Ir al contenido principal
Civil

Escritura de Constitución de Hipoteca

Minuta para escritura pública de constitución de hipoteca sobre bien inmueble. Art. 1097 al 1122 CC.

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Compartir

El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

MINUTA DE CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA

Señor Notario:

Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de constitución de hipoteca, que celebran de una parte:

ACREEDOR HIPOTECARIO: [NOMBRE/RAZÓN_SOCIAL_ACREEDOR], con DNI/RUC N.° [DNI_RUC], con domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR], en adelante "EL ACREEDOR".

CONSTITUYENTE / DEUDOR HIPOTECARIO: [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI N.° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEUDOR], estado civil [ESTADO_CIVIL], en adelante "EL CONSTITUYENTE".

En los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: OBLIGACIÓN GARANTIZADA
La hipoteca se constituye para garantizar la obligación de pago de la suma de S/ [MONTO] (Son: [MONTO_LETRAS] Soles) que el Constituyente adeuda al Acreedor por concepto de [PRÉSTAMO / LÍNEA DE CRÉDITO / SALDO DE PRECIO DE COMPRAVENTA / OTRAS OBLIGACIONES], según consta en [CONTRATO DE PRÉSTAMO / PAGARÉ / OTRO DOCUMENTO] de fecha [FECHA], que se adjunta a la presente minuta.

La hipoteca garantiza:
- El capital adeudado: S/ [CAPITAL]
- Los intereses compensatorios a la tasa de [N°]% [mensual/anual]
- Los intereses moratorios a la tasa de [N°]% [mensual/anual]
- Las costas y costos del proceso de ejecución, de ser el caso
- MONTO TOTAL GARANTIZADO: S/ [MONTO_TOTAL_GARANTIZADO]

SEGUNDA: BIEN HIPOTECADO
El Constituyente constituye hipoteca sobre el bien inmueble de su propiedad, consistente en:
- Descripción: [CASA / DEPARTAMENTO / TERRENO / LOCAL COMERCIAL]
- Dirección: [DIRECCIÓN COMPLETA]
- Área: [N°] m² [Área techada: N° m² / Área del terreno: N° m²]
- Partida Registral N.°: [N°_PARTIDA] del Registro de Predios de [CIUDAD]
- Valor del inmueble: S/ [VALOR_INMUEBLE]

TERCERA: RANGO DE LA HIPOTECA
La presente hipoteca se constituye en [PRIMER / SEGUNDO] rango, habiendo [no existiendo] hipoteca(s) de rango preferente.

CUARTA: OBLIGACIONES DEL CONSTITUYENTE
El Constituyente se obliga a:
a) Conservar el bien hipotecado en buen estado.
b) No gravar nuevamente el bien sin autorización del Acreedor.
c) Asegurar el bien contra incendio y daños, designando al Acreedor como beneficiario.
d) Pagar oportunamente los tributos que graven el bien.
e) No realizar actos que disminuyan el valor del bien.

QUINTA: EJECUCIÓN
En caso de incumplimiento, el Acreedor podrá ejecutar la hipoteca conforme al Art. 720 del Código Procesal Civil, procediendo al remate del bien para satisfacer la obligación garantizada.

SEXTA: EXTINCIÓN
La hipoteca se extingue por el pago íntegro de la obligación garantizada, pudiendo el Constituyente solicitar la cancelación registral de la hipoteca mediante la sola presentación del documento que acredite el pago total.

SÉPTIMA: INSCRIPCIÓN REGISTRAL
La presente hipoteca se inscribirá en la Partida Registral N.° [PARTIDA] del Registro de Predios de [CIUDAD], a cargo del Acreedor, siendo los gastos registrales de su cuenta.

Es todo cuanto se estipula, firmándose en la ciudad de [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

___________________________         ___________________________
EL ACREEDOR                         EL CONSTITUYENTE
[NOMBRE]                            [NOMBRE_DEUDOR]
DNI/RUC: [DNI_RUC]                  DNI: [DNI_DEUDOR]

La escritura de constitución de hipoteca es el documento por el cual el propietario de un inmueble lo afecta en garantía del cumplimiento de una obligación, sin desprenderse de la posesión, para que el acreedor pueda cobrarse con su valor si la deuda no se paga. Es la garantía real más usada en créditos de monto importante.

Cuándo usar este modelo

Úsala cuando vas a garantizar un préstamo, un crédito o cualquier obligación con un inmueble, sea tuyo o de un tercero garante. El propietario conserva el uso del bien, pero queda gravado, si la obligación no se cumple, el acreedor puede ejecutar la hipoteca y rematar el inmueble para cobrarse con preferencia. Es la garantía típica de créditos bancarios, préstamos entre particulares y financiamientos empresariales.

Base legal vigente 2026

El artículo 1097 del Código Civil define la hipoteca, afecta un inmueble en garantía del cumplimiento de cualquier obligación, propia o de un tercero, y otorga al acreedor los derechos de persecución, preferencia y venta judicial del bien, sin desposesión del constituyente. El artículo 1098 CC exige que la hipoteca se constituya por escritura pública, salvo disposición distinta de la ley. El artículo 1099 CC fija sus requisitos de validez, que afecte un bien del constituyente o de quien esté autorizado, que asegure una obligación determinada o determinable, y que el gravamen sea de cantidad determinada o determinable y se inscriba en el registro. La ejecución se rige por los artículos 720 y siguientes del Código Procesal Civil.

Cómo rellenarla bien

Identifica al constituyente (dueño del bien), al acreedor y la obligación garantizada con su monto. Describe el inmueble con su partida registral exacta. Fija el monto del gravamen (la suma hasta la que responde el inmueble), requisito de validez del artículo 1099 CC. Conviene incluir reglas sobre rango, intereses, gastos y la forma de ejecución. Recuerda que la hipoteca solo surte plenos efectos frente a terceros con su inscripción en SUNARP, por lo que tras la escritura debes inscribirla. Si el bien es de un tercero, su autorización debe ser expresa.

Errores comunes

  • No fijar el monto del gravamen. Sin cantidad determinada o determinable, la hipoteca es inválida (artículo 1099 CC).
  • No inscribirla en SUNARP. La hipoteca despliega su eficacia y preferencia con la inscripción.
  • Describir mal el inmueble o usar una partida equivocada, lo que impide la inscripción.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo el uso del inmueble? No, la hipoteca es sin desposesión, sigues usando el bien. ¿Es obligatoria la escritura pública? Sí, el artículo 1098 CC exige escritura pública, salvo norma especial. ¿Cuándo surte efectos frente a terceros? Con su inscripción en el registro.

Publicidad

Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura de constitución de hipoteca

¿El modelo de escritura de constitución de hipoteca es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-de-constitucion-de-hipoteca/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escritura de constitución de hipoteca sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Publicidad

Modelos relacionados

Ver los 280 modelos de Derecho Civil →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras