Solicitud de Objeción de Conciencia por Motivos Religiosos
Escrito para pedir al empleador, centro de estudios o entidad la exoneración de una actividad concreta que contraviene las convicciones religiosas, ofreciendo una alternativa razonable.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SUMILLA: FORMULO OBJECIÓN DE CONCIENCIA POR MOTIVOS RELIGIOSOS Y SOLICITO ALTERNATIVA RAZONABLE SEÑOR(A) [NOMBRE_DEL_DESTINATARIO_Y_CARGO] [DENOMINACION_DE_LA_EMPRESA_INSTITUCION_O_ENTIDAD] [DIRECCION_DEL_DESTINATARIO] [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI / C.E. N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO], con domicilio en [DIRECCION_DEL_SOLICITANTE], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [TELEFONO], en mi condición de [TRABAJADOR_ESTUDIANTE_ADMINISTRADO_U_OTRA_CONDICION] de la institución que usted dirige, con [CODIGO_DE_TRABAJADOR_O_MATRICULA]; me dirijo a usted y digo: I. PETITORIO Formulo objeción de conciencia por motivos religiosos respecto de [DESCRIPCION_PRECISA_DE_LA_ACTIVIDAD_OBLIGACION_O_DISPOSICION_OBJETADA], y solicito que se me exonere de su cumplimiento, disponiéndose en su reemplazo la medida alternativa siguiente: [ALTERNATIVA_PROPUESTA_COMPENSACION_DE_HORARIO_REASIGNACION_DE_TAREA_TRABAJO_EQUIVALENTE_O_ACTIVIDAD_ACADEMICA_SUSTITUTORIA]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. Profeso la confesión religiosa [CONFESION_O_CREDO_QUE_PROFESA], en la que participo desde [ANIO_O_FECHA_DE_INICIO_DE_MEMBRESIA] como miembro de [DENOMINACION_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA], según la constancia de membresía que se adjunta. 2.2. Conforme a las convicciones de dicha confesión, me está impedido [DESCRIPCION_DEL_IMPEDIMENTO_DE_CONCIENCIA], lo que colisiona con la obligación descrita en el petitorio, dispuesta mediante [DOCUMENTO_ORDEN_O_ROL_QUE_IMPONE_LA_OBLIGACION_Y_SU_FECHA]. 2.3. La objeción que formulo es puntual y no supone incumplimiento general de mis obligaciones. Me encuentro dispuesto(a) a asumir la alternativa propuesta, de modo que la institución no sufra perjuicio en su organización ni en la continuidad del servicio. 2.4. Con fecha [FECHA_DE_LA_GESTION_PREVIA] realicé la siguiente gestión previa: [DESCRIPCION_DE_LA_GESTION_PREVIA_Y_SU_RESULTADO]. 2.5. Solicito que la presente petición sea evaluada y respondida por escrito, y que se me comunique la decisión adoptada. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. El artículo 2 inciso 3 de la Constitución Política del Perú reconoce la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada, y prohíbe la persecución por razón de ideas o creencias. 3.2. La Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, reconoce la objeción de conciencia por motivos religiosos y regula el ejercicio del derecho a la libertad religiosa. 3.3. El Reglamento de la Ley N.° 29635, aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2016-JUS, modificado por el Decreto Supremo N.° 014-2021-JUS, desarrolla los alcances de dicha ley. 3.4. De tratarse de una entidad pública, resulta aplicable el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuanto al derecho de petición, los plazos de respuesta y los recursos administrativos. IV. ANEXOS 1-A. Copia del documento de identidad del solicitante. 1-B. Constancia de membresía o certificación emitida por la entidad religiosa. 1-C. Copia del documento, rol, orden o disposición que impone la obligación objetada. 1-D. Copia de la gestión previa realizada y de su respuesta, de existir. 1-E. Propuesta detallada de la alternativa ofrecida. NOTA: La objeción de conciencia se invoca respecto de una obligación concreta y no exime del cumplimiento del resto de deberes a cargo del solicitante. POR TANTO: Solicito a usted tener por formulada la objeción de conciencia y acceder a la alternativa propuesta. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _____________________________ [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE] DNI / C.E. N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO] BASE LEGAL - Constitución Política del Perú de 1993, artículo 2 inciso 3. - Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa. - Decreto Supremo N.° 006-2016-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29635. - Decreto Supremo N.° 014-2021-JUS, que modifica el Reglamento de la Ley N.° 29635. - TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Para qué sirve
El rol de turnos salió el lunes y te toca trabajar sábado, que es justo el día en que tu confesión te impide hacerlo. Hablas con el jefe, te dice que lo entiende y que igual no puede cambiar nada, y ahí queda todo hasta que aparece la falta injustificada en tu legajo. Este escrito convierte esa conversación en un pedido formal. Formulas objeción de conciencia respecto de una actividad concreta y, en el mismo acto, propones una alternativa razonable: compensar el horario, cambiar de tarea, cubrir un turno equivalente o rendir una actividad académica sustitutoria.
La alternativa es la parte que decide el resultado. Un pedido que solo dice que no puedes se lee como negativa a cumplir, mientras que uno que ofrece cubrir el domingo se lee como una solución, y esa diferencia suele definir la respuesta que te den.
Cuándo conviene usarlo
- El horario de trabajo, un examen o una actividad obligatoria cae en el día de guarda de tu confesión.
- Se te exige participar en una ceremonia, un juramento o una práctica que contradice tus creencias.
- Un profesional de la salud es asignado a un procedimiento que su conciencia le impide realizar y existe personal que puede reemplazarlo.
- La institución te pidió formalizar por escrito lo que ya conversaste, para evaluarlo y dejar constancia.
Cómo llenarlo
- Describe la actividad objetada con precisión quirúrgica: qué acto, qué día y qué documento la ordena. Una objeción genérica contra las políticas de la empresa no se puede evaluar y se rechaza sin más trámite.
- Adjunta la constancia de membresía de tu entidad religiosa, con la fecha desde la que perteneces. La antigüedad respalda que la convicción es real y no una excusa surgida el día del turno incómodo.
- Propón la alternativa concreta y déjala por escrito. Ofrece algo que a la institución le cueste menos de lo que le costaría tu ausencia.
- Deja claro que la objeción es puntual y que el resto de tus obligaciones las sigues cumpliendo. Es lo que evita que el pedido se lea como una insubordinación general.
- Presenta por mesa de partes y conserva el cargo. Si después te sancionan, ese cargo con fecha prueba que avisaste antes y que ofreciste una salida.
Base legal
La Constitución reconoce la libertad de conciencia y de religión, y prohíbe la discriminación por motivo de creencias. La Ley de Libertad Religiosa y su reglamento recogen de manera expresa la objeción de conciencia por motivos religiosos, junto con el deber de la entidad de evaluar el pedido y ofrecer, cuando sea posible, una alternativa razonable. En materia laboral el empleador conserva su facultad de dirección, y la alternativa propuesta es lo que permite conciliar ambos intereses.
¿Me pueden despedir por presentarlo?
Un despido motivado en tus creencias es discriminatorio y se puede impugnar. Presentar el pedido por escrito, con cargo y con alternativa ofrecida, te deja en mejor posición que faltar sin avisar.
¿La institución está obligada a aceptar mi alternativa?
Debe evaluarla de buena fe y responder de manera motivada. Puede rechazarla si demuestra que altera el servicio de forma seria o que no hay quien te reemplace.
¿Sirve para trámites ante el Estado?
Sí, cuando la actividad objetada proviene de una entidad pública, por ejemplo una capacitación obligatoria programada en el día de guarda. Ahí rigen las reglas del procedimiento administrativo general.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de objeción de conciencia por motivos religiosos
¿El modelo de solicitud de objeción de conciencia por motivos religiosos es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-objecion-de-conciencia-por-motivos-religiosos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de objeción de conciencia por motivos religiosos sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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