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Bancario

Solicitud de Retiro de CTS Disponible por Excedente de Cuatro Remuneraciones

Modelo de carta al banco depositario para retirar el excedente de libre disponibilidad de tu cuenta CTS (lo que supera cuatro remuneraciones brutas), conforme a la Ley N.° 30334 y el Decreto Supremo N.° 001-97-TR.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE RETIRO DE CTS DISPONIBLE POR EXCEDENTE DE CUATRO REMUNERACIONES

Señores
[NOMBRE_ENTIDAD_DEPOSITARIA]
Área de Operaciones / Plataforma de Servicios
Presente.-

Asunto: Retiro del excedente de libre disponibilidad de mi cuenta CTS
Trabajador(a): [NOMBRE_TRABAJADOR], DNI N.° [DNI]
Cuenta CTS N.°: [NUMERO_CUENTA_CTS]
Empleador: [NOMBRE_EMPLEADOR]

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_TRABAJADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DIRECCION], titular de la cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de la referencia, SOLICITO el retiro del monto de libre disponibilidad que excede las cuatro (4) remuneraciones brutas depositadas.

DATOS PARA EL CÁLCULO
1. Remuneración bruta mensual actual: S/ [REMUNERACION].
2. Cuatro remuneraciones brutas (monto intangible): S/ [CUATRO_REMUNERACIONES].
3. Saldo total en la cuenta CTS: S/ [SALDO_CTS].
4. Monto de libre disponibilidad solicitado (excedente): S/ [MONTO_A_RETIRAR].

FUNDAMENTOS
- La Ley N.° 30334 dispone que los trabajadores pueden disponer libremente del cien por ciento (100%) del excedente de cuatro remuneraciones brutas de su cuenta CTS.
- El Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-97-TR, regula el carácter intangible de las cuatro remuneraciones y la libre disposición del saldo restante.
- La entidad depositaria está obligada a atender la solicitud del titular respecto de los fondos de libre disponibilidad.

Solicito que se abone el excedente a mi cuenta N.° [NUMERO_CUENTA_ABONO] o se me entregue en efectivo o cheque, en un plazo máximo de [PLAZO] días hábiles. Declaro conocer que las cuatro remuneraciones brutas permanecen intangibles hasta el cese del vínculo laboral.

Asimismo, declaro bajo juramento que los datos consignados son verídicos y que el excedente solicitado corresponde estrictamente a la parte de libre disposición de mi cuenta CTS. En caso de que su entidad advierta una diferencia en el cálculo, solicito que me la comunique por escrito antes de ejecutar el retiro, a fin de ajustar el monto conforme a la Ley N.° 30334.

[CIUDAD], [FECHA]

____________________________
[NOMBRE_TRABAJADOR]
DNI N.° [DNI]
Correo: [CORREO] / Teléfono: [TELEFONO]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta carta cuando tienes un empleo formal, tu CTS acumuló más de cuatro sueldos brutos y quieres retirar el excedente disponible para pagar deudas, hacer una compra o cubrir una emergencia. La Ley N.° 30334 permite disponer libremente del 100% de lo que exceda cuatro remuneraciones brutas de tu cuenta CTS; las cuatro remuneraciones quedan intangibles hasta que termine tu vínculo laboral, según el Texto Único Ordenado de la Ley de CTS (Decreto Supremo N.° 001-97-TR).

Qué datos necesitas

  • Tu DNI, nombre y número de cuenta CTS.
  • El nombre de tu empleador.
  • Tu remuneración bruta mensual, para calcular las cuatro remuneraciones intangibles.
  • El saldo total de la cuenta y el monto excedente que deseas retirar.

Paso a paso

  1. Calcula cuatro veces tu remuneración bruta: ese es el monto que no puedes tocar.
  2. Resta ese monto del saldo total de tu CTS: la diferencia es el excedente disponible.
  3. Completa la carta con las cifras y presenta la solicitud en tu banco depositario.
  4. Indica si quieres el abono a otra cuenta o el pago en efectivo o cheque.
  5. Verifica que solo se retire el excedente y que las cuatro remuneraciones queden intactas.

Errores comunes

  • Calcular sobre la remuneración neta en lugar de la bruta, lo que da un excedente equivocado.
  • Intentar retirar más de lo permitido y afectar el monto intangible.
  • Olvidar que, al cesar, recién se libera el 100% de la CTS.
  • No confirmar la remuneración vigente cuando hubo un aumento reciente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo retirar? El 100% de lo que exceda cuatro remuneraciones brutas depositadas en tu cuenta CTS, conforme a la Ley N.° 30334.

¿Necesito permiso de mi empleador? No. El trámite lo haces directamente con el banco depositario; el empleador solo deposita la CTS.

¿Y si aún no tengo cuatro sueldos acumulados? En ese caso no hay excedente disponible y no procede el retiro hasta que superes ese monto o ceses en el empleo.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de retiro de cts disponible por excedente de cuatro remuneraciones

¿El modelo de solicitud de retiro de cts disponible por excedente de cuatro remuneraciones es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-retiro-de-cts-disponible-por-excedente-de-cuatro-remuneraciones/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de retiro de cts disponible por excedente de cuatro remuneraciones sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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