¿Puede el dueño del alquiler prohibirte tener mascotas?
Publicado el 2026-06-20 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Marco | Libertad de contrato, Art. 1354 CC |
| Norma del arrendamiento | Art. 1666 y ss. Código Civil |
| Cláusula de mascotas | Válida si está en el contrato |
| Solución | Negociar o firmar una adenda |
| Daños del animal | Responde el inquilino |

¿Puede el arrendador prohibirte tener mascotas?
Sí, puede. En Perú el alquiler se rige por la libertad de contrato (Art. 1354 del Código Civil), así que una cláusula que prohíba o condicione tener mascotas es válida si la firmaste. La pregunta clave no es si pueden prohibirlas, sino qué dice exactamente tu contrato. Por eso, si quieres vivir con tu perro o gato, todo se decide antes de firmar.
El arrendamiento está regulado en el Código Civil (Art. 1666 y siguientes). Arrendador e inquilino pueden pactar libremente las condiciones, siempre que no sean ilícitas. Aquí hay una diferencia importante con la vivienda en propiedad: cuando eres dueño, tu derecho limita lo que la junta puede prohibirte; cuando eres inquilino, el inmueble es de otra persona y usas el bien bajo las reglas del contrato que aceptaste.
Lee la cláusula antes de firmar
Antes de firmar, revisa si hay alguna cláusula sobre animales. Pueden aparecer varias modalidades:
- Prohibición total: no se permiten mascotas de ningún tipo.
- Permiso condicionado: se permite con autorización escrita, garantía adicional o límites de tamaño y cantidad.
- Silencio: el contrato no dice nada, lo que te da margen, aunque conviene aclararlo por escrito para evitar discusiones futuras.
Si el contrato calla, lo mejor es acordarlo expresamente para no quedar expuesto a una interpretación en tu contra. Puedes partir de un contrato de arrendamiento de vivienda que deje clara la regla desde el inicio.
Cómo negociar para tener tu mascota
Si quieres mudarte con tu perro o gato, negocia antes de firmar. Argumentos que ayudan:
- Ofrecer una garantía o depósito adicional que cubra posibles daños.
- Comprometerte por escrito a reparar cualquier daño que cause el animal.
- Acreditar que tu mascota está vacunada, es tranquila o de tamaño pequeño.
Lo acordado debe quedar en el contrato o en una adenda. Si ya firmaste y quieres incorporar el permiso, usa una adenda de modificación de contrato. Un permiso claro, con reglas sobre daños y garantía, protege a las dos partes.
Qué pasa si tienes mascota pese a la prohibición
Si el contrato prohíbe mascotas y de todos modos tienes una, estás incumpliendo. El arrendador podría requerirte por carta notarial que cumplas el contrato y, en casos graves o reiterados, invocar la resolución por incumplimiento con una carta de resolución de contrato de arrendamiento. Además, respondes por cualquier daño que el animal cause al inmueble.
Al terminar el alquiler debes devolver el inmueble en el estado en que lo recibiste, salvo el desgaste normal. Los daños atribuibles a tu mascota, como pisos rayados, puertas mordidas o marcas de orina, pueden descontarse de tu garantía o reclamarse aparte. Tener al animal de forma oculta no solo arriesga la resolución del contrato, sino que te deja sin margen para negociar esos daños, porque ni siquiera debías tener la mascota ahí. Por eso conviene regularizar la situación: pedir autorización por escrito y firmar una adenda, en lugar de tener al animal de forma clandestina.
Prohibición de mascotas vs otras cláusulas del alquiler
Muchos inquilinos confunden esta cláusula con otras condiciones del contrato. Conviene distinguirlas:
| Cláusula | ¿Es válida? | Qué revisar |
|---|---|---|
| Prohibición de mascotas | Sí, por libertad de contrato | Si es total o condicionada |
| Garantía adicional por mascota | Sí, si se pacta | Monto y devolución al final |
| Prohibición de subarrendar | Sí, muy común | No confundir con hospedar mascota |
| Responsabilidad por daños | Sí, recae en el inquilino | Alcance del desgaste normal |
Si vas a tener mascota, lo ideal es que el contrato regule a la vez el permiso, la garantía y la responsabilidad por daños, para que no queden zonas grises.
Mascota tranquila, inquilino sin problemas
Muchos arrendadores temen al ruido y a los daños. Un perro que ladra todo el día porque está solo es justo lo que genera quejas y pone en riesgo tu alquiler. Mostrar que tu mascota tendrá una rutina de cuidado ayuda a convencer al propietario.
Si trabajas fuera, puedes coordinar paseos con paseadores verificados de paseadores.pe, un marketplace peruano de paseadores de perros en Lima. Un perro paseado y atendido no destruye el departamento ni molesta a los vecinos, lo que protege tanto al inmueble como tu relación con el arrendador. Además, llegar a un arrendador con la mascota bajo una rutina clara de paseos y cuidado te da un argumento concreto al negociar el permiso: demuestras que el animal no será una fuente de quejas de vecinos ni de deterioro del departamento, y eso vuelve mucho más probable que acepte incluir una cláusula que sí permita tener a tu perro o gato.
Preguntas frecuentes
¿El arrendador puede prohibirme tener mascotas?
Sí, si incluye una cláusula en el contrato y tú la firmas. El alquiler se rige por la libertad de contrato, por lo que esa condición es válida y te obliga.
¿Y si el contrato no dice nada sobre mascotas?
Tienes más margen, pero conviene aclararlo por escrito. El silencio puede prestarse a discusión, así que lo seguro es pactar el permiso expresamente con el arrendador.
¿Puedo negociar para que me permitan mi perro?
Sí. Puedes ofrecer una garantía adicional, comprometerte a reparar daños y acreditar que el animal está vacunado. Lo acordado debe quedar en el contrato o en una adenda.
¿Qué pasa si tengo mascota a pesar de la prohibición?
Estás incumpliendo el contrato. El arrendador puede requerirte por carta notarial y, en casos graves, resolver el contrato. Además respondes por los daños que cause el animal.
¿La cláusula que prohíbe mascotas es abusiva?
No necesariamente. En un alquiler entre particulares es una condición válida de la libertad de contrato. Si te preocupa, negocia su contenido antes de firmar.
¿La garantía adicional por mascota me la devuelven?
Sí, siempre que no haya daños atribuibles al animal. La garantía o depósito adicional está pensado para cubrir posibles daños; si al devolver el inmueble no hay pisos rayados, puertas mordidas ni otros deterioros más allá del desgaste normal, el arrendador debe devolverte ese monto según lo pactado.
¿Puedo tener un gato si el contrato solo menciona perros?
Depende de la redacción. Si la cláusula prohíbe expresamente solo perros, un gato podría quedar fuera de la prohibición, pero lo seguro es aclararlo por escrito con el arrendador mediante una adenda, para no exponerte a una interpretación amplia de la cláusula en tu contra.
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