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Procesal Civil

Solicitud de Levantamiento de Embargo por Cancelación de la Deuda en Ejecución

Escrito que solicita al juez de la ejecución el levantamiento del embargo trabado, por haberse cancelado íntegramente la deuda, con cursado de los partes al registro correspondiente (Arts. 624 y 656 del Código Procesal Civil; Art. 1220 del Código Civil). Word editable.

Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITO LEVANTAMIENTO DE EMBARGO POR CANCELACIÓN TOTAL DE LA DEUDA

EXPEDIENTE N.° [EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA LEGAL: [ESPECIALISTA]
CUADERNO: EJECUCIÓN
ESCRITO N.° [NUMERO]
SUMILLA: SOLICITO LEVANTAMIENTO DE EMBARGO

SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO_JUZGADO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], parte ejecutada en el proceso que me sigue [EJECUTANTE] sobre obligación de dar suma de dinero, con domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [CASILLA]; a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que se disponga el LEVANTAMIENTO DEL EMBARGO en forma de [TIPO_EMBARGO] trabado sobre el bien [DESCRIPCION_BIEN], inscrito en la Partida Registral N.° [PARTIDA] de la Zona Registral de [ZONA_REGISTRAL], por haberse cancelado íntegramente la deuda materia de ejecución, cursándose los partes correspondientes para su anotación.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. En el presente proceso se trabó embargo sobre el bien antes descrito, en garantía del pago de la suma de S/ [MONTO] más intereses, costas y costos.
2.2. Con fecha [FECHA_PAGO] he cancelado la totalidad de la obligación, conforme consta del depósito judicial N.° [NUMERO_DEPOSITO] efectuado en el Banco de la Nación, que se acompaña.
2.3. Habiéndose extinguido la obligación por el pago, la medida cautelar ha perdido su objeto y debe dejarse sin efecto, liberando el bien afectado.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. Artículo 1220 del Código Civil, que establece que se entiende efectuado el pago solo cuando se ha ejecutado íntegramente la prestación.
3.2. Artículo 1221 del Código Civil, sobre la integridad del pago y la extinción de la obligación.
3.3. Artículo 624 del Código Procesal Civil, que regula el levantamiento y la cancelación de las medidas cautelares cuando cesan sus presupuestos.
3.4. Artículo 656 del Código Procesal Civil, sobre el embargo en forma de inscripción y su cancelación mediante los partes que curse el juzgado.
3.5. Artículo 715 del Código Procesal Civil, referido a la ejecución y su conclusión una vez satisfecha la obligación.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

4.1. El depósito judicial N.° [NUMERO_DEPOSITO] de fecha [FECHA_PAGO], que acredita la cancelación total.
4.2. La liquidación aprobada por Resolución N.° [NUMERO], que fija el monto adeudado.

V. ANEXOS

1-A. Copia de mi documento nacional de identidad.
1-B. Depósito judicial N.° [NUMERO_DEPOSITO].
1-C. Copia de la Partida Registral N.° [PARTIDA].

POR TANTO:

Solicito a usted, señor Juez, disponer el levantamiento del embargo y cursar los partes al registro respectivo.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE]
DNI N.° [DNI]

_______________________________
[ABOGADO]
Abogado - Registro CAL N.° [NUMERO_COLEGIATURA]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando eres la parte ejecutada y ya cancelaste íntegramente la deuda por la que se trabó un embargo sobre tus bienes, y necesitas que el juez lo deje sin efecto. El artículo 624 del Código Procesal Civil regula la cancelación de las medidas cautelares cuando cesan sus presupuestos, y el artículo 656 permite que el juzgado curse los partes para levantar el embargo inscrito. El pago íntegro extingue la obligación conforme a los artículos 1220 y 1221 del Código Civil.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente, juzgado y especialista legal.
  • Descripción del bien embargado y la partida registral, si el embargo es en forma de inscripción.
  • La forma de embargo trabada y la resolución que la ordenó.
  • El depósito judicial o comprobante que acredita el pago total.
  • La liquidación aprobada del monto adeudado.

Paso a paso

  1. Confirma que la liquidación de la deuda, intereses, costas y costos está aprobada y cancelada.
  2. Adjunta el depósito judicial que acredita el pago íntegro.
  3. Redacta el petitorio solicitando el levantamiento del embargo y el cursado de partes.
  4. Cita los artículos 1220 y 1221 del Código Civil y los artículos 624, 656 y 715 del CPC.
  5. Presenta el escrito y, expedida la resolución, tramita los partes ante la Zona Registral correspondiente.

Errores comunes

  • Solicitar el levantamiento sin haber cubierto los intereses, costas y costos de la liquidación.
  • No adjuntar el depósito judicial que acredita el pago total.
  • Confundir el levantamiento del embargo con la variación o sustitución de la medida.
  • No dar seguimiento al cursado de partes al registro, con lo que la afectación sigue inscrita.

Preguntas frecuentes

¿Basta pagar el capital para levantar el embargo? No. Conforme al artículo 1220 del Código Civil, el pago debe ser íntegro, por lo que debes cubrir también los intereses, costas y costos que apruebe la liquidación antes de solicitar el levantamiento.

¿Quién levanta el embargo inscrito en Registros Públicos? El juez ordena el levantamiento y cursa los partes al registro conforme al artículo 656 del Código Procesal Civil; la cancelación del asiento se materializa en la Zona Registral correspondiente.

¿Puedo pedir el archivo del proceso en el mismo escrito? Puedes solicitarlo, pero conviene hacerlo en un pedido posterior una vez levantada la medida, invocando el cumplimiento total de la obligación conforme al artículo 715 del Código Procesal Civil.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de levantamiento de embargo por cancelación de la deuda en ejecución

¿El modelo de solicitud de levantamiento de embargo por cancelación de la deuda en ejecución es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-levantamiento-de-embargo-por-cancelacion-de-la-deuda-en-ejecucion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de levantamiento de embargo por cancelación de la deuda en ejecución sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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