Reconocimiento de Deuda con Garantía
Documento por el que el deudor reconoce una obligación dineraria y la respalda con garantía mobiliaria o hipotecaria. Base legal: Art. 1205 y 1351 CC, Ley 28677 de Garantía Mobiliaria. Con firmas legalizadas adquiere mérito ejecutivo.
Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECONOCIMIENTO DE DEUDA CON GARANTÍA
Conste por el presente documento el reconocimiento de deuda con garantía que celebran:
EL DEUDOR: [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI N° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DIRECCION_DEUDOR].
EL ACREEDOR: [NOMBRE_ACREEDOR], identificado con DNI N° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DIRECCION_ACREEDOR].
En los términos siguientes:
PRIMERA. ORIGEN. El Deudor declara que adeuda al Acreedor la suma de S/ [MONTO_DEUDA] ([MONTO_LETRAS] soles), proveniente de [ORIGEN_DEUDA].
SEGUNDA. RECONOCIMIENTO. El Deudor reconoce de manera libre, expresa e irrevocable que la deuda es cierta, líquida y exigible, al amparo del artículo 1205 del Código Civil y del principio de fuerza vinculante del artículo 1351 del Código Civil.
TERCERA. PLAZO Y FORMA DE PAGO. El Deudor pagará la deuda en [NUMERO_CUOTAS] cuotas mensuales de S/ [MONTO_CUOTA], con vencimiento el día [DIA_VENCIMIENTO] de cada mes, mediante depósito en la cuenta N° [NUMERO_CUENTA].
CUARTA. GARANTÍA. En respaldo de la obligación, el Deudor constituye garantía sobre el bien [DESCRIPCION_BIEN], valorizado en S/ [VALOR_BIEN]. Tratándose de bien mueble, la garantía se rige por la Ley 28677 de la Garantía Mobiliaria y será inscrita en el registro respectivo. Tratándose de inmueble, se constituirá hipoteca conforme a los artículos 1097 y siguientes del Código Civil mediante escritura pública.
QUINTA. INTERESES Y MORA. En caso de mora se aplicará el interés legal del artículo 1242 del Código Civil. El incumplimiento de dos cuotas consecutivas faculta al Acreedor a dar por vencidas todas las cuotas conforme al artículo 1323 del Código Civil y a ejecutar la garantía.
SEXTA. MÉRITO EJECUTIVO. Las partes acuerdan que el presente documento, con firmas legalizadas notarialmente, constituye título que habilita la vía ejecutiva conforme al artículo 688 del Código Procesal Civil.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].
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EL DEUDOR EL ACREEDOR
DNI [DNI_DEUDOR] DNI [DNI_ACREEDOR]
Cuándo usar este modelo
Usa este documento cuando un deudor admite que te debe una suma y, además, respalda esa deuda con una garantía (hipoteca, garantía mobiliaria o fianza). El reconocimiento de deuda convierte una obligación discutible en una obligación clara y exigible, y al sumarle una garantía refuerza enormemente tu posición de cobro: si el deudor no paga, ejecutas el bien o exiges al fiador. Es ideal para deudas importantes de préstamos, saldos comerciales o cumplimiento de contratos donde quieres seguridad real, no solo una promesa.
Qué debe contener
- Datos de acreedor y deudor, y origen de la deuda.
- Monto exacto reconocido, separando capital e intereses.
- Cronograma de pago con fechas ciertas de vencimiento.
- La garantía: identificación del bien hipotecado o mobiliario, o los datos del fiador.
- Cláusula de aceleración: el incumplimiento de una cuota hace exigible todo el saldo.
- Firmas legalizadas o elevación a escritura pública para reforzar su mérito.
Efecto sobre la prescripción y el cobro
El reconocimiento de deuda interrumpe la prescripción (Art. 1996 inciso 1 CC): el plazo vuelve a correr desde cero. Esto es valioso cuando la deuda original está por prescribir. Si la garantía es una hipoteca o garantía mobiliaria inscrita, ante el incumplimiento puedes ir directamente al proceso de ejecución de garantías, mucho más rápido que un proceso de conocimiento. Si es una fianza, el fiador responde según lo pactado, sea simple o solidaria.
Base legal citada literal
- Art. 1205 CC: el reconocimiento de la obligación.
- Art. 1996 CC: interrupción de la prescripción por reconocimiento.
- Art. 1097 CC: hipoteca como garantía real.
- Art. 1868 CC: definición de la fianza.
Errores frecuentes
- Pactar una garantía hipotecaria sin inscribirla. Sin inscripción la hipoteca no surte efectos.
- No legalizar firmas ni elevar a escritura pública, debilitando el mérito del documento.
- Omitir la cláusula de aceleración, obligándote a cobrar cuota por cuota.
Preguntas frecuentes
¿La garantía debe inscribirse? La hipoteca y la garantía mobiliaria deben inscribirse para ser oponibles y ejecutables con preferencia. ¿Y si solo hay fianza? Puedes exigir al fiador, idealmente pactado como fiador solidario.
Documentos relacionados
Para la versión sin garantía usa el reconocimiento de deuda con compromiso de pago. Si el deudor no paga y la garantía es hipotecaria, ejecuta con la demanda de ejecución de garantías hipotecarias.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reconocimiento de deuda con garantía
¿El modelo de reconocimiento de deuda con garantía es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reconocimiento-de-deuda-con-garantia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reconocimiento de deuda con garantía sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Reconocimiento de Deuda con Constitución de Garantía Mobiliaria
Contrato en el que el deudor reconoce una deuda y, para asegurar su pago, afecta un bien mueble en garantía a favor del acreedor, conforme al Código Civil y la normativa sobre garantía mobiliaria peruana.
Reconocimiento de Deuda con Compromiso de Pago
Documento por el cual el deudor reconoce una obligación dineraria y se compromete a pagarla. Base legal: Art. 1205 y 1351 CC. Sirve como prueba escrita de la deuda.
Carta de Reconocimiento de Deuda entre Particulares
Carta de reconocimiento de deuda entre particulares para formalizar un préstamo verbal, con cronograma de pago, intereses y mora. Sustentada en los artículos 1205, 1333 y 1354 del Código Civil y en el artículo 688 del Código Procesal Civil. Word editable.
Convenio de Reconocimiento de Deuda con Fraccionamiento y Confesión de Saldo
Convenio en el que el deudor reconoce el saldo exacto de una deuda y acuerda pagarlo en armadas, con cláusula de vencimiento anticipado, conforme al Código Civil peruano.
Demanda de Ejecución de Garantía de Anticresis
Demanda de ejecución del contrato de anticresis para el pago del crédito con los frutos y, en su defecto, el remate del inmueble entregado, conforme a los Arts. 1091 a 1096 del Código Civil.
Carta de Requerimiento de Devolución de Garantía de Alquiler
Carta para exigir al arrendador la devolución del depósito en garantía tras la entrega del inmueble, conforme al Art. 1681 del Código Civil y a lo pactado en el contrato.
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