Cómo dejar tu mascota protegida en tu herencia o testamento en Perú
Publicado el 2026-06-20 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Mascota | Bien jurídico, no heredero |
| Vía | Legado con cargo (Art. 768 CC) |
| Testamento | Escritura pública (Art. 696 CC) |
| Alternativa | Fideicomiso |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |

¿Puede mi mascota heredar en Perú?
No directamente. Para el Código Civil peruano, los animales son bienes, no personas, y solo las personas pueden ser herederas o legatarias. Por eso no puedes dejarle dinero a tu perro o gato como si fuera un hijo. Las noticias sobre mascotas millonarias en el extranjero responden a figuras legales distintas, no al simple acto de nombrar heredero al animal.
La buena noticia: aunque tu mascota no puede heredar, tú sí puedes asegurar que esté bien cuidada y financiada después de que faltes. Solo hay que usar la herramienta correcta, que es dejar dinero a una persona con la obligación de cuidarla.
La solución: el legado con cargo
La vía más usada es el legado con cargo. Funciona así: en tu testamento dejas una suma de dinero o un bien a una persona de confianza (el cuidador) e impones como cargo o modo la obligación de cuidar a tu mascota. El cargo es una obligación accesoria que el legatario debe cumplir para conservar lo recibido (Arts. 768 y siguientes del Código Civil).
Si el cuidador no cumple el cargo (abandona o maltrata al animal), los demás interesados pueden exigir judicialmente su cumplimiento, e incluso la revocación del legado, mediante una demanda de cumplimiento de cargo en donación o legado. Esto le da fuerza real a tu voluntad.
Cómo hacer el testamento correctamente
Para que tu disposición sea sólida:
- Otorga un testamento por escritura pública ante notario (Art. 696 del Código Civil). Es la forma más segura y difícil de impugnar.
- Identifica a tu mascota y al cuidador designado, y nombra a un sustituto por si el primero no puede o no quiere asumir.
- Fija el legado (monto o bien) y describe con claridad el cargo: alimentación, atención veterinaria, condiciones de vida.
- Respeta la legítima de tus herederos forzosos: solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición si tienes hijos, o de la mitad si solo tienes padres.
Puedes apoyarte en un testamento por escritura pública como base y adaptarlo con tu notario.
Legado, fideicomiso o donación: cuál te conviene
Según tu patrimonio y tu situación, hay tres caminos principales. Este cuadro los compara para que elijas:
| Figura | Cómo funciona | Cuándo conviene |
|---|---|---|
| Legado con cargo | Dinero a un cuidador con obligación de cuidar | La opción más simple y accesible para la mayoría |
| Fideicomiso | Patrimonio a una entidad fiduciaria con instrucciones | Patrimonios grandes que buscan control y duración |
| Donación con cargo | Transfieres un bien en vida con la obligación | Si quieres asegurar el cuidado desde ahora |
Para el fideicomiso puedes revisar un contrato de fideicomiso, y para la donación en vida un contrato de donación con cargo. Para la mayoría de personas, el legado con cargo en un testamento es suficiente.
Otras figuras: acuerdos en vida y respaldo práctico
Además del testamento, conviene dejar todo previsto en vida:
- Acuerdo en vida con el cuidador: dejar por escrito, e idealmente con firmas legalizadas, el compromiso de una persona de cuidar a tu mascota, complementando el testamento.
- Instrucciones prácticas: veterinario habitual, dieta, costumbres y rutinas del animal.
- Sustituto designado: siempre nombra a una segunda persona por si la primera no puede asumir.
Estos acuerdos no reemplazan al testamento, pero lo refuerzan y evitan discusiones entre familiares sobre quién debe hacerse cargo.
Elige bien al cuidador y deja todo previsto
La mejor cláusula no sirve si el cuidador no es el adecuado. Antes de designarlo:
- Conversa con la persona y confirma que realmente quiere y puede asumir a tu mascota.
- Nombra siempre un sustituto.
- Deja instrucciones prácticas: veterinario, dieta, costumbres, rutinas.
Mientras tanto, mantén a tu mascota identificada y con una red de apoyo. En paseadores.pe, el marketplace peruano de paseadores de perros verificados, tu futuro cuidador puede encontrar paseadores y servicios de confianza para sostener la rutina de tu mascota en Lima, y su sección de animales perdidos es un respaldo si alguna vez se extravía. Pensar hoy en quién y cómo cuidará a tu compañero es el acto de cariño más práctico que puedes dejar firmado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejarle dinero directamente a mi perro en el testamento?
No. En Perú la mascota es un bien y solo las personas pueden heredar o recibir legados. Debes dejar el dinero a una persona con el cargo de cuidar a tu animal.
¿Qué es un legado con cargo para mi mascota?
Es dejar dinero o un bien a un cuidador de confianza imponiéndole la obligación de cuidar a tu mascota. Si no cumple el cargo, se puede exigir judicialmente o revocar el legado (Arts. 768 y ss. del Código Civil).
¿Qué tipo de testamento conviene?
El testamento por escritura pública ante notario (Art. 696 del Código Civil) es el más seguro y difícil de impugnar, ideal para asegurar el cuidado de tu mascota.
¿Qué pasa si el cuidador no cumple con cuidar a mi mascota?
Los interesados pueden presentar una demanda de cumplimiento de cargo y, según el caso, pedir la revocación del legado, de modo que el cuidador pierda lo recibido si abandona o maltrata al animal.
¿Puedo usar un fideicomiso para mi mascota?
Sí. Puedes destinar un patrimonio a una entidad fiduciaria con la instrucción de financiar el cuidado de tu mascota. Es más costoso y complejo que un legado, pero da mayor control.
¿Tengo que respetar la legítima de mis herederos?
Sí. Solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición si tienes hijos, o de la mitad si solo tienes padres. El legado para tu mascota debe salir de esa porción de libre disposición.
¿Qué pasa con mi mascota si muero sin dejar nada previsto?
Al ser un bien, tu mascota pasa a formar parte de la masa hereditaria y se reparte junto con lo demás entre tus herederos, sin garantía de que alguien la cuide. Por eso conviene designar expresamente un cuidador con un legado con cargo en tu testamento.
¿Puedo dejar mi casa a quien cuide a mi mascota?
Sí, siempre que respetes la legítima de tus herederos forzosos. Puedes legar un bien (incluida una parte disponible de tu patrimonio) a la persona que cuide a tu mascota, imponiéndole el cargo de hacerlo, dentro del tercio o la mitad de libre disposición según tu caso.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Testamento por Escritura Pública
Testamento otorgado ante Notario Público con dos testigos. Arts. 696-703 del Código Civil. Forma más segura y difícil de impugnar.
CivilDemanda de Cumplimiento de Cargo en Donación o Legado (Modo)
Modelo de demanda para exigir el cumplimiento del cargo o modo impuesto en una liberalidad, conforme al Art. 185 del Código Civil. Word editable Perú.
EmpresarialContrato de Fideicomiso
Modelo de contrato de fideicomiso por el cual el fideicomitente transfiere bienes a un fiduciario para un fin específico a favor del fideicomisario (Art. 241 de la Ley 26702).
ContratosContrato de Donación con Cargo
Modelo de contrato de donación sujeta a cargo o modo, por el cual el donatario debe cumplir una prestación a cambio de la liberalidad, según Art. 1621, 1625 y 1642 CC.