¿Cuánto es la multa de SUNAT por declarar cifras o datos falsos y cómo la rebajo hasta 95%?
Publicado el 2026-07-18 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Multa base | 50% del tributo omitido (Art. 178.1 CT) |
| Mínimo | 5% de la UIT = S/ 275 (2026) |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
| Rebaja máxima | 95% con Régimen de Gradualidad |
| Norma | Resolución 180-2012/SUNAT |
| Requisito del 95% | Rectificar y pagar antes de notificación |
| Subsanación inducida | Rebaja del 70% |
| Si te la cobran mal | Recurso de reclamación (Art. 178.1) |

Cuánto es la multa y cómo la rebajas 95%
La multa por declarar cifras o datos falsos del numeral 1 del Art. 178 del Código Tributario es el 50% del tributo omitido, con un mínimo del 5% de la UIT (S/ 275 en 2026). La buena noticia: con el Régimen de Gradualidad la rebajas hasta 95% si presentas la declaración rectificatoria y pagas la multa rebajada antes de que SUNAT te notifique cualquier requerimiento.
La clave es actuar primero. Subsanar de forma voluntaria vale mucho más que hacerlo cuando SUNAT ya te está fiscalizando. Si ya te llegó la resolución de multa y crees que no corresponde o que aplicaron mal la gradualidad, tienes el recurso de reclamación contra la multa por datos falsos (Art. 178.1).
Cómo se calcula el 50% del tributo omitido
La base de la multa es el tributo omitido: la diferencia entre lo que debiste declarar y lo que declaraste. Un ejemplo: si omitiste S/ 4,000 de IGV, la multa base es el 50%, es decir S/ 2,000. Sobre ese monto aplicas la rebaja de la gradualidad.
Con una rebaja del 95%, esos S/ 2,000 quedan en S/ 100. Como la multa nunca baja del mínimo legal, verifica que el resultado no sea inferior al 5% de la UIT según el caso. Para simular montos y rebajas, apóyate en la calculadora de multas SUNAT.
Un detalle importante: la multa del 178.1 se calcula sobre el tributo omitido, no sobre tus ingresos totales ni sobre la UIT completa. Por eso, mientras más pequeño sea el monto que dejaste de declarar, más pequeña es la multa base. Y como la gradualidad se aplica sobre esa base ya reducida, subsanar temprano un error menor puede dejar la sanción en el mínimo legal. Revisa siempre el importe exacto antes de pagar, porque un cálculo mal hecho por SUNAT es una de las razones más frecuentes para reclamar.
Tabla de gradualidad: cuánto bajas según cuándo subsanas
El Régimen de Gradualidad de la Resolución 180-2012/SUNAT premia la subsanación temprana. Cuanto antes rectifiques y pagues, mayor es el descuento:
| Momento en que subsanas y pagas | Rebaja |
|---|---|
| Voluntariamente, antes de cualquier notificación | 95% |
| Tras requerimiento, con pago de la multa | 70% |
| Antes del plazo del Art. 75, sin pago completo | 60% |
| Con reclamación pero cancelando la deuda | 40% |
Por eso conviene revisar tus declaraciones y corregir antes de que SUNAT toque tu puerta. La guía de multas frecuentes de SUNAT y cómo evitarlas te ayuda a detectar los errores que más gatillan la infracción 178.1.
Paso a paso para rebajar la multa al 95%
- Rectifica. Presenta la declaración rectificatoria con las cifras correctas.
- Calcula la multa rebajada. Aplica el 95% de descuento sobre el 50% del tributo omitido.
- Paga. Cancela la multa rebajada usando el código de multa correspondiente.
- Paga también el tributo omitido y sus intereses, si aún está pendiente.
- Guarda las constancias. Rectificatoria y boletas de pago sustentan el acogimiento a la gradualidad.
Si prefieres formalizar el acogimiento con un escrito, usa la solicitud de acogimiento al régimen de incentivos para rebaja de multa tributaria.
Qué hacer si SUNAT te niega la gradualidad
A veces SUNAT emite la resolución de multa sin reconocer la rebaja, o la calcula sobre una base equivocada. No la pagues completa sin revisar. Si la resolución aún no fue notificada formalmente, presenta el descargo a la resolución de multa de SUNAT. Si ya te la notificaron, tienes 20 días hábiles para presentar el recurso de reclamación contra la multa del Art. 178.1 sin pago previo.
En el reclamo demuestras que subsanaste a tiempo y adjuntas la rectificatoria y el pago. Para redactar bien el escrito, revisa la guía de cómo reclamar una multa de SUNAT paso a paso.
Ejemplo práctico: de S/ 2,000 a S/ 100
Veamos el cálculo con números. Supón que omitiste declarar S/ 4,000 de IGV. La multa base del Art. 178.1 es el 50% del tributo omitido, es decir S/ 2,000. Si detectas el error antes de que SUNAT te notifique, rectificas y pagas, aplicas la rebaja del 95% del Régimen de Gradualidad: la multa queda en S/ 100. La diferencia entre actuar a tiempo y no hacerlo es enorme.
Ahora compáralo con dejarlo pasar. Si SUNAT te fiscaliza y recién ahí subsanas, la rebaja baja al 70%: la misma multa quedaría en S/ 600. Y si no subsanas ni pagas, terminas con los S/ 2,000 completos más los intereses moratorios que corren día a día sobre el tributo omitido. Además, recuerda que también debes cancelar el propio IGV omitido, no solo la multa.
La moraleja es clara: revisar tus declaraciones y corregir de forma voluntaria puede significar pagar el 5% de lo que pagarías si esperas a que te descubran. Para calcular tu caso concreto usa la calculadora de multas SUNAT, y si ya te notificaron una multa mal calculada, no la pagues sin evaluar el recurso de reclamación del Art. 178.1.
Preguntas frecuentes
¿La rebaja del 95% aplica siempre?
Solo cuando subsanas voluntariamente (rectificas) y pagas la multa rebajada antes de que SUNAT te notifique un requerimiento. Si ya te fiscalizan, la rebaja baja a 70%, 60% o 40% según el momento y las condiciones de pago.
¿Cuánto es el mínimo de la multa 178.1?
El 5% de la UIT, es decir S/ 275 en 2026 con una UIT de S/ 5,500. La multa base es el 50% del tributo omitido, pero no puede quedar por debajo de ese mínimo legal.
¿Puedo reclamar la multa sin pagarla primero?
Sí. El recurso de reclamación contra la resolución de multa se presenta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación sin necesidad de pago previo. Si dejas pasar ese plazo, sí te exigirán pagar para reclamar.
¿Rectificar sirve aunque ya me hayan notificado?
Sí, pero la rebaja es menor. Rectificar tras la notificación te da la gradualidad inducida (70% o menos). Rectificar antes de cualquier aviso de SUNAT es lo que te asegura el 95%.
Modelos relacionados (descarga gratis)
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