Calculadora legal · Perú 2026

🏦 Calculadora de CTS

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que funciona como un seguro de desempleo, regulado por el TUO de la Ley de CTS (D.S. 001-97-TR). Se deposita en mayo y noviembre de cada año en la cuenta CTS del trabajador.

La remuneración computable es el sueldo mensual más la asignación familiar (si la recibes) más un sexto de la gratificación (es decir, un sexto del sueldo más asignación). Sobre esa base se aplica: un dozavo por cada mes y un trescientosseisavo por cada día del periodo. Ingresa tus datos para estimar el depósito.

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Multas SUNAT
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Gratificación
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CTS
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Liquidación de Beneficios Sociales
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Vacaciones
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Renta de 4ta/5ta
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IGV

Preguntas frecuentes

¿Qué es la remuneración computable para la CTS?

Es el sueldo mensual más la asignación familiar (si corresponde) más un sexto de la gratificación. Sobre esa base se calcula el depósito conforme al D.S. 001-97-TR.

¿Cuándo se deposita la CTS?

Dos veces al año: dentro de los primeros 15 días de mayo (periodo noviembre-abril) y de noviembre (periodo mayo-octubre).

¿Por qué se suma un sexto de la gratificación?

Porque la gratificación es un concepto remunerativo regular; la norma ordena incorporar un sexto de la última gratificación a la remuneración computable de la CTS.

¿Cómo se cuentan los meses y días?

Se reconoce un dozavo de la remuneración computable por cada mes completo y un trescientosseisavo por cada día adicional dentro del semestre.

¿Tengo derecho a CTS si trabajo medio tiempo?

Tienes derecho a CTS si cumples una jornada mínima de cuatro horas diarias en promedio, conforme al D.S. 001-97-TR. Si laboras menos, no genera CTS.

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