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Mascotas y Animales

Cómo dejar tu mascota protegida en tu herencia o testamento en Perú

Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe

Datos rápidos

MascotaBien jurídico, no heredero
VíaLegado con cargo (Art. 768 CC)
TestamentoEscritura pública (Art. 696 CC)
AlternativaFideicomiso
UIT 2026S/ 5,500

¿Puede mi mascota heredar en Perú?

No directamente. Para el Código Civil peruano, los animales son bienes, no personas, y solo las personas pueden ser herederas o legatarias. Por eso no puedes dejarle dinero a tu perro o gato como si fuera un hijo. Las noticias sobre mascotas millonarias en el extranjero responden a figuras legales distintas, no al simple acto de nombrar heredero al animal.

La buena noticia: aunque tu mascota no puede heredar, tú sí puedes asegurar que esté bien cuidada y financiada después de que faltes. Solo hay que usar la herramienta correcta.

La solución: el legado con cargo

La vía más usada es el legado con cargo. Funciona así: en tu testamento dejas una suma de dinero o un bien a una persona de confianza (el cuidador) e impones como cargo o modo la obligación de cuidar a tu mascota. El cargo es una obligación accesoria que el legatario debe cumplir para conservar lo recibido (Arts. 768 y siguientes del Código Civil).

Si el cuidador no cumple el cargo (abandona o maltrata al animal), los demás interesados pueden exigir judicialmente su cumplimiento, e incluso la revocación del legado, mediante una demanda de cumplimiento de cargo en donación o legado. Esto le da fuerza real a tu voluntad.

Cómo hacer el testamento correctamente

Para que tu disposición sea sólida:

  • Otorga un testamento por escritura pública ante notario (Art. 696 del Código Civil). Es la forma más segura y difícil de impugnar.
  • Identifica a tu mascota y al cuidador designado, y nombra a un sustituto por si el primero no puede o no quiere asumir.
  • Fija el legado (monto o bien) y describe con claridad el cargo: alimentación, atención veterinaria, condiciones de vida.
  • Respeta la legítima de tus herederos forzosos: solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición si tienes hijos, o de la mitad si solo tienes padres.

Puedes apoyarte en un testamento por escritura pública como base y adaptarlo con tu notario.

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Otras figuras: fideicomiso y acuerdos en vida

Según tu patrimonio y tu situación, hay alternativas:

  • Fideicomiso: destinas un patrimonio a una entidad fiduciaria con la instrucción de financiar el cuidado de tu mascota. Es más sofisticado y tiene costos, pero da mucho control. Puedes revisar un contrato de fideicomiso.
  • Acuerdo en vida con el cuidador: dejar por escrito, e idealmente con firmas legalizadas, el compromiso de una persona de cuidar a tu mascota, complementando el testamento.
  • Donación con cargo: transferir en vida un bien a quien cuidará al animal, con el cargo de hacerlo.

Para la mayoría de personas, el legado con cargo en un testamento es suficiente y accesible.

Elige bien al cuidador y deja todo previsto

La mejor cláusula no sirve si el cuidador no es el adecuado. Antes de designarlo:

  • Conversa con la persona y confirma que realmente quiere y puede asumir a tu mascota.
  • Nombra siempre un sustituto.
  • Deja instrucciones prácticas: veterinario, dieta, costumbres, rutinas.

Mientras tanto, mantén a tu mascota identificada y con una red de apoyo. En paseadores.pe, el marketplace peruano de paseadores de perros verificados, tu futuro cuidador puede encontrar paseadores y servicios de confianza para sostener la rutina de tu mascota en Lima, y su sección de animales perdidos es un respaldo si alguna vez se extravía. Pensar hoy en quién y cómo cuidará a tu compañero es el acto de cariño más práctico que puedes dejar firmado.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo dejarle dinero directamente a mi perro en el testamento?

No. En Perú la mascota es un bien y solo las personas pueden heredar o recibir legados. Debes dejar el dinero a una persona con el cargo de cuidar a tu animal.

¿Qué es un legado con cargo para mi mascota?

Es dejar dinero o un bien a un cuidador de confianza imponiéndole la obligación de cuidar a tu mascota. Si no cumple el cargo, se puede exigir judicialmente o revocar el legado (Arts. 768 y ss. del Código Civil).

¿Qué tipo de testamento conviene?

El testamento por escritura pública ante notario (Art. 696 del Código Civil) es el más seguro y difícil de impugnar, ideal para asegurar el cuidado de tu mascota.

¿Qué pasa si el cuidador no cumple con cuidar a mi mascota?

Los interesados pueden presentar una demanda de cumplimiento de cargo y, según el caso, pedir la revocación del legado, de modo que el cuidador pierda lo recibido si abandona o maltrata al animal.

¿Puedo usar un fideicomiso para mi mascota?

Sí. Puedes destinar un patrimonio a una entidad fiduciaria con la instrucción de financiar el cuidado de tu mascota. Es más costoso y complejo que un legado, pero da mayor control.

¿Tengo que respetar la legítima de mis herederos?

Sí. Solo puedes disponer libremente del tercio de libre disposición si tienes hijos, o de la mitad si solo tienes padres. El legado para tu mascota debe salir de esa porción de libre disposición.

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