Ir al contenido principal
Derecho Tributario

Renta de primera categoría: cómo pagar el impuesto por alquilar 2026

Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

Tipo de rentaPrimera categoría (capital)
Tasa efectiva5% del alquiler bruto
FormularioVirtual 1683
Renta presunta anual6% del autovalúo
UIT 2026S/ 5,500
NormaLey del Impuesto a la Renta (D.S. 179-2004-EF)
Renta de primera categoría: cómo pagar el impuesto por alquilar 2026 — guía legal tributario Perú 2026

Cuánto se paga por alquilar en 2026

Si alquilas un inmueble pagas renta de primera categoría: una tasa efectiva del 5% sobre el monto del alquiler bruto mensual. Por un alquiler de S/ 1,500 pagas S/ 75 al mes. Esa es la cifra que buscas.

Formalmente la ley aplica 6.25% sobre la renta neta, y la renta neta es el 80% de la bruta (se descuenta un 20% de deducción). El resultado combinado es exactamente el 5% del alquiler bruto. Se declara y paga mensualmente, aunque el inquilino sea un familiar o cobres por adelantado.

Impuesto mensual = Alquiler bruto × 5%
Publicidad

Cómo declararlo: Formulario Virtual 1683

  1. Ingresa a SUNAT en Línea con tu clave SOL.
  2. Abre el Formulario Virtual 1683 de arrendamiento.
  3. Registra el predio, los datos del inquilino y el monto del alquiler del mes.
  4. Paga el 5% (por banca por internet, débito o en agencia) y genera la constancia de pago.
  5. Entrega esa constancia al inquilino: es su comprobante del alquiler.

Se declara mensualmente según el cronograma de vencimientos por el último dígito del RUC. Si el mes cae en día no laborable, el vencimiento pasa al siguiente día hábil.

La renta mínima presunta: la trampa que ignoran

Aquí está el detalle que sorprende a muchos propietarios: aunque cobres poco, cobres por debajo del mercado o dejes el predio a un pariente casi gratis, la ley presume una renta mínima del 6% del valor del autovalúo del predio al año. En la declaración jurada anual debes comparar lo que pagaste mes a mes con esa renta presunta y regularizar la diferencia si la presunta resulta mayor.

Ejemplo: si el autovalúo es S/ 200,000, la renta presunta anual es S/ 12,000; el impuesto anual no puede ser menor al 5% de ese monto. Por eso conviene pactar el alquiler cerca del valor de mercado y llevar la cuenta de lo declarado. Repasa el proceso anual en nuestra guía de declaración jurada anual de renta.

Cuadro rápido: qué declaras y cuándo

ConceptoDato 2026
Tasa efectiva mensual5% del alquiler bruto
FormularioVirtual 1683 (SUNAT en Línea)
FrecuenciaMensual, por dígito de RUC
Renta mínima presunta6% del autovalúo al año
RegularizaciónDeclaración jurada anual

Si un mes pagaste de más o duplicaste el pago, puedes pedir la devolución de pagos en exceso ante SUNAT.

Publicidad

Formaliza tu alquiler y protégete

Declarar el alquiler no es solo cumplir: te protege como arrendador. La constancia del Formulario 1683 es prueba del contrato y respalda tu posición si el inquilino deja de pagar y tienes que iniciar una demanda de desalojo por falta de pago. Sin contrato ni declaración, tu reclamo pierde fuerza.

Usa siempre un contrato de arrendamiento de vivienda formal (o un contrato de arrendamiento de inmueble para locales) con cláusulas claras de renta, garantía y plazo. Un contrato bien hecho más la declaración mensual es la combinación que te deja tranquilo.

Errores frecuentes que te cuestan multas

  • No declarar por cobrar en efectivo: la obligación existe igual; SUNAT puede detectar el arrendamiento por otras vías.
  • Olvidar la renta presunta anual: pagar solo el mensual y no regularizar en la anual genera omisión.
  • No entregar la constancia al inquilino: él la necesita como sustento; su falta puede acarrear observaciones.
  • Declarar a destiempo: presentar fuera del cronograma genera intereses y posible multa por declaración tardía.

Si ya te llegó una observación o multa, revisa cómo responder en nuestra guía sobre cómo sacar tu RUC y elegir régimen tributario para ordenar tu situación fiscal desde la base.

Casos frecuentes que generan dudas

Alquilo amoblado, ¿cambia algo? No para la tasa: sigue siendo 5% del alquiler total pactado, aunque incluya muebles. Subarriendo un cuarto, ¿tributo? Sí, el subarrendamiento también genera renta de primera categoría por la diferencia que cobras. Cobré varios meses adelantados, ¿cuándo pago? El impuesto se devenga mes a mes; declaras y pagas por cada periodo según el cronograma, aunque hayas cobrado todo junto.

El inquilino paga los servicios (luz, agua), ¿se suman? Si esos pagos son asumidos por el inquilino y no forman parte de la renta que tú cobras, no integran la base; pero si tú los cobras dentro del alquiler, sí. Ante la duda, documenta bien qué incluye la merced conductiva en el contrato de arrendamiento.

¿Y si vendo el inmueble que alquilaba? Esa ganancia ya no es primera categoría, sino renta de segunda categoría por enajenación (con su propia tasa). Son tributos distintos que no debes confundir. Si tienes varios inmuebles o ingresos mixtos, ordena tu régimen revisando cómo sacar tu RUC y elegir régimen tributario.

Publicidad

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de impuesto por alquilar un inmueble?

El 5% del monto del alquiler bruto mensual (renta de primera categoría). Por S/ 1,500 de alquiler pagas S/ 75.

¿Con qué formulario declaro el alquiler?

Con el Formulario Virtual 1683 de arrendamiento, en SUNAT en Línea con tu clave SOL, mensualmente.

¿Debo pagar impuesto si alquilo a un familiar?

Sí. Además, opera la renta mínima presunta del 6% del autovalúo anual, que no puede ser menor aunque cobres poco o nada.

¿Qué es la renta presunta de primera categoría?

Una renta mínima que la ley presume: 6% del valor del autovalúo del predio al año, a regularizar en la declaración anual.

¿La constancia de pago sirve como prueba?

Sí. La constancia del Formulario 1683 acredita el alquiler y respalda al arrendador, por ejemplo en un proceso de desalojo.

¿Quién entrega el comprobante al inquilino?

El arrendador, una vez declarado y pagado el impuesto, entrega al inquilino la constancia del Formulario 1683 como comprobante del alquiler.

¿Debo declarar el alquiler si cobro en efectivo y sin contrato?

Sí. La obligación de pagar renta de primera categoría no depende de que haya contrato escrito ni de cómo cobres. Cobrar en efectivo no te exime; SUNAT puede detectar el arrendamiento y aplicar multas e intereses por lo no declarado.

¿La renta presunta aplica si el inmueble estuvo vacío parte del año?

La renta mínima presunta del 6% del autovalúo se calcula sobre el periodo en que el predio estuvo arrendado. Los periodos de desocupación acreditados no generan renta presunta, pero debes poder sustentar la vacancia.

Modelos relacionados (descarga gratis)

Sigue leyendo