📑 Calculadora de Renta de 4ta y 5ta Categoría
Las rentas de trabajo se dividen en cuarta categoría (trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios) y quinta categoría (trabajadores en planilla). Se rigen por el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. 179-2004-EF). En cuarta categoría, el pagador retiene el 8% cuando el recibo supera S/ 1,500, salvo que tengas suspensión de retenciones vigente.
En quinta categoría, el impuesto es anual: se proyecta el ingreso del año, se deducen 7 UIT inafectas (7 x S/ 5,500 = S/ 38,500 en 2026) y sobre el exceso se aplican tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%. Ingresa tu ingreso mensual y la categoría para estimar el impuesto anual y la retención mensual.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto retienen por un recibo por honorarios?
El agente de retención retiene el 8% cuando el recibo supera S/ 1,500, salvo que tengas vigente la suspensión de retenciones de cuarta categoría, conforme al D.S. 179-2004-EF.
¿Cuánto es el monto inafecto de quinta categoría en 2026?
Son 7 UIT inafectas. Con UIT 2026 de S/ 5,500, eso equivale a S/ 38,500 anuales que no pagan impuesto a la renta de quinta.
¿Cuáles son las tasas de quinta categoría?
Son progresivas acumulativas: 8% hasta 5 UIT, 14% de 5 a 20 UIT, 17% de 20 a 35 UIT, 20% de 35 a 45 UIT y 30% por el exceso de 45 UIT, según el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
¿Por qué se multiplica el sueldo por 14?
Porque la proyección anual de quinta categoría considera 12 remuneraciones mensuales más las 2 gratificaciones de julio y diciembre, que son rentas afectas.
¿Quién declara la renta de quinta categoría?
El empleador actúa como agente de retención y descuenta el impuesto mes a mes en la planilla; el trabajador no presenta declaración mensual por su renta de quinta.