Declaración Jurada Anual de Renta: cómo hacerla paso a paso 2026
Publicado el 2026-06-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
| Deducción adicional | Hasta 3 UIT (S/ 16,500) |
| Plataforma | Renta SUNAT / Formulario Virtual |
| Cronograma | Según último dígito del RUC |
| Obligados | RMT, General y personas sobre topes |
| Devolución | Por retenciones en exceso |
Quién está obligado a declarar
Presentan Declaración Jurada Anual:
- Empresas del Régimen MyPE Tributario y del Régimen General.
- Personas naturales con renta de cuarta o quinta categoría que tengan saldo a favor o por pagar, rentas de primera categoría (alquileres) sobre el tope, o rentas de fuente extranjera.
Los del NRUS y RER (renta empresarial) no presentan esta declaración anual de renta de tercera categoría.
Aprovecha las 3 UIT de deducción adicional
Además de las 7 UIT que ya se descuentan del trabajo, puedes deducir hasta 3 UIT adicionales (S/ 16,500 en 2026) por:
- Alquiler de vivienda (30% del gasto).
- Servicios médicos y odontológicos.
- Servicios de profesionales (cuarta categoría).
- Consumos en restaurantes y hoteles.
- Aportes a EsSalud de trabajadores del hogar.
Necesitas comprobantes electrónicos y pago bancarizado por montos altos.
Cómo presentarla en Renta SUNAT
- Ingresa con tu clave SOL a la plataforma Renta SUNAT.
- Revisa la información precargada (rentas, retenciones, gastos deducibles).
- Completa o corrige tus datos y declara tus deducciones.
- Determina si tienes saldo a favor (devolución) o por pagar.
- Envía la declaración y, si corresponde, paga o solicita devolución.
Cronograma y multas por no declarar
SUNAT publica cada año un cronograma de vencimientos según el último dígito del RUC (entre marzo y abril). No declarar a tiempo genera una multa en UIT (S/ 5,500 en 2026) y, si hay impuesto por pagar, intereses moratorios. Si no puedes pagar, puedes pedir un fraccionamiento.
Si te retuvieron de más: pide devolución
Si tu empleador o clientes te retuvieron más impuesto del que correspondía, la declaración anual te genera un saldo a favor que puedes recuperar. Presenta la solicitud de devolución de pagos en exceso dentro de la propia declaración.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe presentar la Declaración Jurada Anual de Renta?
Empresas del RMT y Régimen General, y personas con renta de trabajo o capital que superen los topes o tengan saldo por pagar o a favor.
¿Cuánto puedo deducir adicionalmente?
Hasta 3 UIT adicionales (S/ 16,500 en 2026) por alquileres, servicios médicos, profesionales y consumos en restaurantes y hoteles.
¿Cuándo vence la declaración anual?
SUNAT fija un cronograma según el último dígito del RUC, generalmente entre marzo y abril del año siguiente al ejercicio.
¿Qué pasa si no presento la declaración?
Generas una multa en UIT más intereses si hay impuesto por pagar. Puedes regularizar y, de ser necesario, fraccionar la deuda.
¿Puedo recuperar lo que me retuvieron de más?
Sí. La declaración determina tu saldo a favor y puedes solicitar la devolución de pagos en exceso a SUNAT.
¿Los del NRUS y RER declaran renta anual?
No presentan la declaración anual de renta de tercera categoría. El NRUS paga cuota mensual y el RER tributa mensualmente.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Solicitud de Devolución de Pagos en Exceso ante SUNAT
Solicitud de devolución de tributos pagados en exceso o indebidamente. Art. 38-39 del Código Tributario. Formulario Virtual N.° 4949.
TributarioSolicitud de Fraccionamiento Tributario SUNAT
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