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Civil

Convenio de Pago de Deuda en Cuotas entre Particulares

Convenio de pago de deuda en cuotas entre particulares con reconocimiento de deuda, cronograma de cuotas, intereses, garantías y cláusula de aceleración por incumplimiento conforme al Código Civil.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONVENIO DE PAGO DE DEUDA EN CUOTAS

Conste por el presente documento el convenio de reconocimiento y pago de deuda en cuotas que celebran de una parte EL ACREEDOR, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado con DNI N.° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DIRECCION_ACREEDOR]; y de la otra parte EL DEUDOR, [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI N.° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR]; en los términos siguientes:

PRIMERA: RECONOCIMIENTO DE DEUDA
EL DEUDOR reconoce adeudar a EL ACREEDOR la suma total de S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_LETRAS] soles), monto que tiene su origen en [ORIGEN_DEUDA] (por ejemplo, un préstamo de dinero, un saldo de precio de compraventa o un servicio prestado no pagado), obligación que EL DEUDOR acepta como cierta, líquida y exigible.

SEGUNDA: FORMA DE PAGO EN CUOTAS
Ambas partes acuerdan que EL DEUDOR pagará la deuda reconocida en [NUMERO_CUOTAS] cuotas mensuales, iguales y consecutivas de S/ [MONTO_CUOTA] cada una, conforme al siguiente cronograma: la primera cuota vencerá el día [FECHA_PRIMERA_CUOTA] y las siguientes el día [DIA_VENCIMIENTO] de cada mes, hasta la cancelación total. Los pagos se efectuarán mediante [MEDIO_PAGO] (depósito o transferencia a la cuenta [DATOS_CUENTA]).

TERCERA: INTERESES
Las partes pactan que sobre el saldo deudor se aplicará un interés compensatorio de [TASA_INTERES] por ciento [PERIODO]. En caso de mora, se aplicará adicionalmente el interés moratorio máximo permitido, conforme a los artículos 1242 y 1246 del Código Civil y a las tasas máximas fijadas por el Banco Central de Reserva del Perú.

CUARTA: IMPUTACIÓN Y CONSTANCIA
Cada pago se imputará conforme al artículo 1257 del Código Civil, primero a los intereses y luego al capital. EL ACREEDOR entregará constancia o recibo de cada cuota pagada.

QUINTA: INCUMPLIMIENTO Y ACELERACIÓN
El incumplimiento en el pago de [NUMERO_CUOTAS_MORA] cuotas, sean o no consecutivas, dará derecho a EL ACREEDOR a dar por vencidos todos los plazos y a exigir el pago inmediato del íntegro del saldo pendiente, más los intereses devengados, quedando expedita la vía judicial para su cobro.

SEXTA: GARANTÍA
En garantía del cumplimiento, EL DEUDOR ofrece [GARANTIA] (por ejemplo, una letra de cambio aceptada, la fianza personal de [NOMBRE_FIADOR] o una garantía sobre el bien [DESCRIPCION_BIEN]).

SÉTIMA: BASE LEGAL
El presente convenio se rige por los artículos 1205, sobre reconocimiento de obligación, 1220, 1242, 1257 y 1333 del Código Civil (Decreto Legislativo N.° 295).

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente convenio por duplicado en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO_FIRMA].


_______________________________          _______________________________
        EL ACREEDOR                                 EL DEUDOR
DNI N.° [DNI_ACREEDOR]                    DNI N.° [DNI_DEUDOR]
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Cuándo usar este modelo

Usa este convenio cuando un deudor y un acreedor quieren ordenar una deuda pendiente en cuotas para evitar un juicio de cobranza. Sirve tanto para préstamos como para saldos de compra o servicios impagos. Se sustenta en el artículo 1205 del Código Civil sobre reconocimiento de la obligación y en los artículos 1242 y siguientes sobre intereses. Dejar el cronograma por escrito protege a ambas partes.

Qué datos necesitas

  • Datos y DNI del acreedor y del deudor.
  • El monto total de la deuda y su origen.
  • El número de cuotas, el monto de cada una y las fechas de vencimiento.
  • La tasa de interés compensatorio y moratorio pactada.
  • Las garantías ofrecidas y la cuenta para los pagos.

Paso a paso

  1. Acuerden el monto total reconocido de la deuda.
  2. Definan el número de cuotas y las fechas de pago.
  3. Pacten los intereses dentro de los topes del BCRP.
  4. Incluyan la cláusula de aceleración por incumplimiento.
  5. Firmen dos ejemplares y, de preferencia, legalicen las firmas.

Errores comunes

  • No fijar un cronograma claro con fechas y montos exactos.
  • Pactar intereses por encima de los topes del Banco Central de Reserva.
  • Olvidar la cláusula de aceleración que da fuerza al cobro.
  • No entregar recibo o constancia de cada cuota pagada.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la cláusula de aceleración? Es la que permite al acreedor dar por vencidas todas las cuotas y exigir el saldo total si el deudor deja de pagar cierto número de ellas.

¿Puedo cobrar intereses? Sí, pero dentro de las tasas máximas de interés convencional que fija el Banco Central de Reserva del Perú, conforme al artículo 1243 del Código Civil.

¿Conviene legalizar las firmas? Sí, la legalización notarial da fecha cierta y facilita el cobro judicial si el deudor incumple.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de pago de deuda en cuotas entre particulares

¿El modelo de convenio de pago de deuda en cuotas entre particulares es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-pago-de-deuda-en-cuotas-entre-particulares/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de convenio de pago de deuda en cuotas entre particulares sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

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