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Cartas Notariales

Carta Notarial de Requerimiento de Indemnización por Daños y Perjuicios

Carta notarial para exigir el pago de una indemnización por un daño contractual o extracontractual. Describe el hecho, detalla el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral, y fija el monto y el plazo para pagar.

Edición registrada el 25 de octubre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos

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CARTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS

[CIUDAD], [FECHA]

Señor(a)
[NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_DESTINATARIO]
Dirección: [DIRECCION_DEL_DESTINATARIO]
Presente.-

Asunto: Requerimiento de pago de indemnización por daños y perjuicios

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DOMICILIO], me dirijo a usted por conducto notarial para exponerle lo siguiente:

I. HECHOS

1. Sobre la relación entre usted y yo, informo que [RELACION_ENTRE_LAS_PARTES].
2. El [FECHA_DEL_HECHO], en [LUGAR_DEL_HECHO], ocurrió lo siguiente: [DESCRIPCION_DEL_HECHO_DANOSO_O_DEL_INCUMPLIMIENTO].
3. Según consta en [DOCUMENTO_O_PRUEBA_DEL_HECHO], la causa de lo ocurrido es [CAUSA_ATRIBUIDA_AL_DESTINATARIO].
4. A la fecha, [SITUACION_ACTUAL_DEL_RECLAMO].

II. DAÑOS CAUSADOS

Como consecuencia de lo ocurrido, sufrí los siguientes daños, que sustento con los documentos que adjunto:

a) Daño emergente: S/ [MONTO_DEL_DANO_EMERGENTE], por [DETALLE_DEL_DANO_EMERGENTE].
b) Lucro cesante: S/ [MONTO_DEL_LUCRO_CESANTE], por [DETALLE_DEL_LUCRO_CESANTE].
c) Daño moral: S/ [MONTO_DEL_DANO_MORAL], por [DETALLE_DEL_DANO_MORAL].

Total reclamado: S/ [MONTO_TOTAL_RECLAMADO].

III. FUNDAMENTO

1. El artículo 1321 del Código Civil sujeta a indemnización de daños y perjuicios a quien no ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve, y precisa que el resarcimiento comprende el daño emergente y el lucro cesante, en cuanto sean consecuencia inmediata y directa de la inejecución. Según el artículo 1322, el daño moral también es susceptible de resarcimiento.
2. Si usted sostiene que entre nosotros no existía una obligación previa, considero que igualmente debe indemnizarme, porque el artículo 1969 obliga a indemnizar a quien por dolo o culpa causa un daño a otro. El artículo 1985 dispone que la indemnización comprende el lucro cesante, el daño a la persona y el daño moral, y que su monto devenga intereses legales desde la fecha en que se produjo el daño.
3. Formulo un requerimiento extrajudicial de indemnización. La regla general del artículo 1333 debe distinguirse del artículo 1334: si el monto requiere determinación judicial, la mora se produce desde la citación con la demanda, salvo el supuesto del artículo 1985. La suma reclamada expresa mi pretensión y no se presenta como una deuda reconocida por usted.

IV. REQUERIMIENTO

Por lo expuesto, le REQUIERO que en el plazo de [PLAZO_EN_DIAS] días calendario, contados desde la recepción de esta carta, me pague la suma de S/ [MONTO_TOTAL_RECLAMADO], más los intereses legales que correspondan, mediante depósito en la cuenta N.° [NUMERO_DE_CUENTA] del [NOMBRE_DEL_BANCO], a nombre de [TITULAR_DE_LA_CUENTA].

Si vencido ese plazo no cumple, acudiré a la vía que corresponda para reclamar la indemnización, con los intereses legales y los gastos que se generen.

Atentamente,



_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO]
DNI N.° [DNI]
Teléfono: [TELEFONO]
Correo electrónico: [CORREO_ELECTRONICO]

Adjunto:
1. Copia de mi DNI.
2. [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_LA_RELACION_ENTRE_LAS_PARTES].
3. [DOCUMENTOS_QUE_ACREDITAN_EL_HECHO_DANOSO].
4. [COMPROBANTES_Y_PRESUPUESTOS_DEL_DANO_EMERGENTE].
5. [DOCUMENTOS_QUE_SUSTENTAN_EL_LUCRO_CESANTE].
6. [INFORMES_O_CERTIFICADOS_QUE_SUSTENTAN_EL_DANO_MORAL].
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Para qué sirve

Alguien te causó un daño, sea porque incumplió un contrato o por un hecho sin contrato de por medio, y hasta ahora solo hubo promesas. Con este modelo de carta notarial de requerimiento de indemnización por daños y perjuicios pones por escrito qué pasó, cuánto reclamas por cada tipo de daño y en qué plazo debe pagar el responsable, antes de conciliar o demandar.

Este formato es general y cubre los daños que no encajan en una carta específica. Si el daño fue un choque o una negligencia médica, usa la carta propia de ese caso. El notario deja constancia de la entrega o de las circunstancias del diligenciamiento, conforme al artículo 100 del Decreto Legislativo N.° 1049.

Cuándo conviene usarlo

  • Un contrato no se cumplió y esa falla te causó pérdidas que puedes cuantificar.
  • Sufriste un daño por un hecho ajeno a cualquier contrato y sabes quién lo causó.
  • Ya reclamaste de palabra o por mensajes y el responsable no respondió.
  • Quieres dejar constancia con fecha de tu exigencia antes de conciliar o demandar.

Cómo llenarlo

  1. Al descargar en Word esta plantilla, identifica al destinatario con su nombre completo o razón social y con la dirección donde la recibirá. Confirma esa dirección antes de ir a la notaría.
  2. Cuenta los hechos con fecha, lugar y el documento que los prueba, y atribuye la causa solo a lo que consta. Un error frecuente es dar por probada la culpa del otro sin un documento que la respalde.
  3. Separa el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral, y pon junto a cada monto el documento que lo sustenta. Borra el concepto que no corresponda y corrige el total.
  4. Fija un plazo razonable para pagar y una cuenta a tu nombre. Evita el monto global sin desglose.
  5. Lleva a la notaría el original, una copia y los anexos, y guarda la copia con el cargo.
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Base legal

Cuando el daño nace de un contrato, el artículo 1321 del Código Civil sujeta a indemnización de daños y perjuicios a quien no ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve, y precisa que el resarcimiento comprende el daño emergente y el lucro cesante, en cuanto sean consecuencia inmediata y directa de la inejecución. El artículo 1322 agrega que el daño moral también se puede resarcir.

Cuando no hay contrato, el artículo 1969 obliga a indemnizar a quien causa un daño a otro por dolo o culpa, y deja al autor la carga de probar su descargo. El artículo 1985 dispone que la indemnización incluye el lucro cesante, el daño a la persona y el daño moral, y que su monto devenga intereses legales desde la fecha del daño. Sobre el valor de este envío, lee carta notarial en Perú: cuándo usarla y qué valor legal tiene.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se considera en mora a quien no paga?

El artículo 1333 contiene la regla general del requerimiento. Si el monto debe determinarse judicialmente, el artículo 1334 sitúa la mora en la citación con la demanda y exceptúa el supuesto del artículo 1985. La carta no convierte el monto reclamado en deuda reconocida.

¿Puedo reclamar daño moral junto con el daño patrimonial?

Sí. El artículo 1322 admite el resarcimiento del daño moral, y el artículo 1984 establece que se indemniza considerando su magnitud y el menoscabo producido a la víctima o a su familia. Describe la afectación y adjunta lo que la acredite.

¿Qué pasa si no puedo probar el monto exacto del daño?

Según el artículo 1332, si el resarcimiento no pudiera probarse en su monto preciso, lo fija el juez con valoración equitativa. Aun así, pide una cifra desglosada y con comprobantes.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de requerimiento de indemnización por daños y perjuicios

¿El modelo de carta notarial de requerimiento de indemnización por daños y perjuicios es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-requerimiento-de-indemnizacion-por-danos-y-perjuicios/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de requerimiento de indemnización por daños y perjuicios sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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