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Societario

Acta de Junta General de Delegación al Directorio de la Facultad de Aumentar el Capital

Acta de junta general de accionistas que delega en el directorio la facultad de acordar uno o varios aumentos de capital (capital autorizado) hasta un monto y por un plazo máximo de cinco años, al amparo del Art. 206 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887).

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE DELEGACIÓN AL DIRECTORIO DE LA FACULTAD DE AUMENTAR EL CAPITAL

En la ciudad de [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del día [FECHA], se reunieron en el domicilio social sito en [DIRECCIÓN_SOCIAL], los accionistas de la sociedad [DENOMINACIÓN_SOCIAL], con R.U.C. N.° [NÚMERO_RUC], inscrita en la Partida Electrónica N.° [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_REGISTRAL], en JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS de carácter [UNIVERSAL_O_CONVOCADA].

I. QUÓRUM Y ASISTENCIA
Preside la reunión don(ña) [NOMBRE_PRESIDENTE] y actúa como secretario(a) don(ña) [NOMBRE_SECRETARIO]. Se deja constancia de que se encuentran presentes y/o representados accionistas titulares de [NÚMERO_ACCIONES] acciones, equivalentes al [PORCENTAJE_QUÓRUM]% del capital social suscrito con derecho a voto, quórum que supera el exigido por el estatuto y por el Art. 126 de la Ley General de Sociedades para la modificación estatutaria, por lo que la junta queda válidamente instalada.

II. AGENDA
1. Delegación al directorio de la facultad de acordar uno o varios aumentos de capital.
2. Fijación del monto máximo, plazo y condiciones de la delegación.
3. Autorización para la formalización e inscripción registral.

III. DELIBERACIÓN Y ACUERDOS
Primero.- De conformidad con el Art. 206, inciso 2, de la Ley General de Sociedades, la junta general, con las mismas formalidades exigidas para el aumento de capital, ACUERDA delegar en el directorio la facultad de acordar uno o varios aumentos del capital social mediante nuevos aportes dinerarios o la capitalización de créditos contra la sociedad.

Segundo.- El monto máximo de la delegación asciende a S/ [MONTO_MÁXIMO], suma que no excede el capital social suscrito al momento de esta delegación, ascendente a S/ [CAPITAL_SUSCRITO], conforme al límite del Art. 206 de la citada ley.

Tercero.- La facultad delegada podrá ejercerse por el directorio en una o varias oportunidades dentro del plazo máximo de CINCO (5) AÑOS contados desde la fecha de la presente junta. El directorio queda facultado para determinar las oportunidades, montos, condiciones y el procedimiento de cada aumento, así como para respetar el derecho de suscripción preferente de los accionistas conforme al Art. 207 de la ley.

Cuarto.- Se faculta al gerente general y/o a la persona que el directorio designe para suscribir la minuta y la escritura pública que requiera cada aumento, y para realizar su inscripción en la partida registral de la sociedad.

No habiendo otro asunto que tratar, se levantó la sesión siendo las [HORA_CIERRE] horas, firmando los asistentes en señal de conformidad.

_________________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente

_________________________
[NOMBRE_SECRETARIO]
Secretario

Cuándo usar este modelo

Usa esta acta cuando la junta general de una sociedad anónima quiera dotar al directorio de la facultad de acordar aumentos de capital sin necesidad de reunir a los accionistas en cada oportunidad. Es la figura del capital autorizado del Art. 206 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887), útil para sociedades que planean rondas de financiamiento o capitalización de créditos de forma ágil dentro de un plazo máximo de cinco años.

Qué datos necesitas

  • Denominación, RUC y partida registral de la sociedad.
  • Fecha, hora y lugar de la junta, con el porcentaje de quórum reunido.
  • Monto máximo de la delegación, que no puede superar el capital suscrito al momento del acuerdo.
  • Plazo del encargo (hasta cinco años) y modalidades autorizadas: nuevos aportes o capitalización de créditos.
  • Nombre del gerente o apoderado facultado para formalizar cada aumento.

Paso a paso

  1. Convoca la junta con las mismas formalidades del aumento de capital y verifica el quórum calificado del Art. 126 de la ley.
  2. Aprueba la delegación al directorio precisando el monto máximo, el plazo y las condiciones.
  3. Deja constancia expresa del respeto al derecho de suscripción preferente de los accionistas (Art. 207).
  4. Faculta al gerente para suscribir la minuta y la escritura de cada aumento.
  5. Inscribe el acuerdo de delegación en la partida registral de la sociedad.

Errores comunes

  • Fijar un monto de delegación mayor al capital suscrito, lo que excede el límite del Art. 206.
  • Omitir el plazo o pactar uno superior a cinco años.
  • No reunir el quórum calificado que exige toda modificación estatutaria.
  • Olvidar preservar el derecho de suscripción preferente en los aumentos que el directorio ejecute.

Preguntas frecuentes

¿La delegación reemplaza al acuerdo de aumento? No. La junta delega la facultad; el aumento efectivo lo acuerda luego el directorio dentro de los límites fijados.

¿Puede el directorio superar el monto máximo? No. Cualquier aumento que exceda el tope o el plazo requiere un nuevo acuerdo de la junta general.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de junta general de delegación al directorio de la facultad de aumentar el capital

¿El modelo de acta de junta general de delegación al directorio de la facultad de aumentar el capital es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-junta-general-de-delegacion-al-directorio-de-la-facultad-de-aumentar-el-capital/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de junta general de delegación al directorio de la facultad de aumentar el capital sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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