Impuesto a la renta de empresas en 2026
Publicado el 2026-06-09 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
| Tasa Régimen General | 29.5% sobre utilidad neta |
| RMT | 10% hasta 15 UIT (S/ 82,500), 29.5% por exceso |
| RER | 1.5% de ingresos (cuota mensual) |
| Declaración anual | Marzo/abril del año siguiente |

Cuánto paga de impuesto a la renta una empresa en 2026
Las empresas tributan por renta de tercera categoría sobre su utilidad neta, no sobre las ventas. En el Régimen General la tasa es 29.5% sobre la utilidad. En el RMT (Régimen MYPE Tributario) pagas 10% sobre la utilidad hasta 15 UIT y 29.5% por el exceso. En el RER pagas 1.5% sobre tus ingresos netos mensuales como cuota definitiva.
Con la UIT 2026 de S/ 5,500, las 15 UIT del tramo bajo del RMT equivalen a S/ 82,500 de utilidad. Además de la tasa anual, haces pagos a cuenta mensuales y regularizas con la Declaración Jurada Anual. A continuación, cómo funciona cada pieza.
Qué es la renta de tercera categoría
Cuando una empresa o un negocio genera ganancias por actividad comercial, industrial o de servicios, esa ganancia es renta de tercera categoría. El Impuesto a la Renta se calcula sobre la utilidad neta (ingresos menos costos y gastos deducibles), no sobre las ventas brutas. Por eso dos empresas con las mismas ventas pueden pagar impuestos muy distintos: lo que manda es la utilidad y qué tan bien sustentas tus gastos.
Las tasas según tu régimen
| Régimen | Cómo tributa la renta |
|---|---|
| RER | 1.5% de ingresos netos mensuales (cuota definitiva) |
| RMT | 10% hasta 15 UIT de utilidad, 29.5% por el exceso |
| General | 29.5% sobre la utilidad neta |
Con la UIT 2026 de S/ 5,500, las 15 UIT del tramo bajo del RMT equivalen a S/ 82,500 de utilidad. Elegir bien el régimen al iniciar tu negocio es clave: revisa cómo sacar tu RUC y elegir el régimen tributario y para qué sirve la tabla UIT 2026.
Los pagos a cuenta mensuales
No esperas a fin de año para pagar todo. Cada mes haces un pago a cuenta del Impuesto a la Renta: un porcentaje de tus ingresos del mes que adelanta el impuesto anual. En el Régimen General y el RMT, el pago a cuenta se calcula con un coeficiente o el 1.5%, lo que resulte mayor (con reglas particulares para el RMT en su tramo). Estos pagos se descuentan del impuesto anual al momento de regularizar. Llevar al día tu IGV y tus pagos a cuenta evita multas; para el IGV te ayuda la calculadora de IGV.
Gastos deducibles: la clave para pagar menos legalmente
Como tributas sobre la utilidad, todo gasto real y sustentado vinculado a tu negocio reduce tu impuesto. Para que SUNAT los acepte, deben cumplir el principio de causalidad, estar bancarizados (si superan el monto legal) y contar con comprobante válido. Los gastos personales no son deducibles.
Llevar bien tu contabilidad y tus comprobantes es lo que marca la diferencia entre pagar de más o pagar lo justo. Conviene formalizar un contrato de servicios de contabilidad con un contador de confianza que ordene tus deducciones.
La regularización anual
Después del cierre del ejercicio presentas la Declaración Jurada Anual (marzo o abril del año siguiente, según el cronograma de SUNAT por último dígito del RUC). Ahí calculas el impuesto definitivo, le restas los pagos a cuenta y pagas la diferencia o pides la devolución del saldo a favor con la solicitud de devolución de pagos en exceso ante SUNAT.
Si te sale a pagar y no puedes cubrirlo de golpe, solicita la solicitud de fraccionamiento tributario SUNAT antes de que la deuda genere intereses y una cobranza coactiva.
Errores tributarios que le cuestan caro a las empresas
Pagar de más (o ganarse una multa) suele venir de descuidos evitables:
- Gastos sin sustento: deducir gastos sin comprobante válido o sin causalidad los hace reparables por SUNAT, y con ello sube tu impuesto y aparecen multas.
- No bancarizar: pagos sobre el monto legal hechos en efectivo pierden el derecho a deducir el gasto y el crédito fiscal.
- Confundir ventas con utilidad: en RMT y Régimen General se tributa sobre la utilidad, no sobre las ventas; presupuestar mal el impuesto descapitaliza el negocio.
- Olvidar los pagos a cuenta: omitirlos genera intereses y una regularización dolorosa en marzo o abril.
La mejor defensa es una contabilidad ordenada y comprobantes al día. Si no puedes pagar la regularización de golpe, no dejes crecer la deuda: solicita a tiempo un fraccionamiento. Un contador que conozca tu régimen y tu rubro no es un gasto, es lo que evita reparos, multas y pagos indebidos que después cuesta recuperar.
Un cierre ordenado te ahorra sustos en marzo
El Impuesto a la Renta anual no debería sorprenderte si llevas el año al día. Buenas prácticas que marcan la diferencia: concilia mensualmente tus ingresos y gastos, guarda todos los comprobantes de forma ordenada, verifica que tus pagos a cuenta estén al día y proyecta tu utilidad antes de fin de año para estimar cuánto te saldrá a pagar. Así, cuando llegue el cronograma de la Declaración Jurada Anual en marzo o abril, solo confirmas cifras en lugar de improvisar. Y si el resultado es mayor de lo esperado, tienes tiempo de decidir entre pagar de contado o pedir un fraccionamiento, en vez de dejar crecer la deuda con intereses. La tranquilidad tributaria no viene de "arreglar" en marzo, sino de ordenar cada mes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga de impuesto a la renta una empresa en Perú 2026?
En el Régimen General, 29.5% sobre la utilidad neta. En el RMT, 10% hasta 15 UIT (S/ 82,500) de utilidad y 29.5% por el exceso. El RER paga 1.5% sobre ingresos como cuota definitiva.
¿Qué son los pagos a cuenta del impuesto a la renta?
Son adelantos mensuales del impuesto anual. Cada mes pagas un porcentaje de tus ingresos y al final del año esos pagos se descuentan del impuesto definitivo de la Declaración Jurada Anual.
¿La renta se paga sobre las ventas o sobre la utilidad?
En RMT y Régimen General se paga sobre la utilidad (ingresos menos gastos deducibles). En el RER se paga 1.5% sobre el ingreso, sin importar la utilidad.
¿Qué gastos puedo deducir para pagar menos renta?
Los gastos reales vinculados a tu actividad (alquiler del local, planilla, insumos, servicios) con comprobante válido, cumpliendo causalidad y bancarización. Los gastos personales no son deducibles.
¿Cuándo se presenta la Declaración Jurada Anual de renta?
En marzo o abril del año siguiente al ejercicio, según el cronograma que publica SUNAT por último dígito del RUC.
¿Conviene el RMT o el Régimen General para mi empresa?
El RMT suele convenir a empresas con utilidad moderada, porque el primer tramo (hasta 15 UIT, S/ 82,500 en 2026) paga solo 10%. El Régimen General no tiene ese beneficio pero permite arrastrar pérdidas y no tiene límite de ingresos. La decisión depende de tu nivel de utilidad, tus ingresos y tu proyección; conviene evaluarlo con tu contador.
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Modelo de contrato de locación de servicios contables (Art. 1764 CC) entre contador colegiado o estudio y cliente, con alcance, plazos tributarios SUNAT, confidencialidad y responsabilidad profesional.
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