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Entidades Religiosas

Contrato de Comodato de Local para Templo o Casa de Oración

Contrato de préstamo de uso gratuito de un inmueble para destinarlo a templo o casa de oración, con reglas de aforo, horarios de culto, servicios, mejoras y devolución del bien.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE COMODATO DE LOCAL PARA TEMPLO O CASA DE ORACIÓN

Conste por el presente documento el contrato de comodato que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_COMODANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_COMODANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_COMODANTE], propietario(a) del inmueble materia del contrato, a quien se denominará EL COMODANTE; y, de la otra parte, [DENOMINACIÓN_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA], asociación religiosa inscrita en la partida electrónica N.° [PARTIDA_SUNARP] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_REGISTRAL], con RUC N.° [RUC], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], según poderes inscritos, a quien se denominará LA COMODATARIA; conforme a las cláusulas siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES. EL COMODANTE es propietario del inmueble ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_INMUEBLE], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO], inscrito en la partida electrónica N.° [PARTIDA_DEL_INMUEBLE] del Registro de Predios, con un área de [ÁREA] metros cuadrados.

SEGUNDA: OBJETO. Por el presente contrato, EL COMODANTE cede en uso GRATUITO a LA COMODATARIA el inmueble descrito, conforme a los artículos 1728 y siguientes del Código Civil, para que lo destine única y exclusivamente al funcionamiento de un templo o casa de oración: celebración de cultos, ceremonias religiosas, enseñanza bíblica y reuniones congregacionales. Queda prohibido todo uso distinto, así como ceder el uso a terceros, total o parcialmente, bajo sanción de resolución.

TERCERA: PLAZO. El comodato rige desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta el [FECHA_DE_TÉRMINO]. Vencido el plazo, LA COMODATARIA devolverá el inmueble sin necesidad de requerimiento previo, pudiendo las partes renovar por escrito.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LA COMODATARIA. LA COMODATARIA se obliga a: a) conservar el inmueble con la diligencia ordinaria y devolverlo en el estado en que lo recibe, salvo el desgaste por su uso ordinario; b) asumir el pago de los servicios de agua, energía eléctrica y demás suministros desde la entrega; c) respetar un aforo máximo de [AFORO_MÁXIMO] personas y las normas municipales sobre seguridad en edificaciones y ruidos; d) realizar sus actividades en los horarios de [HORARIO_DE_ACTIVIDADES]; e) no efectuar modificaciones estructurales sin autorización escrita de EL COMODANTE.

QUINTA: MEJORAS. Las mejoras necesarias y urgentes se rigen por el Código Civil. Toda otra mejora requiere autorización previa y escrita de EL COMODANTE, quedando en beneficio del inmueble sin obligación de reembolso, salvo pacto distinto que conste por escrito.

SEXTA: GASTOS ORDINARIOS. Conforme al Código Civil, los gastos ordinarios indispensables para el uso y conservación del bien corresponden a LA COMODATARIA. El impuesto predial permanece a cargo de EL COMODANTE en su condición de propietario.

SÉTIMA: DEVOLUCIÓN ANTICIPADA. EL COMODANTE podrá solicitar la devolución antes del plazo si sobreviene una necesidad urgente e imprevista de usar el bien, conforme al Código Civil, o si LA COMODATARIA incumple el destino pactado.

OCTAVA: ENTREGA. El inmueble se entrega en la fecha de suscripción, dejándose constancia de su estado en el acta e inventario anexos, que forman parte del contrato.

NOVENA: DOMICILIOS. Las partes fijan como domicilios los señalados en la introducción, donde se tendrán por válidas las comunicaciones cursadas por escrito.

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA_DE_FIRMA], en dos ejemplares de igual tenor.

EL COMODANTE: [NOMBRE_DEL_COMODANTE] ( DNI [DNI_DEL_COMODANTE]
LA COMODATARIA: [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE] ) DNI [DNI_DEL_REPRESENTANTE]
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Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando un propietario, sea un fiel de la congregación o un tercero, cede gratuitamente un inmueble para que funcione como templo, casa de oración o local de reuniones religiosas. Es la figura más frecuente en iglesias que empiezan: alguien presta su casa, cochera o local mientras la obra crece. Firmarlo por escrito protege a ambas partes: el propietario conserva la prueba de que no cobra renta, de que no transfirió posesión definitiva y de que puede recuperar el bien; la iglesia asegura la estabilidad del punto de reunión, define quién paga los servicios y evita que un cambio de ánimo la deje en la calle de un día para otro.

Marco legal en el Perú

El comodato está regulado en los artículos 1728 y siguientes del Código Civil: es el contrato por el cual el comodante entrega gratuitamente un bien no consumible para que el comodatario lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva. La gratuidad es esencial: si se pacta una retribución periódica, el contrato deviene arrendamiento con otro régimen legal y tributario. El Código permite al comodante pedir la devolución anticipada si sobreviene una necesidad urgente e imprevista, regla que el modelo recoge. Como el local se destina a culto, aplican además las normas municipales sobre seguridad en edificaciones y ruidos, y la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, ampara la actividad congregacional que se desarrolla en el bien.

Cómo completar la plantilla

Identifica bien a las partes: quien firma por la iglesia debe ser el representante con poderes inscritos, y quien cede debe acreditar propiedad o legitimidad sobre el bien.

  • Consigna la partida registral del inmueble y su área para identificarlo sin ambigüedad.
  • Fija plazo con fechas exactas de inicio y término, y prevé la renovación por escrito.
  • Define aforo máximo y horarios de actividades para prevenir conflictos vecinales.
  • Acuerda por escrito el tratamiento de mejoras antes de invertir en acondicionar el local.
  • Levanta un acta de entrega con inventario y fotografías del estado del inmueble.

Preguntas frecuentes

¿El comodato de un local para templo paga algún impuesto?

El comodante no percibe renta, por lo que no genera renta de primera categoría por este contrato; el impuesto predial y los arbitrios siguen a su cargo como propietario, sin perjuicio de lo que las partes acuerden internamente sobre arbitrios. Conviene conservar el contrato con firmas legalizadas ante notario: es la prueba de la gratuidad frente a cualquier fiscalización y da fecha cierta al acuerdo.

¿Qué pasa si el propietario fallece durante el comodato?

Las obligaciones contractuales se transmiten a los herederos conforme a las reglas generales, pero el Código Civil permite en el comodato solicitar la devolución en supuestos especiales, y en la práctica los herederos suelen renegociar. Por eso el modelo fija plazo determinado y documenta la entrega: si los herederos piden el bien, la iglesia tiene certeza de sus derechos durante el plazo pactado y del procedimiento de devolución ordenada.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de comodato de local para templo o casa de oración

¿El modelo de contrato de comodato de local para templo o casa de oración es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-comodato-de-local-para-templo-o-casa-de-oracion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de comodato de local para templo o casa de oración sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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