Derecho Laboral

Descuentos en tu boleta de pago 2026: AFP, ONP y quinta categoría

Publicado el 2026-05-30 · Modelo.pe

Datos rápidos

UIT 2026S/ 5,500
ONP13% del sueldo bruto
AFP10% fondo + 1.37% prima + comisión
Tope renta de 5ta7 UIT = S/ 38,500 al año
EsSalud9% lo paga el empleador, no se descuenta

¿Qué te descuentan realmente del sueldo?

Mucha gente cree que le descuentan AFP, EsSalud e impuestos. En realidad, de tu sueldo bruto solo salen dos conceptos:

  • Tu aporte previsional: ONP o AFP, según el sistema al que estés afiliado.
  • Renta de quinta categoría: solo si tu ingreso anual proyectado supera las 7 UIT.

El EsSalud del 9% lo paga el empleador por separado, no se descuenta de tu bolsillo. Por eso, aunque aparece informado, no reduce tu sueldo neto.

Descuento ONP: 13% fijo

Si estás en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), el descuento es fijo: 13% de tu remuneración bruta. Es el porcentaje más simple de calcular. Sobre un sueldo de S/ 1,500, el aporte a la ONP es de S/ 195, y recibes S/ 1,305 (si no pagas renta de quinta).

La ONP administra ese aporte para una futura pensión del Decreto Ley 19990. Si nunca llegas a los años de aporte exigidos, existe la posibilidad de pedir la devolución de tus aportes; revisa el artículo de devolución de aportes ONP.

Descuento AFP: el 10% no es todo

En el Sistema Privado (AFP) el descuento tiene tres partes:

  • 10% de aporte obligatorio que va a tu cuenta individual (tu fondo).
  • Prima de seguro de invalidez y sobrevivencia: 1.37% en 2026.
  • Comisión de la AFP: en comisión mixta, el componente sobre el sueldo es 0% desde 2023; se cobra un porcentaje anual sobre el saldo del fondo.

En total, el descuento mensual de tu sueldo en AFP ronda el 11.37% (10% + 1.37% de prima), un poco menos que la ONP. El detalle de cómo retirar tu fondo lo tienes en cómo retirar de la AFP en Perú.

Renta de quinta categoría: cuándo te la retienen

La renta de quinta categoría es el impuesto a la renta sobre tu sueldo. Solo la pagas si tu ingreso anual proyectado supera las 7 UIT, que en 2026 equivalen a S/ 38,500 (7 x S/ 5,500). Considerando 14 ingresos al año (12 sueldos + 2 gratificaciones), empiezas a tributar cuando ganas más de unos S/ 2,750 brutos al mes.

La retención se calcula de forma anualizada y se distribuye en cuotas mensuales. Si dejas de trabajar antes de fin de año o tienes meses sin ingreso, puedes haber pagado de más y solicitar la devolución a SUNAT con la solicitud de devolución de pagos en exceso.

Cómo verificar que tu boleta está correcta

Revisa que tu boleta muestre: tu remuneración bruta, el descuento de ONP o AFP, la retención de quinta (si aplica) y el EsSalud informado como aporte del empleador. Si te descuentan EsSalud de tu sueldo, hay un error. Para tener prueba de tus pagos y descuentos guarda tus boletas; te servirán para tu liquidación y como medio de prueba laboral. Si detectas descuentos no autorizados, reclama por escrito y, de ser necesario, denuncia ante SUNAFIL.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me descuentan del sueldo en Perú 2026?

Si estás en ONP, 13% fijo. Si estás en AFP, alrededor de 11.37% (10% de aporte + 1.37% de prima). A eso se suma renta de quinta solo si ganas más de 7 UIT al año.

¿Me descuentan EsSalud del sueldo?

No. El 9% de EsSalud lo paga el empleador, no sale de tu sueldo. Si aparece como descuento que reduce tu neto, es un error.

¿Desde cuánto pago renta de quinta categoría?

Cuando tu ingreso anual proyectado supera 7 UIT, es decir S/ 38,500 en 2026. Equivale a ganar más de unos S/ 2,750 brutos al mes considerando 14 ingresos anuales.

¿Qué descuenta menos, AFP u ONP?

La AFP suele descontar un poco menos del sueldo (cerca de 11.37%) frente al 13% fijo de la ONP, pero la AFP cobra además una comisión anual sobre el saldo del fondo.

¿Puedo recuperar la renta de quinta si pagué de más?

Sí. Si tuviste retenciones en exceso (por ejemplo, dejaste de trabajar a mitad de año), puedes pedir la devolución a SUNAT con la solicitud de devolución de pagos en exceso.

¿Pueden descontarme otras cosas sin mi permiso?

No. Salvo aportes previsionales, impuestos y descuentos autorizados por ti o por mandato judicial (como alimentos), el empleador no puede hacer descuentos unilaterales.

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