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Familia

Inventario Valorizado de Bienes para Liquidación de Sociedad de Gananciales

Inventario valorizado de bienes sociales y propios para la liquidación de la sociedad de gananciales tras su fenecimiento (Arts. 320, 321 y 322 CC).

Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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INVENTARIO VALORIZADO DE BIENES PARA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES

Conste por el presente documento el inventario valorizado de bienes que formulan:

[NOMBRE_CONYUGE_1], identificado con DNI N° [DNI_CONYUGE_1], y [NOMBRE_CONYUGE_2], identificada con DNI N° [DNI_CONYUGE_2], con domicilio en [DOMICILIO], en los términos siguientes:

PRIMERO. ANTECEDENTE Y MARCO LEGAL
La sociedad de gananciales que existió entre los otorgantes feneció por [CAUSA_FENECIMIENTO] con fecha [FECHA_FENECIMIENTO]. Para proceder a su liquidación se formula el presente inventario, conforme a los artículos 320, 321 y 322 del Código Civil. Este inventario consta en documento privado con firmas legalizadas por acuerdo de ambos otorgantes.

SEGUNDO. BIENES SOCIALES (GANANCIALES)
Se inventarían como bienes sociales, con su valor estimado, los siguientes:
1. Inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], Partida Registral N° [PARTIDA_INMUEBLE], valor S/ [VALOR_INMUEBLE].
2. Vehículo [DESCRIPCION_VEHICULO], placa [PLACA_VEHICULO], valor S/ [VALOR_VEHICULO].
3. Cuentas y depósitos: [DETALLE_CUENTAS], saldo S/ [SALDO_CUENTAS].
4. Otros bienes muebles: [OTROS_MUEBLES], valor S/ [VALOR_OTROS_MUEBLES].
Valor total de bienes sociales: S/ [TOTAL_BIENES_SOCIALES].

TERCERO. MENAJE DEL HOGAR
Conforme al artículo 321 del Código Civil, no se considera menaje el vestido y los objetos de uso personal, ni los demás bienes excluidos por ley. El menaje ordinario del hogar se relaciona así: [DETALLE_MENAJE].

CUARTO. BIENES PROPIOS
Se reconocen como bienes propios, que serán reintegrados a cada cónyuge:
Del cónyuge 1: [BIENES_PROPIOS_1].
Del cónyuge 2: [BIENES_PROPIOS_2].

QUINTO. DEUDAS Y CARGAS SOCIALES
Las obligaciones y cargas sociales pendientes son:
1. [DEUDA_1], acreedor [ACREEDOR_1], monto S/ [MONTO_DEUDA_1].
2. [DEUDA_2], acreedor [ACREEDOR_2], monto S/ [MONTO_DEUDA_2].
Total de deudas sociales: S/ [TOTAL_DEUDAS].

SEXTO. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN
Conforme al artículo 322 del Código Civil, realizado el inventario se pagan primero las obligaciones y cargas sociales, luego se reintegran los bienes propios de cada cónyuge, y el remanente constituye gananciales que se divide por mitad entre ambos.

SÉPTIMO. RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN
Pagadas las deudas y reintegrados los bienes propios, el remanente de gananciales asciende a S/ [REMANENTE_GANANCIALES], que corresponde a cada cónyuge en un cincuenta por ciento, es decir S/ [MITAD_GANANCIALES] para cada uno. La adjudicación concreta se hará según: [DETALLE_ADJUDICACION].

OCTAVO. CONFORMIDAD
Ambos otorgantes declaran su conformidad con el presente inventario valorizado y con el procedimiento de liquidación descrito.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________    _______________________
[NOMBRE_CONYUGE_1]         [NOMBRE_CONYUGE_2]
DNI N° [DNI_CONYUGE_1]     DNI N° [DNI_CONYUGE_2]

Nota: Este modelo es referencial. A falta de acuerdo, el inventario y la liquidación se hacen judicialmente. Verifica con un abogado antes de su uso.

Sobre este modelo de inventario valorizado de bienes para liquidación de sociedad de gananciales

Este modelo pertenece al área de Derecho de Familia. Alimentos, divorcio, tenencia, régimen de visitas, filiación y patria potestad (Código Civil, Art. 233 y ss.).

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de inventario valorizado de bienes para liquidación de sociedad de gananciales

¿Ante qué juzgado se presenta una demanda de familia en Perú?

Ante el Juzgado de Paz Letrado para alimentos de menores (proceso único del Art. 164 CNA), y ante el Juzgado de Familia para divorcio, tenencia, régimen de visitas y violencia familiar. Es competente el juez del domicilio del demandante en alimentos y el del último domicilio conyugal en divorcio.

¿Qué documentos necesito anexar a una demanda de familia?

Como mínimo: copia simple del DNI, partida de nacimiento del menor o partida de matrimonio según el caso, pruebas del vínculo y de los hechos que sustentan la pretensión, y boletas o documentos que acrediten ingresos del demandado. En alimentos no se exige conciliación previa (Art. 9 Ley 26872) ni tasa judicial (Art. 562 CPC).

¿El modelo de inventario valorizado de bienes para liquidación de sociedad de gananciales es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/inventario-valorizado-de-bienes-para-liquidacion-de-sociedad-de-gananciales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de inventario valorizado de bienes para liquidación de sociedad de gananciales sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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