Carta Notarial de Requerimiento para Liquidar la Sociedad de Gananciales
Carta notarial por la que un ex cónyuge requiere al otro iniciar la liquidación de la sociedad de gananciales fenecida tras el divorcio, con inventario y partición de los bienes sociales, conforme a los artículos 318 y siguientes del Código Civil.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO PARA LIQUIDAR LA SOCIEDAD DE GANANCIALES [LUGAR], [FECHA] Señor(a): [NOMBRE_EX_CONYUGE] [DIRECCION_EX_CONYUGE] Presente.- De mi consideración: Me dirijo a usted a fin de REQUERIRLE FORMALMENTE dar inicio a la liquidación de la sociedad de gananciales que mantuvimos durante nuestro matrimonio, en los términos siguientes: PRIMERO: Mediante [SENTENCIA_O_ACTA_DIVORCIO] de fecha [FECHA_DIVORCIO], expedida por [ORGANO_QUE_DECLARO_DIVORCIO], se declaró disuelto el vínculo matrimonial que nos unía, quedando fenecida la sociedad de gananciales conforme a los artículos 318 y siguientes del Código Civil. SEGUNDO: A la fecha de fenecimiento, la sociedad de gananciales se encuentra integrada, entre otros, por los siguientes bienes sociales: [RELACION_BIENES_SOCIALES], así como por las obligaciones pendientes siguientes: [RELACION_DEUDAS_SOCIALES]. TERCERO: Pese al tiempo transcurrido, no ha sido posible concretar de común acuerdo el inventario ni la partición de dichos bienes, situación que me causa perjuicio, pues [PERJUICIO_CONCRETO]. CUARTO: En tal sentido, le otorgo el plazo de [PLAZO_REQUERIMIENTO] días calendario, contados desde la recepción de la presente, para que se sirva coordinar la suscripción de la liquidación correspondiente, sea mediante escritura pública de común acuerdo o mediante la elaboración conjunta del inventario de bienes y deudas sociales, para lo cual propongo reunirnos en [LUGAR_PROPUESTO_REUNION]. QUINTO: Vencido dicho plazo sin respuesta satisfactoria, iniciaré las acciones judiciales de liquidación de la sociedad de gananciales, con las costas y costos que ello genere a su cargo. Sin otro particular, quedo de usted. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_REMITENTE] DNI N° [DNI_REMITENTE] Domicilio: [DOMICILIO_REMITENTE]
¿Qué es y para qué sirve?
Es la carta que un ex cónyuge envía por notaría al otro para exigirle liquidar la sociedad de gananciales que quedó fenecida con el divorcio: hacer inventario de los bienes y deudas sociales, pagar las obligaciones y repartir el remanente por mitades.
¿Quién lo presenta y cuándo?
La remite cualquiera de los ex cónyuges, a través de una notaría, después de que el divorcio o la separación de cuerpos quedó firme y cuando el otro se resiste a inventariar o repartir los bienes sociales.
Base legal
Los artículos 318 y siguientes del Código Civil regulan el fenecimiento de la sociedad de gananciales, el inventario de los bienes, el pago de las obligaciones sociales y la división de los gananciales remanentes entre los cónyuges o sus herederos.
¿Qué datos necesitas?
- Sentencia, acta notarial o resolución que declaró el divorcio y su fecha
- Relación de bienes sociales conocidos (inmuebles, vehículos, cuentas, negocios)
- Relación de deudas de la sociedad pendientes de pago
- Dirección actual del ex cónyuge para el diligenciamiento
- Plazo razonable que se otorga para responder
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Reúne la sentencia o acta de divorcio y los documentos de los bienes
- Elabora la relación preliminar de bienes y deudas sociales
- Redacta la carta con el requerimiento y el plazo
- Diligénciala por conducto notarial y paga los derechos
- Conserva el cargo de entrega como prueba
Errores comunes
- Requerir la liquidación cuando el divorcio aún no está firme
- Omitir bienes o deudas conocidos, debilitando el futuro inventario
- No otorgar un plazo determinado para la respuesta
¿Desde cuándo queda fenecida la sociedad de gananciales?
El fenecimiento se produce por las causales que fija el Código Civil, entre ellas el divorcio y la separación de cuerpos, según las reglas de dicho código.
¿Cómo se reparten los bienes?
Primero se pagan las obligaciones sociales y las cargas; los gananciales remanentes se dividen por mitades entre ambos ex cónyuges.
¿Qué pasa si el otro oculta bienes?
El inventario judicial y las medidas cautelares permiten incorporar bienes ocultos; la carta notarial ayuda a documentar la falta de colaboración.
¿La liquidación puede hacerse ante notario?
Sí, si ambos ex cónyuges están de acuerdo pueden formalizarla por escritura pública; el juez solo interviene cuando no hay acuerdo.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de requerimiento para liquidar la sociedad de gananciales
¿El modelo de carta notarial de requerimiento para liquidar la sociedad de gananciales es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-requerimiento-para-liquidar-la-sociedad-de-gananciales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de requerimiento para liquidar la sociedad de gananciales sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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