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Entidades Religiosas

Acta de Asamblea que Autoriza la Compra de Inmueble para Templo

Acta de asamblea general que aprueba la compra de un inmueble destinado a templo, fija precio máximo y origen de fondos, y faculta al representante a firmar minuta y escritura pública.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL QUE AUTORIZA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLE PARA TEMPLO

En el local de [DENOMINACIÓN_DE_LA_ENTIDAD], ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_LOCAL_ACTUAL], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO], siendo las [HORA] horas del [FECHA], se reunió la Asamblea General de la entidad, convocada conforme al estatuto y al artículo 85 del Código Civil mediante [MEDIO_DE_CONVOCATORIA], con agenda expresa de adquisición de inmueble institucional.

QUÓRUM: Asistieron [NÚMERO_DE_ASISTENTES] miembros hábiles de los [TOTAL_DE_MIEMBROS_HÁBILES] registrados en el libro padrón, verificándose el quórum estatutario. Presidió la sesión [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE] y actuó como Secretario [NOMBRE_DEL_SECRETARIO].

ORDEN DEL DÍA:
1. Aprobación de la compra de inmueble para el funcionamiento del templo.
2. Determinación del precio máximo y del origen de los fondos.
3. Otorgamiento de facultades para la suscripción de la minuta y escritura pública.

DELIBERACIÓN: El Presidente informó que, tras la búsqueda encargada por el Consejo Directivo, se ha identificado el inmueble ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_INMUEBLE_A_COMPRAR], distrito de [DISTRITO_DEL_INMUEBLE], inscrito en la partida electrónica N.° [PARTIDA_REGISTRAL_DEL_INMUEBLE] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL], de propiedad de [NOMBRE_DEL_VENDEDOR], con un área de [ÁREA] metros cuadrados y un precio ofertado de S/ [PRECIO_OFERTADO]. Presentó el estudio de títulos practicado, el certificado registral inmobiliario y el estado de la partida, sin cargas ni gravámenes distintos de [CARGAS_EXISTENTES: ninguna u otra que se indique].

ACUERDOS:

PRIMERO: APROBAR la adquisición del inmueble descrito, hasta por un precio máximo de S/ [PRECIO_MÁXIMO_AUTORIZADO], pagadero en la forma siguiente: [FORMA_DE_PAGO: contado contra firma de escritura pública, armadas u otra]. El acuerdo se adoptó con [NÚMERO_DE_VOTOS_A_FAVOR] votos a favor, [NÚMERO_DE_VOTOS_EN_CONTRA] en contra y [NÚMERO_DE_ABSTENCIONES] abstenciones.

SEGUNDO: DEJAR CONSTANCIA de que los fondos provienen de [ORIGEN_DE_LOS_FONDOS: ahorros institucionales, campaña pro templo, donaciones de los fieles], depositados en la cuenta N.° [NÚMERO_DE_CUENTA] del banco [NOMBRE_DEL_BANCO] de titularidad de la entidad, y que el inmueble se destinará exclusivamente a los fines religiosos previstos en el estatuto.

TERCERO: FACULTAR a [NOMBRE_DEL_FACULTADO], con DNI N.° [DNI_DEL_FACULTADO], en su calidad de [CARGO_DEL_FACULTADO], para que a nombre de la entidad negocie los términos definitivos, suscriba la minuta y la escritura pública de compraventa y toda documentación complementaria, pague el precio, reciba la posesión del bien y gestione la inscripción del dominio ante la SUNARP, así como la declaración jurada del impuesto predial ante la municipalidad competente y la liquidación del impuesto de alcabala conforme al TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N.° 156-2004-EF.

CUARTO: ENCARGAR al Consejo Directivo la rendición documentada de la operación ante la próxima asamblea ordinaria.

Se levantó la sesión a las [HORA_DE_CIERRE] horas, previa lectura y aprobación del acta.

[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], Presidente ( DNI [DNI_DEL_PRESIDENTE]
[NOMBRE_DEL_SECRETARIO], Secretario ) DNI [DNI_DEL_SECRETARIO]
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Cuándo usar este modelo

Levanta esta acta cuando la congregación decide comprar un terreno o edificación para su templo, sea con ahorros propios, con una campaña pro templo o con financiamiento. Aunque la adquisición de bienes suele exigir menos formalidades que su venta, en la práctica notarios, registradores y bancos piden el acuerdo de asamblea que respalde la operación y las facultades de quien firmará la minuta y la escritura pública, sobre todo cuando el precio es significativo o hay crédito de por medio. El acta también cumple una función interna esencial: transparenta ante los fieles el precio, el origen de los fondos y el destino del bien, previniendo los cuestionamientos que suelen acompañar a las operaciones inmobiliarias de las iglesias.

Marco legal en el Perú

La asamblea general decide conforme a los artículos 84 y siguientes del Código Civil y al estatuto, que puede exigir mayorías especiales para inversiones mayores. La compraventa se formaliza por minuta y escritura pública e inscripción en el Registro de Predios para asegurar la oponibilidad del dominio adquirido. En el plano tributario, la transferencia genera el impuesto de alcabala a cargo del comprador conforme al TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, con la deducción legal aplicable, y obliga a presentar la declaración jurada del impuesto predial ante la municipalidad del predio. Si el inmueble se destinará a templo, la entidad podrá evaluar después los beneficios tributarios que dicho uso permite conforme a la normativa municipal.

Cómo completar la plantilla

Encarga antes de la asamblea un estudio de títulos del inmueble: partida registral, cargas, gravámenes y deudas tributarias; la asamblea debe decidir con información completa.

  • Identifica el inmueble con su partida registral, área, dirección y propietario vendedor.
  • Fija un precio máximo autorizado y la forma de pago que el facultado no podrá exceder.
  • Documenta el origen de los fondos y la cuenta bancaria institucional de la que saldrán.
  • Otorga facultades completas: minuta, escritura, pago del precio, posesión e inscripción registral.
  • Dispón la rendición de cuentas documentada ante la próxima asamblea ordinaria.

Preguntas frecuentes

¿A nombre de quién debe comprarse el inmueble del templo?

Siempre a nombre de la persona jurídica, nunca del pastor ni de dirigentes individuales. Los inmuebles comprados con ofrendas pero inscritos a nombre de personas naturales son la fuente clásica de litigios eclesiásticos: al fallecer el titular, el bien entra a su sucesión y la congregación queda desprotegida. Con la entidad inscrita y su representante facultado por esta acta, el dominio se inscribe directamente a favor de la iglesia.

¿La compra del templo paga alcabala?

La alcabala grava las transferencias de inmuebles urbanos y rústicos a cargo del comprador, con la deducción que la ley establece sobre la base imponible, conforme al TUO de la Ley de Tributación Municipal. La liquidación se efectúa ante la municipalidad o el servicio de administración tributaria competente antes de la inscripción registral. El acta faculta expresamente al representante a gestionar esa liquidación para que la escritura no quede varada por un requisito tributario.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de asamblea que autoriza la compra de inmueble para templo

¿El modelo de acta de asamblea que autoriza la compra de inmueble para templo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-asamblea-que-autoriza-la-compra-de-inmueble-para-templo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de asamblea que autoriza la compra de inmueble para templo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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