Carta de Reconocimiento de Deuda entre Particulares
Carta de reconocimiento de deuda entre particulares para formalizar un préstamo verbal, con cronograma de pago, intereses y mora. Sustentada en los artículos 1205, 1333 y 1354 del Código Civil y en el artículo 688 del Código Procesal Civil. Word editable.
Actualizado al 8 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA
Lima, [FECHA]
Conste por el presente documento el RECONOCIMIENTO DE DEUDA que celebran:
De una parte, [NOMBRE_DEUDOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR], a quien en adelante se le denominará EL DEUDOR.
Y de la otra parte, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DIRECCION_ACREEDOR], a quien en adelante se le denominará EL ACREEDOR.
En los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
EL ACREEDOR entregó en calidad de préstamo a EL DEUDOR la suma de S/ [MONTO] ([MONTO_LETRAS]) el día [FECHA_PRESTAMO], operación que hasta la fecha no ha sido cancelada.
SEGUNDO: RECONOCIMIENTO
EL DEUDOR reconoce de manera libre, expresa e irrevocable adeudar a EL ACREEDOR la suma de S/ [MONTO] ([MONTO_LETRAS]), obligación que asume al amparo de la libertad de contratar reconocida por el artículo 1354 del Código Civil y del artículo 1205 del mismo cuerpo legal.
TERCERO: FORMA DE PAGO
EL DEUDOR se compromete a cancelar la deuda en [NUMERO] cuotas mensuales de S/ [MONTO_CUOTA] cada una, con vencimiento el día [DIA] de cada mes, siendo la primera cuota el [FECHA_PRIMERA_CUOTA].
CUARTO: INTERESES Y MORA
Las partes acuerdan un interés compensatorio de [TASA] % mensual. En caso de incumplimiento, EL DEUDOR incurrirá automáticamente en mora conforme al artículo 1333 del Código Civil, devengándose el interés moratorio pactado sin necesidad de requerimiento previo, respetando la tasa máxima fijada por el Banco Central de Reserva.
QUINTO: RESOLUCIÓN Y EXIGIBILIDAD
El incumplimiento de dos cuotas consecutivas dará derecho a EL ACREEDOR a dar por vencidos todos los plazos y exigir el íntegro de la deuda. Las partes acuerdan legalizar sus firmas ante notario a fin de que el presente documento constituya título ejecutivo conforme al artículo 688 del Código Procesal Civil.
SEXTO: DOMICILIO
Las partes señalan como domicilio los indicados en la introducción, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones.
En señal de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento por duplicado.
_______________________ _______________________
EL DEUDOR EL ACREEDOR
DNI N.° [DNI_DEUDOR] DNI N.° [DNI_ACREEDOR]
Cuándo usar este modelo
Usa esta carta cuando prestaste dinero a un familiar, amigo o conocido sin firmar ningún papel y necesitas dejar constancia escrita de la deuda. El reconocimiento se sustenta en la libertad de contratar del artículo 1354 del Código Civil y, si legalizas las firmas ante notario, el documento puede servir como título ejecutivo conforme al artículo 688 del Código Procesal Civil, lo que te permite cobrar en un proceso rápido si el deudor no paga.
Qué datos necesitas
- Nombres completos, DNI y domicilio del deudor y del acreedor.
- Monto exacto de la deuda, en números y en letras.
- Fecha en que se entregó el préstamo.
- Cronograma de pago: número de cuotas, montos y fechas de vencimiento.
- Tasa de interés compensatorio y moratorio, si se pactó.
Paso a paso
- Completa los datos de ambas partes y el monto adeudado.
- Define la forma de pago: al contado o en cuotas con fechas claras.
- Pacta los intereses respetando la tasa máxima que fija el Banco Central de Reserva.
- Imprime dos ejemplares, uno para cada parte.
- Acude con el deudor a una notaría a legalizar las firmas para reforzar su valor probatorio.
- Conserva tu ejemplar y los comprobantes de cada pago que recibas.
Errores comunes
- No legalizar las firmas ante notario, lo que le resta fuerza como título ejecutivo.
- Omitir el cronograma de pago y las fechas de vencimiento.
- Pactar intereses por encima de la tasa máxima del Banco Central de Reserva, inexigibles en el exceso.
- No indicar el domicilio de las partes para las notificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Necesito la firma de un abogado? No es obligatoria para el documento, pero conviene legalizar las firmas ante notario para poder ejecutarlo judicialmente con mayor facilidad.
¿Qué pasa si el deudor no paga? Si las firmas están legalizadas, puedes iniciar un proceso único de ejecución al amparo del artículo 688 del Código Procesal Civil, más rápido que un proceso de conocimiento.
¿Puedo cobrar intereses? Sí, pero no pueden superar la tasa máxima de interés convencional que fija el Banco Central de Reserva; el exceso no es exigible.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de reconocimiento de deuda entre particulares
¿El modelo de carta de reconocimiento de deuda entre particulares es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-reconocimiento-de-deuda-entre-particulares/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta de reconocimiento de deuda entre particulares sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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