Régimen de visitas incumplido: qué hacer en Perú
Publicado el 2026-06-07 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma | Ley 27337 (Código de Niños y Adolescentes) |
| Apremios | Multas y advertencias judiciales |
| Consecuencia grave | Variación de tenencia |
| Clave | Documentar cada incumplimiento |
Lo primero: documenta el incumplimiento
Una sentencia o acta de conciliación de visitas es un título que se hace cumplir. Pero el juez actúa con pruebas. Cada vez que te impidan ver a tu hijo, deja constancia: mensajes, audios, una constatación policial o notarial, testigos. Sin pruebas, tu reclamo se vuelve tu palabra contra la del otro padre.
Apremios que puede ordenar el juez
El Código de los Niños y Adolescentes dispone que el incumplimiento del régimen de visitas establecido judicialmente da lugar a los apremios de ley. El juez puede ordenar:
- Multas progresivas contra quien obstruye.
- Advertencias y requerimientos judiciales.
- Visitas supervisadas en un centro especializado o con un tercero de confianza.
Cuando la obstrucción es reiterada: variación de tenencia
La norma es contundente: en caso de resistencia, el incumplimiento puede originar la variación de la tenencia. Si el padre a cargo bloquea sistemáticamente el vínculo, puedes demandar que el hijo pase a vivir contigo. Es la consecuencia más fuerte y el juez la aplica pensando en el derecho del niño a relacionarse con ambos padres.
Revisa la guía de variación de tenencia para entender el proceso.
Cómo presentar el reclamo
El pedido se presenta en el mismo expediente donde se fijó el régimen de visitas, solicitando al juez que requiera el cumplimiento bajo apercibimiento. Puedes apoyarte en el modelo de Demanda de Ampliación de Régimen de Visitas si además buscas más tiempo con tu hijo, o en el Acuerdo Extrajudicial de Régimen de Visitas para formalizar una solución conciliada.
La alienación parental y el interés del niño
Cuando un padre intenta poner al hijo en contra del otro, hablamos de obstrucción del vínculo. Los jueces son cada vez más sensibles a este daño. El eje sigue siendo el interés superior del niño: el menor tiene derecho a mantener contacto con ambos progenitores, y negárselo perjudica su desarrollo emocional.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si la madre o el padre me niega ver a mi hijo?
Documenta cada negativa y pide al juez del expediente que requiera el cumplimiento bajo apremios. La reiteración puede llevar a multas y, en casos graves, a variar la tenencia.
¿Puedo llamar a la policía si me niegan la visita?
Puedes pedir una constatación policial para dejar constancia del hecho, lo que sirve de prueba. La policía no ejecuta la entrega del menor, pero el documento respalda tu reclamo judicial.
¿El incumplimiento puede cambiar la tenencia?
Sí. El Código de Niños y Adolescentes prevé que la resistencia a cumplir las visitas puede originar la variación de la tenencia a favor del padre afectado.
¿Qué son las visitas supervisadas?
Son visitas que se realizan en un centro especializado o ante un tercero de confianza, ordenadas por el juez cuando hay conflicto o riesgo, para garantizar el contacto del niño con el padre.
¿Sirve tener solo un acuerdo verbal de visitas?
Es muy débil. Conviene formalizar el régimen por acta de conciliación o sentencia, porque solo así puedes exigir apremios ante el incumplimiento.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Demanda de Ampliación de Régimen de Visitas
Demanda para establecer o modificar el régimen de visitas del padre/madre no custodio. Art. 88 del Código de los Niños y Adolescentes.
FamiliaAcuerdo Extrajudicial de Régimen de Visitas
Acuerdo entre padres para fijar el régimen de visitas del padre que no tiene la tenencia, respetando el interés superior del niño. Base legal: Art. 88 del Código de los Niños y Adolescentes.
FamiliaDemanda de Variación de Tenencia
Demanda para variar la tenencia de un menor cuando el tenedor incumple el régimen de visitas o daña el vínculo con el otro progenitor. Base legal: Art. 82 del Código de los Niños y Adolescentes (modificado por Ley 31590).