cómo completar la plantilla

La clave del trámite es la cadena de certificaciones: la Cancillería solo certifica firmas previamente registradas, y para llegar a ellas el documento debe pasar por los intermediarios que le correspondan.

  • Verifica primero si el país de destino es o no miembro del Convenio de la Apostilla; el Ministerio publica la lista actualizada.
  • Identifica al funcionario que firma el documento y comprueba que su firma esté registrada ante Cancillería.
  • Recorre la cadena previa: colegio profesional, universidad, ministerio sectorial o notario, según el tipo de documento.
  • Presenta originales o copias certificadas; no se legalizan fotocopias simples.
  • Si el país de destino exige traducción, encárgala a traductor público juramentado y recuerda que la traducción también se legaliza.
  • Considera que la legalización certifica la firma, no el contenido: no valida ni convalida lo que el documento dice.

Preguntas frecuentes

¿Después de Cancillería termina el trámite?

Normalmente no. En la vía de legalización suele exigirse un paso final ante el consulado del país de destino acreditado en el Perú, que refrenda la firma del funcionario de Cancillería. Consulta con esa representación diplomática antes de enviar el documento.

¿Puedo hacerlo en línea?

El Ministerio de Relaciones Exteriores ofrece legalización y apostilla de documentos digitales cuando cuentan con un mecanismo de verificación, como código QR o enlace. Para documentos en papel el trámite es presencial, con registro previo.

¿Sirve para documentos emitidos en el extranjero?

Ese es el camino inverso: un documento extranjero destinado al Perú se legaliza ante el consulado peruano en el país de origen y luego ante la Cancillería en Lima. Este modelo está redactado para el documento peruano que sale del país.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de legalización ante cancillería para país no miembro del convenio de la apostilla

¿El modelo de solicitud de legalización ante cancillería para país no miembro del convenio de la apostilla es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-legalizacion-ante-cancilleria-para-pais-no-miembro-del-convenio-de-la-apostilla/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de legalización ante cancillería para país no miembro del convenio de la apostilla sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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