Liquidación de Sociedad de Gananciales
Escrito para liquidar los bienes de la sociedad de gananciales tras el divorcio o separación de patrimonios. Art. 318 al 326 CC.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ESCRITO N.° [N°]-[AÑO] LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES SEÑOR JUEZ DE FAMILIA / JUZGADO CIVIL DE [CIUDAD]: [NOMBRE_SOLICITANTE], en el Exp. N.° [EXPEDIENTE], sobre [divorcio / separación de cuerpos / separación de patrimonios], a Ud. digo: I. PETITORIO Solicito se proceda a la LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES conforme a los Arts. 320 al 326 del Código Civil, según la siguiente propuesta de liquidación: II. BIENES SOCIALES IDENTIFICADOS A. BIENES INMUEBLES 1. Inmueble ubicado en [DIRECCIÓN], inscrito en Partida N.° [PARTIDA], valor: S/ [VALOR]. 2. [Otros inmuebles]. TOTAL INMUEBLES: S/ [SUBTOTAL_INMUEBLES] B. BIENES MUEBLES 1. Vehículo [MARCA/MODELO/AÑO], Placa N.° [PLACA], valor: S/ [VALOR]. 2. [Mobiliario / electrodomésticos / otros bienes]. TOTAL MUEBLES: S/ [SUBTOTAL_MUEBLES] C. CUENTAS BANCARIAS Y VALORES 1. Cuenta N.° [N°] en [BANCO], saldo: S/ [SALDO]. 2. [Inversiones / fondos mutuos / valores]. TOTAL CUENTAS: S/ [SUBTOTAL_CUENTAS] D. OTROS ACTIVOS 1. [Negocio / empresa - descripción y valor estimado]. 2. [CTS, gratificaciones y beneficios laborales devengados durante el matrimonio]. TOTAL OTROS ACTIVOS: S/ [SUBTOTAL_OTROS] TOTAL ACTIVO SOCIAL: S/ [TOTAL_ACTIVO] III. DEUDAS SOCIALES 1. Préstamo hipotecario N.° [N°] en [BANCO], saldo: S/ [SALDO]. 2. [Otras deudas contraídas para el hogar]. TOTAL PASIVO SOCIAL: S/ [TOTAL_PASIVO] IV. HABER NETO SOCIAL TOTAL ACTIVO: S/ [TOTAL_ACTIVO] TOTAL PASIVO: S/ [TOTAL_PASIVO] HABER NETO SOCIAL: S/ [HABER_NETO] CORRESPONDE A CADA CÓNYUGE (50%): S/ [CUOTA_CONYUGE] V. PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN LE CORRESPONDE A [NOMBRE_CÓNYUGE_1]: - [Inmueble de la calle X] (valor: S/ [VALOR]) - [Vehículo Placa X] (valor: S/ [VALOR]) - [Otros bienes] SUBTOTAL: S/ [SUBTOTAL_C1] LE CORRESPONDE A [NOMBRE_CÓNYUGE_2]: - [Inmueble de la calle Y] (valor: S/ [VALOR]) - [Cuenta bancaria N°] (valor: S/ [VALOR]) - [Otros bienes] SUBTOTAL: S/ [SUBTOTAL_C2] [Si hay diferencia]: Para equilibrar la distribución, [NOMBRE_CÓNYUGE_CON_MÁS] pagará a [OTRO_CÓNYUGE] la suma de S/ [MONTO_COMPENSACIÓN]. VI. FUNDAMENTO LEGAL - Art. 301 CC: bienes que conforman la sociedad de gananciales. - Art. 302 CC: bienes propios de cada cónyuge (quedan excluidos). - Art. 318 CC: fenecimiento de la sociedad de gananciales. - Art. 322 CC: liquidación del patrimonio social. - Art. 323 CC: distribución por mitades del remanente. VII. MEDIOS PROBATORIOS 1. Documentos de titularidad de inmuebles (Anexo 1-A). 2. Tarjeta de propiedad de vehículos (Anexo 1-B). 3. Estados de cuenta bancarios (Anexo 1-C). 4. Tasaciones de bienes (Anexo 1-D). 5. Certificados de deudas (Anexo 1-E). POR LO EXPUESTO: Solicito aprobar la presente propuesta de liquidación de sociedad de gananciales. [CIUDAD], [FECHA] _________________________ _________________________ [NOMBRE_CÓNYUGE_1] [NOMBRE_CÓNYUGE_2] DNI: [DNI] DNI: [DNI]
Este documento sirve para repartir los bienes que un matrimonio (o una unión de hecho reconocida) adquirió bajo el régimen de sociedad de gananciales, una vez que ese régimen termina. Liquidar es el proceso de separar lo que es bien propio de cada uno, pagar las deudas comunes y dividir por mitades el remanente de los bienes sociales. Es el paso patrimonial que sigue al divorcio, la separación de patrimonios o el cese de la unión de hecho.
Cuando usarla
La usas cuando el régimen de sociedad de gananciales se ha disuelto por divorcio, por sentencia de separación de cuerpos, por cambio voluntario al régimen de separación de patrimonios, por declaración de cese de unión de hecho o por fallecimiento de uno de los cónyuges. Mientras no liquides, los bienes siguen siendo comunes y no puedes disponer libremente de tu parte.
Base legal peruana 2026
La sociedad de gananciales está regulada en los artículos 301 al 326 del Código Civil. El artículo 318 señala las causas de fenecimiento del régimen, y los artículos 320 a 324 regulan el inventario, el pago de deudas y la división por mitades del remanente entre los cónyuges o sus herederos. Para las uniones de hecho, el artículo 326 remite al mismo régimen de gananciales. La liquidación puede hacerse por acuerdo (escritura pública ante notario) o judicialmente cuando no hay consenso.
Como rellenarla bien
Primero identifica la causa de fenecimiento del régimen y su fecha. Luego elabora un inventario completo: bienes sociales (los adquiridos durante el matrimonio o unión), bienes propios de cada uno y las deudas comunes pendientes. Resta las deudas, separa los bienes propios y divide el remanente por mitades. Detalla a quien se adjudica cada bien (inmuebles con su partida registral, vehículos, cuentas) y, si hay diferencias de valor, como se compensan. Firmen ambos ante notario o presenten el acuerdo al juez.
Errores comunes
El error más común es repartir bienes sin distinguir cuales son propios y cuales sociales, solo los sociales se dividen por mitades. Otro error es olvidar las deudas comunes, que deben pagarse antes de repartir. Tampoco omitas la inscripción de las adjudicaciones de inmuebles en Sunarp, sin ella el reparto no es oponible a terceros. Y si hay herederos (por fallecimiento), recuerda que la liquidación es previa y distinta a la partición de la herencia.
Preguntas frecuentes
Puedo liquidar sin ir al juez? Sí, cuando ambos están de acuerdo pueden hacerlo por escritura pública ante notario, lo que es más rápido y económico que la vía judicial.
Cómo se reparte la casa que compramos juntos? Si fue adquirida durante el matrimonio es bien social y, tras pagar deudas, se divide por mitades, pudiendo adjudicarse a uno con compensación al otro.
Qué pasa con los bienes que tenía antes de casarme? Son bienes propios y no entran en el reparto, se mantienen en cabeza de su titular, salvo que se hayan transformado en sociales.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de liquidación de sociedad de gananciales
¿El modelo de liquidación de sociedad de gananciales es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/liquidacion-de-sociedad-de-gananciales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de liquidación de sociedad de gananciales sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Solicitud de Inscripción del Fenecimiento de la Sociedad de Gananciales en Sunarp
Solicitud registral para inscribir en el Registro Personal de Sunarp el fenecimiento de la sociedad de gananciales derivado del divorcio o la separación de cuerpos, en mérito del parte judicial o notarial, conforme al Código Civil.
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