Denuncia por falsificación de documentos: delito, pena y cómo denunciar (Art. 427 CP)
Publicado el 2026-06-02 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma | Art. 427 Código Penal |
| Pena documento público | 2 a 10 años + 30 a 90 días-multa |
| Pena documento privado | 2 a 4 años + 180 a 365 días-multa |
| Quién investiga | Ministerio Público (Fiscalía) |
Qué es la falsificación de documentos
El delito está previsto en el artículo 427 del Código Penal. Comete falsificación quien hace, en todo o en parte, un documento falso, o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de usarlo, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio.
El mismo artículo sanciona a quien usa el documento falso como si fuera legítimo, con las mismas penas.
Penas según el tipo de documento
La pena depende de la naturaleza del documento:
- Documento público, registro público, título auténtico o transmisible por endoso o al portador: prisión de 2 a 10 años y de 30 a 90 días-multa.
- Documento privado: prisión de 2 a 4 años y de 180 a 365 días-multa.
La distinción importa porque la falsificación de documentos públicos (escrituras, partidas, resoluciones) se castiga con mayor severidad.
Elementos que debe probar la denuncia
Para que prospere la denuncia conviene acreditar:
- La existencia del documento falso o adulterado.
- Que tiene aptitud para generar derecho, obligación o probar un hecho.
- El propósito de uso y la posibilidad de perjuicio.
- La vinculación del denunciado con la creación o el uso del documento.
Una pericia grafotécnica suele ser determinante para demostrar la adulteración.
Cómo presentar la denuncia
- Reúne el documento cuestionado y toda prueba que tengas (correos, testigos, copias auténticas).
- Redacta la denuncia con tus datos, los del denunciado (si lo conoces) y el relato de los hechos.
- Preséntala ante la Policía Nacional o directamente ante el Ministerio Público.
- La Fiscalía dispone las diligencias, incluida la pericia grafotécnica.
Usa el modelo de denuncia por falsificación de documentos como punto de partida.
Delitos relacionados
Según el caso, los hechos pueden configurar también:
- Falsedad genérica, cuando se altera la verdad sin encajar en otra figura.
- Estafa, si el documento falso sirvió para inducir a error y obtener un beneficio.
- Denuncia calumniosa, si se imputa falsamente un delito.
Tu abogado puede ayudarte a calificar correctamente los hechos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la pena por falsificar un documento público?
Según el Art. 427 del Código Penal, la falsificación de documento público se sanciona con prisión de 2 a 10 años y de 30 a 90 días-multa.
¿Y si el documento falsificado es privado?
La pena es de prisión de 2 a 4 años y de 180 a 365 días-multa, una sanción menor que la prevista para documentos públicos.
¿Se castiga solo falsificar o también usar el documento?
Ambos. El Art. 427 sanciona con la misma pena a quien usa un documento falso o falsificado como si fuera legítimo, siempre que de su uso pueda resultar perjuicio.
¿Dónde presento la denuncia?
Puedes presentarla ante la Policía Nacional o directamente ante la Fiscalía (Ministerio Público), que es la encargada de investigar el delito.
¿Necesito una pericia para denunciar?
No para presentar la denuncia, pero la pericia grafotécnica suele ser la prueba clave. La Fiscalía la dispone durante la investigación para acreditar la adulteración.
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