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Civil

Carta de Constitución en Mora del Acreedor

Carta para constituir en mora al acreedor que rehúsa recibir el pago sin motivo legítimo, conforme al Art. 1338 del Código Civil. Traslada el riesgo y libera al deudor. Word editable.

Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA DE CONSTITUCIÓN EN MORA DEL ACREEDOR

[CIUDAD], [FECHA]

Señor(a)
[NOMBRE_ACREEDOR]
[DOMICILIO_ACREEDOR]
Presente.

De mi consideración.

Yo, [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEUDOR], en mi condición de deudor de la obligación que detallo, me dirijo a usted para CONSTITUIRLO EN MORA en su calidad de acreedor.

PRIMERO. ANTECEDENTES. Mantengo con usted la obligación de pagar la suma de S/ [MONTO_OBLIGACION] por concepto de [CONCEPTO_OBLIGACION], cuyo vencimiento operó el [FECHA_VENCIMIENTO].

SEGUNDO. OFRECIMIENTO DE PAGO. Con fecha [FECHA_OFRECIMIENTO] le ofrecí el pago íntegro de la prestación en [LUGAR_OFRECIMIENTO]. No obstante, usted se negó a recibirla sin invocar motivo legítimo, configurando la conducta descrita en [DESCRIPCION_NEGATIVA].

TERCERO. BASE LEGAL. El Art. 1338 del Código Civil dispone que el acreedor incurre en mora cuando sin motivo legítimo se niega a aceptar la prestación ofrecida o no cumple con practicar los actos necesarios para que se pueda ejecutar la obligación.

CUARTO. EFECTOS. A partir de la presente queda usted constituido en mora. En consecuencia, conforme al Art. 1340 del Código Civil, asume el riesgo por la imposibilidad de cumplimiento no imputable a mí y debe indemnizar los daños y perjuicios derivados de su mora.

QUINTO. APERCIBIMIENTO. De persistir su negativa, procederé a efectuar el ofrecimiento de pago y consignación judicial conforme a los Arts. 1251 y siguientes del Código Civil, con reserva de las acciones que la ley me franquea.

Reitero mi voluntad de cumplir y quedo a la espera de la fecha y lugar en que usted pueda recibir el pago.

Atentamente.


____________________
[NOMBRE_DEUDOR]
DNI [DNI_DEUDOR]

Sobre este modelo de carta de constitución en mora del acreedor

Este modelo pertenece al área de Derecho Civil. Demandas civiles, obligaciones, contratos civiles, sucesiones y procesos civiles peruanos (CPC, D.Leg. 768).

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de constitución en mora del acreedor

¿Qué vía procesal corresponde según la cuantía en Perú?

En proceso sumarísimo (más rápido) van pretensiones hasta 100 URP y los casos del Art. 546 CPC. En proceso abreviado, hasta 1,000 URP. En proceso de conocimiento, las pretensiones por encima de 1,000 URP o sin cuantía determinable. La URP 2026 equivale al 10% de la UIT (S/ 535).

¿Cuánto pago de tasa judicial para presentar una demanda civil?

La tasa se calcula en URP según la cuantía y el tipo de acto procesal (escala publicada por el Poder Judicial cada año). Para procesos de alimentos no se paga tasa (Art. 562 CPC). Si demuestras escasos recursos puedes pedir auxilio judicial bajo el Art. 179 CPC y queda exonerado del pago.

¿El modelo de carta de constitución en mora del acreedor es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-constitucion-en-mora-del-acreedor/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta de constitución en mora del acreedor sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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