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Extranjero

Solicitud de Reconocimiento de Doble Nacionalidad

Solicitud ante el Consulado del Perú para el reconocimiento y registro de la doble nacionalidad. Fundada en el Art. 52 y 53 de la Constitución y la Ley 32421, Nueva Ley de Nacionalidad.

Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DOBLE NACIONALIDAD

SEÑOR CÓNSUL GENERAL DEL PERÚ EN [CIUDAD_CONSULADO]
Presente.

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], nacido(a) el [FECHA_NACIMIENTO] en [LUGAR_NACIMIENTO], identificado(a) con DNI peruano N° [DNI_SOLICITANTE] y con documento de identidad de [PAIS_SEGUNDA_NACIONALIDAD] N° [DOC_EXTRANJERO], con domicilio en [DIRECCION_EXTRANJERO], ciudad de [CIUDAD_EXTRANJERO], ante usted respetuosamente expongo:

I. PETITORIO

Solicito el RECONOCIMIENTO Y REGISTRO de mi condición de peruano(a) con doble nacionalidad, al haber adquirido la nacionalidad de [PAIS_SEGUNDA_NACIONALIDAD] con fecha [FECHA_ADQUISICION], conservando mi nacionalidad peruana.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO: Soy peruano(a) por [MODALIDAD] (nacimiento en territorio peruano o por ser hijo de padre o madre peruano inscrito en el registro), conforme acredito con mi partida de nacimiento y DNI.

SEGUNDO: Con fecha [FECHA_ADQUISICION] adquirí la nacionalidad de [PAIS_SEGUNDA_NACIONALIDAD] por [CAUSA_ADQUISICION] (naturalización, matrimonio, residencia u otra), sin haber efectuado renuncia expresa a mi nacionalidad peruana.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El Art. 52 de la Constitución Política reconoce como peruanos por nacimiento a los nacidos en el territorio de la República y a los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos inscritos en el registro.

El Art. 53 de la Constitución establece que la nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana. En consecuencia, el Perú admite la doble y múltiple nacionalidad.

La Ley 32421, Nueva Ley de Nacionalidad, regula las modalidades de adquisición, conservación y recuperación de la nacionalidad peruana.

IV. ANEXOS

1. Copia de DNI peruano y partida de nacimiento.
2. Documento de identidad y certificado de nacionalidad de [PAIS_SEGUNDA_NACIONALIDAD], apostillado y con traducción oficial si corresponde.
3. Comprobante de pago de la tasa consular según el TUPA vigente.

POR LO EXPUESTO:
Solicito tener por reconocida mi doble nacionalidad y proceder a su registro.

[CIUDAD_EXTRANJERO], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

La solicitud de reconocimiento de doble nacionalidad es el pedido con el que una persona busca que el Estado peruano reconozca formalmente que mantiene la nacionalidad peruana a la vez que ostenta otra nacionalidad, o que un extranjero acceda a la nacionalidad peruana sin perder la suya. Sirve para que puedas portar y usar ambos pasaportes, votar, trabajar e identificarte como peruano sin que tu otra nacionalidad sea un obstáculo, ya que la nacionalidad peruana no se pierde salvo renuncia expresa.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el peruano que adquirió otra nacionalidad y quiere mantener la peruana, el hijo de peruano nacido en el extranjero que desea inscribir su nacionalidad, o el extranjero que pretende nacionalizarse conservando su país de origen. Conviene usarla cuando vives entre dos países, cuando heredaste la nacionalidad peruana por tus padres o cuando un trámite te exige acreditar tu condición de peruano sin renunciar a tu otra nacionalidad.

Base legal

La base la da el artículo 53 de la Constitución, que dispone que la nacionalidad peruana no se pierde salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana, lo que permite la doble nacionalidad. La materia se rige por la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, y por la nueva Ley 32421 publicada en 2025, que actualiza la adquisición, conservación, renuncia y recuperación de la nacionalidad. La identificación y el registro están a cargo del RENIEC; la nacionalidad por naturalización y la opinión migratoria corresponden al Ministerio del Interior y a la Superintendencia Nacional de Migraciones.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombres completos, fecha y lugar de nacimiento del solicitante.
  • Partida de nacimiento del solicitante y, si aplica, de su padre o madre peruano.
  • Documento de la otra nacionalidad: pasaporte o certificado correspondiente.
  • Sustento del vínculo con el Perú: filiación, residencia o matrimonio.
  • En naturalización, sustento de solvencia económica lícita conforme a la ley vigente.
  • Domicilio actual y datos de contacto del solicitante.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Identifica tu supuesto: conservación de la nacionalidad peruana, nacionalidad por filiación o naturalización con doble nacionalidad.
  2. Reúne las partidas y documentos que acreditan tu vínculo con el Perú.
  3. Presenta la solicitud ante el Consulado del Perú de tu jurisdicción, ante el RENIEC o ante el Ministerio del Interior, según el caso.
  4. Acredita, cuando corresponda, la solvencia económica que exige la Ley 32421 para la naturalización.
  5. Espera la opinión de Migraciones y la resolución de la autoridad competente.
  6. Tramita o actualiza tu DNI peruano en el RENIEC una vez reconocida tu nacionalidad.

Errores comunes a evitar

  • Creer que adquirir otra nacionalidad hace perder la peruana automáticamente: solo se pierde por renuncia expresa.
  • No acreditar la filiación peruana con la partida del padre o madre.
  • Confundir la conservación de la nacionalidad con la naturalización, que tienen requisitos distintos.
  • Ignorar el requisito de solvencia económica en los casos de naturalización con doble nacionalidad.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo la nacionalidad peruana si saco otra?

No. El artículo 53 de la Constitución establece que la nacionalidad peruana no se pierde salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana, de modo que puedes tener doble o incluso múltiple nacionalidad.

¿Mi hijo nacido en el extranjero puede ser peruano?

Sí. El hijo de padre o madre peruano nacido en el exterior puede acceder a la nacionalidad peruana inscribiéndola ante el consulado o el RENIEC, conforme a la Ley de Nacionalidad y la Ley 32421.

¿Qué cambió con la Ley 32421?

La Ley 32421, publicada en 2025, actualiza los procedimientos para adquirir, conservar, renunciar y recuperar la nacionalidad, y precisa requisitos como la solvencia económica lícita en ciertos casos de naturalización.

¿Dónde presento la solicitud si vivo fuera del Perú?

Ante el Consulado del Perú de tu jurisdicción, que canaliza el trámite hacia el RENIEC o el Ministerio del Interior según el supuesto de nacionalidad que invoques.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de reconocimiento de doble nacionalidad

¿El modelo de solicitud de reconocimiento de doble nacionalidad es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-reconocimiento-de-doble-nacionalidad/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de reconocimiento de doble nacionalidad sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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