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Laboral

Carta de Aceptación de Renuncia con Liquidación de Beneficios Sociales

Carta del empleador que acepta la renuncia del trabajador y comunica la liquidación de beneficios sociales, conforme al D.S. 003-97-TR y el D.S. 001-97-TR sobre CTS.

Actualizado al 21 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA Y LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES

[CIUDAD], [FECHA]

Señor(a)
[NOMBRE_TRABAJADOR]
DNI [DNI_TRABAJADOR]
[DIRECCION_TRABAJADOR]

Ref.: Aceptación de renuncia presentada el [FECHA_RENUNCIA]

De nuestra consideración:

Por medio de la presente, [NOMBRE_EMPLEADOR], con RUC [RUC_EMPLEADOR], en respuesta a la carta de renuncia que usted presentó el [FECHA_RENUNCIA] al cargo de [CARGO], le comunica lo siguiente:

PRIMERO: Aceptamos su renuncia voluntaria, la cual surte efecto a partir del [FECHA_CESE]. En consecuencia, su vínculo laboral con la empresa queda extinguido en dicha fecha.

SEGUNDO: [OPCION_PREAVISO: Le concedemos la exoneración del plazo de preaviso de 30 días que solicitó / Le agradecemos el cumplimiento del plazo de preaviso establecido], conforme al artículo 18 del D.S. 003-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

TERCERO: Procederemos con la liquidación de sus beneficios sociales, según el siguiente detalle referencial:

1. Compensación por tiempo de servicios (CTS): S/ [MONTO_CTS].
2. Gratificación trunca: S/ [MONTO_GRATIFICACION].
3. Vacaciones truncas: S/ [MONTO_VACACIONES].
4. Remuneraciones pendientes: S/ [MONTO_REMUNERACIONES].
5. Total a liquidar: S/ [MONTO_TOTAL_LIQUIDACION].

CUARTO: El depósito de la compensación por tiempo de servicios y su liquidación se efectúan conforme al D.S. 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

QUINTO: El pago de la liquidación se realizará el [FECHA_PAGO_LIQUIDACION] mediante [MEDIO_PAGO: depósito en cuenta / cheque]. Asimismo, pondremos a su disposición el certificado de trabajo correspondiente.

SEXTO: Le solicitamos coordinar la entrega de los bienes y documentos de la empresa que estuvieran bajo su responsabilidad antes de la fecha de cese.

Agradecemos los servicios prestados y le deseamos éxitos en sus futuros proyectos.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
[CARGO_REPRESENTANTE]
[NOMBRE_EMPLEADOR]

Recibí conforme:

_______________________________
[NOMBRE_TRABAJADOR]
DNI [DNI_TRABAJADOR]

Esta carta es la respuesta del empleador cuando un trabajador presenta su renuncia. Sirve para aceptar formalmente la baja, confirmar la fecha de cese y comunicar el detalle de la liquidacion de beneficios sociales que se pagara. Es un documento que protege a ambas partes: al trabajador le da certeza de su ultimo dia y de lo que cobrara, y al empleador le sirve de constancia de que cumplio con liquidar dentro del plazo legal. En el regimen privado, la renuncia se rige por el articulo 18 del Decreto Supremo 003-97-TR (LPCL), que exige al trabajador dar aviso con treinta dias de anticipacion, salvo exoneracion del empleador.

Cuando usar este modelo

Usala cuando recibes la carta de renuncia de un trabajador y quieres dejar por escrito la aceptacion, la fecha efectiva de cese y el desglose de su liquidacion. Tambien sirve cuando exoneras al trabajador del plazo de preaviso de treinta dias y necesitas que conste el acuerdo.

Base legal vigente

La renuncia y el preaviso de treinta dias estan en el articulo 18 de la LPCL (D.S. 003-97-TR). El pago de la liquidacion debe realizarse dentro de las cuarenta y ocho horas de producido el cese, segun el articulo 3 del Decreto Supremo 001-97-TR (Ley de CTS). La compensacion por tiempo de servicios se calcula conforme al D.S. 001-97-TR, y las vacaciones truncas conforme al Decreto Legislativo 713. Las gratificaciones truncas se rigen por la Ley 27735.

Que debe incluir la liquidacion

  • CTS trunca del periodo no depositado.
  • Vacaciones truncas o no gozadas, mas el record vacacional acumulado.
  • Gratificacion trunca proporcional al semestre (Fiestas Patrias o Navidad).
  • Remuneracion pendiente de los dias efectivamente trabajados en el mes de cese.
  • Cualquier concepto remunerativo adicional pactado (comisiones, asignacion familiar).

Errores comunes

  • Pagar fuera de las cuarenta y ocho horas, lo que puede generar intereses y multa de SUNAFIL.
  • Omitir la asignacion familiar trunca cuando el trabajador tenia hijos a cargo.
  • Aceptar la renuncia condicionandola a la firma de un finiquito que renuncia a derechos: esa renuncia es invalida porque los derechos laborales son irrenunciables (articulo 26 inciso 2 de la Constitucion).

Preguntas frecuentes

El trabajador puede irse antes de los treinta dias

Si el empleador acepta exonerarlo del plazo, el cese es inmediato. Si el empleador no responde la solicitud de exoneracion en tres dias, se entiende aceptada (articulo 18 LPCL).

La carta de aceptacion reemplaza a la hoja de liquidacion

No del todo. Conviene adjuntar la hoja de liquidacion detallada con cada concepto y monto. La carta comunica y confirma; la hoja sustenta el calculo.

Que pasa si el trabajador no cobra su liquidacion

El empleador debe consignar el monto judicialmente o mantenerlo a disposicion. La obligacion de pagar dentro de plazo se cumple poniendo el dinero a disposicion, aunque el trabajador demore en cobrar.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de aceptación de renuncia con liquidación de beneficios sociales

¿El modelo de carta de aceptación de renuncia con liquidación de beneficios sociales es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-aceptacion-de-renuncia-con-liquidacion-de-beneficios-sociales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta de aceptación de renuncia con liquidación de beneficios sociales sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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