Acta de Cambio de Denominación Social
Acta de junta general que modifica la denominación de la sociedad, previa reserva de nombre en SUNARP, conforme a los Arts. 9, 126 y 198 de la Ley 26887.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
ACTA DE JUNTA GENERAL DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL En [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del [DIA] de [MES] de [ANIO], se reunió la Junta General de Accionistas de [DENOMINACION_ACTUAL], con RUC [RUC_SOCIEDAD], inscrita en la Partida [PARTIDA_REGISTRAL] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL]. QUÓRUM Presentes accionistas que representan el [PORCENTAJE_QUORUM] por ciento del capital con derecho a voto, se cumple el quórum calificado del Artículo 126 de la Ley General de Sociedades 26887. EXPOSICIÓN El Presidente informa que se ha obtenido la reserva de preferencia registral de la nueva denominación ante SUNARP con número [NUMERO_RESERVA], verificándose que el nombre no es igual ni semejante al de otra sociedad preexistente, conforme exige el Artículo 9 de la Ley 26887. ACUERDOS PRIMERO. De conformidad con los Artículos 9, 126 y 198 de la Ley 26887, se acuerda cambiar la denominación social de [DENOMINACION_ACTUAL] a [DENOMINACION_NUEVA]. SEGUNDO. En consecuencia, se modifica el artículo [NUMERO_ARTICULO] del estatuto, que en adelante dira: La sociedad se denomina [DENOMINACION_NUEVA], pudiendo utilizar la abreviatura [ABREVIATURA]. TERCERO. Se deja constancia que el cambio de denominación no altera la personalidad jurídica de la sociedad, que continua con el mismo RUC, patrimonio, derechos y obligaciones. CUARTO. Se faculta a [NOMBRE_APODERADO], con DNI [DNI_APODERADO], a elevar a escritura pública el acuerdo, inscribirlo en SUNARP y comunicar el cambio a SUNAT y demás entidades. No habiendo más asuntos, se cierra la sesión a las [HORA_CIERRE] horas. _______________________________ [NOMBRE_PRESIDENTE] Presidente _______________________________ [NOMBRE_SECRETARIO] Secretario
El acta de cambio de denominación social es el documento donde la junta general acuerda modificar el nombre con el que la sociedad se identifica en el tráfico jurídico y comercial. La denominación es parte del estatuto, por lo que cambiarla es una modificación estatutaria que se inscribe en Registros Públicos. El cambio de nombre no altera la identidad de la empresa: sigue siendo la misma persona jurídica, con el mismo RUC y los mismos derechos y obligaciones.
Cuándo usarla
La usas cuando la empresa rebranding o quiere un nombre más comercial, cuando el nombre actual genera confusión con otra empresa, cuando cambió de giro y el nombre ya no lo refleja, o cuando un socio o franquicia exige una denominación distinta. También tras una compra de la empresa, cuando los nuevos dueños desean un nombre propio.
Base legal peruana
- Artículo 9 de la Ley 26887, Ley General de Sociedades: la sociedad tiene una denominación o una razón social, según el tipo; no se puede adoptar una igual o semejante a la de otra sociedad preexistente, salvo autorización.
- Artículo 9 de la Ley 26887: permite solicitar a Registros Públicos la reserva de preferencia registral de la denominación antes de inscribir el cambio.
- Artículo 198 de la Ley 26887: el cambio de denominación es una modificación de estatuto que aprueba la junta general.
- Artículos 126 y 127 de la Ley 26887: establecen el quórum calificado y la mayoría reforzada para modificar el estatuto.
Cómo rellenarla bien
Antes de la junta, verifica en SUNARP que la nueva denominación esté disponible y, de preferencia, tramita la reserva de preferencia registral para asegurarla. En el acta deja constancia del quórum calificado, aprueba con la mayoría reforzada y consigna el texto anterior y el nuevo del artículo del estatuto sobre la denominación. Firma el acta y eleva a escritura pública para inscribir el cambio. Luego actualiza el nombre ante SUNAT, bancos, contratos y facturación.
Errores comunes
- No verificar disponibilidad ni reservar el nombre. Si la denominación es igual o semejante a otra inscrita, SUNARP observa o rechaza el cambio.
- Pensar que cambia la identidad de la empresa. Es la misma persona jurídica: el RUC, las deudas, los contratos y las garantías continúan.
- Olvidar actualizar el nombre en SUNAT, bancos y contratos, lo que genera inconsistencias en facturas y observaciones tributarias.
Preguntas frecuentes
¿Cambia mi RUC al cambiar la denominación? No. El RUC se mantiene; solo actualizas el nombre asociado a ese RUC en SUNAT después de inscribir el cambio.
¿Qué pasa con los contratos firmados con el nombre antiguo? Siguen siendo válidos. Es la misma sociedad; conviene comunicar el cambio a las contrapartes y referenciar el nombre anterior cuando sea útil.
¿Puedo usar cualquier nombre? No si es igual o semejante a otra denominación ya inscrita, ni si infringe una marca registrada. Verifica antes en SUNARP e idealmente revisa también INDECOPI.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de cambio de denominación social
¿El modelo de acta de cambio de denominación social es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-cambio-de-denominacion-social/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de cambio de denominación social sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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