🎁 Calculadora de Gratificación
Calcula los beneficios del régimen general privado con la remuneración computable y los periodos pendientes. Verifica en tus boletas qué asignación familiar corresponde y qué pagos ya recibiste. La CTS incorpora un sexto de la gratificación percibida en su semestre. La gratificación se calcula por meses calendario completos, con su bonificación extraordinaria.
Régimen general privado. Ingresa la remuneración computable regular y los periodos pendientes verificados con tus boletas.
Escribe 0 si ya está incluida en la remuneración o si no corresponde. La asignación fue S/ 113 de enero de 2025 a septiembre de 2026 y es S/ 123 desde el 1 de octubre de 2026. Usa el importe aplicable a la remuneración de referencia. Fuente oficial del aumento.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la gratificación completa?
Si trabajaste los seis meses del semestre, equivale a una remuneración mensual íntegra (sueldo más asignación familiar si la recibes), conforme a la Ley 27735.
¿Qué es la bonificación extraordinaria del 9%?
Es un monto adicional creado por la Ley 29351 equivalente al aporte que el empleador habría hecho a EsSalud (9%). Si estás en una EPS, la bonificación es del 6.75%. Se suma a la gratificación.
¿Cómo se calcula la gratificación si trabajé menos de 6 meses?
Se paga en proporción a los meses completos laborados: remuneración / 6 x meses. Solo cuentan los meses calendario completos en el semestre.
¿La gratificación paga descuentos?
No tiene descuentos de ONP, AFP ni renta de quinta sobre el monto de la gratificación en sí; además se agrega la bonificación extraordinaria de la Ley 29351 en lugar del aporte a salud.
¿Cuándo se paga la gratificación?
En la primera quincena de julio y en la primera quincena de diciembre, según la Ley 27735 y el D.S. 005-2002-TR.