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Derecho Tributario

ITAN 2026: qué es y quién paga el impuesto a los activos netos

Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaLey 28424
Tasa0% hasta S/ 1 millón; 0.4% por el exceso
BaseActivos netos al 31/12 del año anterior
DeclaraciónAbril, PDT 648
Quién pagaEmpresas del Régimen General y RMT, entre otros
UIT 2026S/ 5,500

Qué es el ITAN

El ITAN, Impuesto Temporal a los Activos Netos, fue creado por la Ley 28424 en 2004. Pese a llamarse temporal, sigue vigente cada año. No grava tus ganancias: grava el valor de tus activos netos, es decir, lo que la empresa posee menos sus depreciaciones y amortizaciones aceptadas.

Funciona como un pago anticipado que luego puedes usar como crédito contra el Impuesto a la Renta, así que en muchos casos no es un costo adicional sino un adelanto.

Quién está obligado a pagarlo

Pagan el ITAN los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría y cuyos activos netos al 31 de diciembre del año anterior superen S/ 1 millón. Esto incluye, entre otros:

  • Empresas del Régimen General.
  • Empresas del Régimen MYPE Tributario.
  • Contribuyentes de la Amazonía, agrarios y de zonas de frontera, según las reglas que les apliquen.

Si tus activos netos no superan el millón de soles, no estás obligado al pago. Por eso el primer paso siempre es revisar tu balance general al cierre del año anterior.

Cómo se calcula el ITAN

La base imponible es el valor de los activos netos del balance general al 31 de diciembre del año anterior, deducidas las depreciaciones y amortizaciones que admite la Ley del Impuesto a la Renta. Sobre esa base se aplica la tasa:

Tramo de activos netosTasa
Hasta S/ 1,000,0000%
Por el exceso de S/ 1,000,0000.4%

Ejemplo: si tus activos netos son S/ 3,000,000, el ITAN se calcula sobre los S/ 2,000,000 que exceden el millón: 0.4% de S/ 2,000,000 = S/ 8,000. La ley también permite deducir ciertas partidas de la base, como algunas maquinarias o activos según el caso.

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Cuándo y cómo se declara

El ITAN se declara en el mes de abril, según el cronograma de SUNAT por el último dígito del RUC. Para presentarlo usas el PDT 648, también llamado PDT ITAN. Tienes dos opciones de pago:

  • Al contado, en una sola cuota.
  • En forma fraccionada, hasta en 9 cuotas mensuales.

Revisa tu buzón SOL y el cronograma para no pasarte de la fecha. Declarar o pagar tarde genera multas e intereses.

El ITAN como crédito contra la renta

La gran ventaja del ITAN es que el monto efectivamente pagado se puede aplicar como crédito contra el Impuesto a la Renta:

  • Contra los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta.
  • Contra el pago de regularización del Impuesto a la Renta del ejercicio.

Si después de aplicar el crédito te queda un saldo del ITAN no utilizado, puedes solicitar su devolución ante SUNAT. Y si SUNAT te observa o desconoce el crédito, puedes defenderte con un recurso de reclamación tributaria.

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Preguntas frecuentes

¿Quién paga el ITAN en 2026?

Lo pagan los contribuyentes con rentas de tercera categoría cuyos activos netos al 31 de diciembre del año anterior superen S/ 1 millón. Incluye empresas del Régimen General, del RMT y otros regímenes según sus reglas.

¿Cuál es la tasa del ITAN?

La tasa es 0% hasta el primer millón de soles de activos netos y 0.4% por el exceso de ese monto, conforme a la Ley 28424.

¿Cómo se calcula la base imponible del ITAN?

Es el valor de los activos netos del balance general al 31 de diciembre del año anterior, deducidas las depreciaciones y amortizaciones admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta, más las deducciones específicas que permite la norma.

¿Cuándo se declara y con qué formulario?

El ITAN se declara en abril, según el cronograma de SUNAT por el último dígito del RUC, usando el PDT 648. Se puede pagar al contado o hasta en 9 cuotas mensuales.

¿El ITAN se recupera?

Sí. El ITAN pagado se aplica como crédito contra los pagos a cuenta y la regularización del Impuesto a la Renta. Si queda un saldo no aplicado, puedes solicitar su devolución ante SUNAT.

¿Si mis activos no superan el millón, igual declaro?

Si tus activos netos al 31 de diciembre del año anterior no superan S/ 1 millón, no estás obligado al pago del ITAN. Revisa tu balance general para confirmarlo antes de la campaña de abril.

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