Solicitud de Pago de la Bonificación Personal por Tiempo de Servicios (D.Leg. 276)
Solicitud del servidor público de carrera para el pago de la bonificación personal equivalente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio de servicios, al amparo del Decreto Legislativo N° 276 y su reglamento.
Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE PAGO DE LA BONIFICACIÓN PERSONAL POR TIEMPO DE SERVICIOS SUMILLA: SOLICITO PAGO DE BONIFICACIÓN PERSONAL POR QUINQUENIOS SEÑOR(A) JEFE(A) DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DE [ENTIDAD] [NOMBRE], identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N° [DNI], con domicilio en [DIRECCION], servidor(a) público(a) de carrera del régimen del Decreto Legislativo N° 276, ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que la entidad reconozca y pague la BONIFICACIÓN PERSONAL por tiempo de servicios, equivalente al cinco por ciento (5%) de mi remuneración básica por cada quinquenio de servicios cumplido, así como los devengados e intereses legales generados desde su exigibilidad. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Ingresé a la administración pública el [FECHA] y a la fecha cuento con [NUMERO] años de servicios oficiales prestados al Estado, acreditados en mi legajo personal. 2. He cumplido [NUMERO_QUINQUENIOS] quinquenios completos de servicios, cada uno de cinco (5) años, sin que la entidad haya reconocido la bonificación personal correspondiente. 3. Pese a cumplir los requisitos, no percibo dicha bonificación en mis boletas de pago, existiendo un adeudo pendiente. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Artículo 51 del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que reconoce la bonificación personal. - Artículo 52 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que fija la bonificación personal en 5% de la remuneración básica por cada quinquenio, sin exceder de ocho quinquenios. - Principio de irrenunciabilidad de derechos, artículo 26 de la Constitución Política del Perú. - Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, sobre el deber de resolver de la administración. IV. LIQUIDACIÓN El beneficio se calcula aplicando el 5% de la remuneración básica por cada quinquenio acumulado, conforme al detalle y al récord de servicios que acompaño. POR TANTO: Solicito acceder a lo peticionado y disponer el pago de la bonificación y sus devengados dentro del plazo de ley. PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto resolución de nombramiento, récord de servicios y boletas de pago. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Señalo el correo [CORREO] para notificaciones. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE] DNI N° [DNI]
Cuando usar este modelo
Usa esta solicitud cuando eres servidor público de carrera del Decreto Legislativo N° 276 y la entidad no te reconoce la bonificación personal por tiempo de servicios, equivalente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio. El derecho está previsto en el artículo 51 del Decreto Legislativo N° 276 y en el artículo 52 de su Reglamento (Decreto Supremo N° 005-90-PCM).
Que datos necesitas
- Nombre completo, DNI y domicilio del servidor.
- Nombre de la entidad y cargo.
- Fecha de ingreso a la administración pública.
- Años de servicios y número de quinquenios cumplidos.
- Resolución de nombramiento y récord de servicios.
- Boletas de pago que evidencian la omisión del beneficio.
Paso a paso
- Determina tus años de servicios oficiales y cuántos quinquenios completos has cumplido.
- Calcula el 5% de tu remuneración básica por cada quinquenio acumulado.
- Reúne la resolución de nombramiento y el récord de servicios del legajo.
- Completa la solicitud pidiendo el pago del beneficio y los devengados.
- Preséntala por mesa de partes y conserva el cargo de recepción.
Errores comunes
- Calcular la bonificación sobre la remuneración total en lugar de la básica.
- Reclamar más de ocho quinquenios, que es el tope previsto por el reglamento.
- No adjuntar el récord de servicios que acredita el tiempo laborado.
- Omitir el pedido de devengados e intereses legales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la bonificación personal? Equivale al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio de servicios, sin exceder de ocho quinquenios según el reglamento del Decreto Legislativo N° 276.
¿Se puede reclamar años atrás? Sí, pueden solicitarse los devengados no pagados, sujetos a las reglas de prescripción y con los intereses legales que correspondan.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de pago de la bonificación personal por tiempo de servicios (d.leg. 276)
¿El modelo de solicitud de pago de la bonificación personal por tiempo de servicios (d.leg. 276) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-pago-de-la-bonificacion-personal-por-tiempo-de-servicios-d-leg-276/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de pago de la bonificación personal por tiempo de servicios (d.leg. 276) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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