Solicitud de Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback)
Solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios (Drawback) ante SUNAT, conforme al D.S. 104-95-EF y el Art. 82 del D.Leg. 1053. Plazo de 180 días hábiles desde el embarque.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS (DRAWBACK) SUMILLA: SOLICITA RESTITUCIÓN SIMPLIFICADA DE DERECHOS ARANCELARIOS SEÑOR INTENDENTE DE LA ADUANA DE [NOMBRE_ADUANA] - SUNAT [NOMBRE_EXPORTADOR], empresa productora-exportadora con RUC N° [NUMERO_RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], ante usted digo: I. PETITORIO Al amparo del Decreto Supremo 104-95-EF (Reglamento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios) y del Art. 82 del D.Leg. 1053, solicito la RESTITUCIÓN de derechos arancelarios respecto de la exportación detallada, por el monto de [MONTO_A_RESTITUIR]. II. DATOS DE LA EXPORTACIÓN DAM de exportación N°: [NUMERO_DAM_EXPORTACION] Fecha de término del embarque: [FECHA_EMBARQUE] Valor FOB exportado: [VALOR_FOB] Producto exportado y subpartida arancelaria: [PRODUCTO_Y_SPA] Insumo importado incorporado: [INSUMO_IMPORTADO] DAM de importación del insumo N°: [NUMERO_DAM_IMPORTACION] III. FUNDAMENTOS DE HECHO La empresa produce directamente el bien exportado, el cual incorpora insumos importados cuyo costo de importación pagó derechos arancelarios. [DETALLE_HECHOS] IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El D.S. 104-95-EF permite obtener la devolución de un porcentaje del valor FOB del bien exportado en razón de los derechos arancelarios que gravaron los insumos importados. 2. La solicitud se presenta dentro del plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles contados desde la fecha de término del embarque. 3. El monto solicitado supera US$ 500 y el costo de producción no excede el 50% del valor FOB exportado, conforme al reglamento. 4. La empresa es persona [NATURAL_O_JURIDICA] constituida en el Perú. POR TANTO: Solicito aprobar la restitución y abonar el monto en la cuenta [CUENTA_BANCARIA]. PRIMER OTROSÍ: Declaro bajo juramento la veracidad de la información y adjunto los anexos [LISTA_ANEXOS]. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE] Por: [NOMBRE_EXPORTADOR] RUC: [NUMERO_RUC]
Sobre este modelo de solicitud de restitución de derechos arancelarios (drawback)
Este modelo pertenece al área de Aduanero. Reclamaciones ante SUNAT-Aduanas: tercerías, devolución de tributos, recursos contra multas y resoluciones de determinación en operaciones de importación y exportación (D.Leg. 1053, LGA).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de restitución de derechos arancelarios (drawback)
¿Qué plazo tengo para reclamar a SUNAT-Aduanas?
20 días hábiles desde la notificación de la resolución de determinación, multa, comiso, o liquidación de cobranza (Art. 137 Código Tributario aplicable supletoriamente, concordado con la Ley General de Aduanas D.Leg. 1053). La apelación posterior va al Tribunal Fiscal en el mismo plazo de 15 días hábiles. Para tercerías de propiedad sobre mercancía incautada, la vía es administrativa o judicial según el estado del expediente.
¿Cómo solicito devolución de tributos pagados en exceso en una importación?
Mediante solicitud de devolución ante la Intendencia de Aduanas que tramitó la DAM, dentro de 4 años desde el pago indebido (Art. 43 Código Tributario). Se acompaña liquidación rectificada, copia de la DAM, comprobantes de pago, factura comercial y documentos que sustenten el error. Aprobado el pedido, SUNAT devuelve con intereses calculados a la TIM vigente.
¿El modelo de solicitud de restitución de derechos arancelarios (drawback) es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de solicitud de restitución de derechos arancelarios (drawback) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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